¿Qué, nos hacemos un ICO?

¿Qué, nos hacemos un ICO?
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Dentro del habitual, y hasta cierto punto comprensible, despiste de los emprendedores en materia financiera, una figura bastante conocida son los créditos ICO. A la gente le suena. No saben muy bien como funcionan, que financian, y con que requisitos, pero le suena. Y el rumor trae noticias de tipos fantásticos, de que es cosa del Gobierno, de que es las opción ideal para poner en marcha una empresa, de su facilidad, etc...

Pues como en botica, de todo un poco. Es cierto que las condiciones son buenas, muy buenas en algunos casos. Pero hay que especificar que no siempre son la mejor opción, que tienen sus servidumbres que hay que conocer, y que no debemos pasarnos de listos. A continuación, haré un breve resumen de los puntos más destacados, sin perjuicio de que la pagina web que recojo al pie es bastante clarificadora.

    <li>Existen multitud de modalidades de Préstamos o Créditos ICO, con distintas finalidades, en general pensados para las empresas, <a href="https://www.elblogsalmon.com/2007/09/06-si-quieres-un-master-oficial-tienes-un-prestamo-renta">pero no</a> <a href="https://www.elblogsalmon.com/2007/06/28-el-ico-no-encuentra-entidades-financieras-para-su-linea-afinsa-forum">necesariamente</a>. Me voy a referir fundamentalmente a los  que el <a href="http://www.ico.es">Instituto de Crédito Oficial</a> <strong>distribuye a través de las Entidades Financieras</strong>, y cuyo beneficiario final son <strong>Pymes</strong>. Y este es un primer punto a tener en mente. Los fondos son del ICO, que se los da a la Entidad Financiera, pero el riesgo lo asume el Banco, la Caja. Motivo por el cuál, <a href="http://www.ico.es/web/contenidos/0/396/index">salvo en lineas muy específicas</a> y en las que el banco ya sabe a que se compromete, l<strong>a Entidad financiera exigirá las garantías oportunas.</strong> Es decir, que puede y pedirá avalistas, garantías hipotecarias, etc...del mismo modo que pediría para un crédito ordinario.</li>
    
    
    <li>El que los fondos los ponga el ICO quiere decir que <strong>las condiciones no variaran entre entidades financieras</strong>. Son las mismas para todos, el mismo tipo, la mismas ausencia de comisiones de apertura. En función de la linea las condiciones son distintas, pero son sumamente atractivas si hablamos de tipos de interés.</li>
    
    
    <li><strong>Lo que si que puede variar es la oferta complementaria que tenga cada Entidad</strong>, para cubrir la financiación a la que no llegue el ICO. Y es que hay que tener en cuenta que el ICO establece una serie de<strong> porcentajes máximos de financiación a la inversión</strong>, en función de la linea a la que nos acojamos. Ademas, y del mismo modo, se establecen topes a la inversión en activos inmobiliarios. Conviene estudiar cada caso junto con el programa al que deseamos acogernos para evitar sorpresas.</li>
    
    
    <li>También es bastante<strong> riguroso en el tema de plazos para la amortización</strong>, siendo en general bastante cortos y poco flexibles. Esto, conjuntamente con el punto anterior debe ser convenientemente estudiado. Habrá ocasiones en que <strong>nuestro proyecto de inversión no cuadre con este marco de financiación</strong>. Lo mejor en este caso es recurrir a la financiación ordinaria, y no intentar acomodar nuestro proyecto a ese marco. De hacerlo, los fracasos suelen ser rotundos.</li>
    
    
    <li>Hay veces que nuestro proyecto llega antes de que haya fondos disponibles. En ese caso, y en condiciones a negociar,<strong> las entidades suelen conceder un préstamo puente a cancelar con la formalización del ICO</strong>. También puede ocurrir que se hayan agotado y lleguemos tarde. Para estos supuestos las entidades suelen tener prestamos especialmente golosos y más flexibles que los propios ICOs. En todo caso, conviene mirar en más de una entidad, pues a una se le pueden haber agotado los fondos y sin embargo, estar disponibles, en otra.</li>
    
    
    <li>Un último apunte fundamental.<strong> La inversión debe realizarse en el plazo prefijado, generalmente un añ</strong>o. Cuando presentamos la solicitud del ICO aportamos las facturas proforma para justificar las finalidades y cuantías de la inversión. Algunos, para burlar los limites de los porcentajes máximos de financiación, hinchan las facturas proforma, los presupuestos. Tremendo error. <strong>A posteriori, nos exigirán facturas, pero también medios o carta de pago que acrediten haber satisfecho esa suma</strong>. Conseguir un presupuesto hinchado es sencillo, pero no tanto una carta de pago o un justificante bancario (transferencia, cheque) de un movimiento falso. Nos exponemos a tener que devolver el 100% del préstamo de golpe, ante un incumplimiento.</li>
    

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