
Alguna que otra vez he leído criticas al sistema capitalista porque las deudas, al contrario que los delitos, no prescriben. Si bien puede ser una buena crítica, carece de fundamento. Si bien es cierto que los supuestos para la prescripción de deudas son algo estrictos, existen. Las deudas prescriben.
Lo primero que tiene que ocurrir para que una deuda prescriba es que no se reclame. Una simple carta es suficiente, aunque para demostrarlo siempre es más fácil una acción judicial. El segundo requisito es que el que tiene la deuda no haya reconocido ésta, ni de forma explícita ni de forma tácita.
Una vez cumplidos ambos requisitios (reclamación y aceptación de la deuda) los plazos de prescripción son diferentes dependiendo del tipo de deuda, que paso a enumerar.
Por tanto, siempre que una deuda no se exija y no se reconozca, sólo hay que dejar pasar el tiempo para que esta prescriba. Al igual que ocurre con los delitos, a pesar de que mucha gente piense que esto no es así.
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Imagen | kainr