
IC ha hecho una exposición magistral entre las diferencias del fraude fiscal, blanqueo de dinero y evasión de capitales. Dentro de los mecanismos de blanqueo, existe uno muy curioso, perfectamente respaldado por la legislación tributaria, regulado y al alcance de cualquier contribuyente de a pie.
Se que IC va a escribir largo y tendido sobre el tema, pero me voy a adelantar con este punto dado que es realmente espinoso dentro de nuestro sistema tributario. No hace mucho, hablaba de la necesidad de corregir la distorsión que generan muchos sectores en el IVA. No mencioné los focos de fraude que se originan en muchos de estos sectores pero el mecanismo de blanqueo para los pobres por excelencia es el sistema de tributación por módulos.
Me he tropezado con varios ejemplares que han llevado a la práctica el siguiente sistema de blanqueo de capitales. Alta en cualquier actividad en módulos, como puede ser comercio al por menor, o profesiones más difusas y difíciles de seguir la pista como pequeños trabajos de albañilería. Alta en autónomos, con sus pagos por cotizaciones. Ingresos mensuales en una cuenta corriente por importes entre 30.000 y 40.000 euros. Cierre de la actividad al año y tributación en renta por unos 25.000 euros.
Dichos locales han estado abiertos al público, con todas las de la ley, pero el propio sistema de tributación les calcula un rendimiento neto de 25.000 euros (por citar una cifra a tanto alzado sin entrar en el propio cálculo del módulo) y los susodichos se permiten blanquear hasta 450.000 euros en un año.
Cuando Hacienda quiere meter mano, ya es tarde por los propios sistemas de control que tiene la Agencia Tributaria y porque esta actividad empresarial ha cesado y siquiera hay un rastro documental para hilar fino en inspección. Aún así, al no existir una obligación formal en documentación, tampoco se puede demostrar la ilicitud de los fondos obtenidos con tanta facilidad. Salvo fraudes millonarios en IVA, la AEAT pasa olímpicamente de este tipo de controles.
Mediante estos sistemas de tributación se consigue que beneficios no declarados de actividades ilegales, familiares de políticos corruptos, cobros en B de operaciones inmobiliarias y una larga lista de orígenes de dinero negro, se les cambie el color con el consentimiento expreso de nuestro sistema tributario.
Por cierto, yo no animo a nadie a que realice este procedimiento ni acabamos de descubrir la pólvora. Ahí está al alcance de todos y de las muchas reformas tributarias que se han hecho, la tributación por módulos se mantiene de manera indefinida y nadie hace nada para cambiarla. ¿Curioso no creeis?
Imagen | randradas
en el Blog Salmón | Economía sumergida: focos perennes sin solución



Comentarios
yo me quiero pasar a modulossssssss!!!!!!!!!!
Por cierto te dejas un pequeño detalle importante. Respoden con su patrimonio! Eso de desaparecer....como un poco chungo!
@Tonterias, desaparece la actividad empresarial no el titular de la misma. Una vez que se cierra la actividad, realizar una inspección es mucho más complejo dado que se tiene que demostrar que no ha existido ese volumen de ventas y es harto complicado por parte de la AEAT
Totalmente galdosiano. Y real como la vida misma. Más de un agente inmobiliario contaba con algun negocio en módulos para justificar incrementos patrimoniales y pagar a baja tributación.
Evidentemente el sistema se ha intentado pulir con controles/deducciones sobre facturaciónes recibidas, y, teoricamente, via oroveedores y consumos se podría apretar al defraudador. Pero como dice Remo la AEAT no tiene volumen ni interés para entrar ahi.
El problema, a mi juicio, es que este foco de fraude contamina todo el sistema fiscal. Pero a ellos les da igual, a subirle llos impuestos que cobran más de 50 mil euros y a correr, que esos son ricos.
Buenos dias, tal y como dice IC te pueden pillar fácilmente con el modelo de declaración de operaciones con terceros (347) en el que se detallan las compras y ventas con un mismo proveedor o cliente por importe acumulado superior a 3.000 €.
Tengo entendido que el sistema de módulos se impuso en su momento para que la AEAT cobrara algo a esos negocios de dificil trazabilidad como los talleres o los bares en los que se maneja mucho el efectivo.
Seguramente el coste del control no commpense el posible incremento en los cobros y una cierta ineficiencia en ocasiones es asumible.
Saludos
Un poquito más allá. Tonterias lo del patrimonio personal es algo que poco les importa, dejando de lado el pasotismo de Hacienda, muy habitualmente se utilizan titulares tipo "dummy" (muñeco), indigentes, morosos, insolventes, etc. A esta gente se les paga generosamente o no, por representar una sociedad que nunca conocerán, y si Hacienda se pusiera a investigar se encontraría con un callejón sin salida y el dinero estará lejos ... muy lejos.
Por cierto me viene ni que pintado el tema: "Una organización acumula 62 millones con el fraude del IVA" http://www.elpais.com/articulo/economia/organizaci...
@Davinci, quién está en módulos no tienen inicialmente la obligación de presentar el modelo 347 dado que no va a emitir facturas por importe superior a 3.005,06 euros.
La utilidad de esta declaración, radica justamente en lo contrario, en aflorar ventas no declaradas, no en comprobar ventas ficticias.
El sistema de módulos fue un apaño de la reforma del IRPF del 93 porque existía tal presión fiscal y tanto fraude que era la única forma de mejorar los niveles recaudatorios.
@Neoshinji, no hablamos de estructuras societarias, hablamos de personas físicas y en el peor de los casos, salvo que se demuestre la ilicitud de los fondos, lo único que puede ocurrir es un cambio de tributación a estimación directa. Pero este punto tampoco es tan fácil de llevar a cabo por la propia AEAT
Ese artículo que enlazas combina operaciones de imoportación y entregas intracomunitarias como mecanismo defraudador
Remo, están claras las limitaciones del 347, pero démosle la vuelta. No se trata tan solo de las facturas emitidas. Están también las recibidas. Supongamos que Hacienda (y la Policia) le sigue la pista a tu elemento. Una cosa es el sistema de módulos y otra que, si es una panadería por ejemplo, más le vale tener facturas de la harían necesaria para poder facturar esas cantidades que ingresa en la cuenta. Estoy hablando evidentemente de que van a por el, no de que esto pueda soltar en una comprobación rutinaria, que no.
El origen de los módulos, es, como tantas otras cosas en España, franquista, y se basa en estructuras gremiales. Más o menos funcionaba así, los panaderos, que eran el X% del PIB español debían contribuir con una cantidad determinada. Y partir de se establecían unas reglas de estimación objetiva para repartir ese diezmo entre todos. Y efectivamente, se basaba en un acuerdo de como no puedo pillarte, vamos a pachas y ya está. Pero claro, en el s XXI me parece impresentable que haya unos privilegiados que puedan optar por este sistema y otros no.
@IC, ese es el problema principal y la LGT y la LIVA favorece al fraude. El empresario en módulos no tiene obligación de conservar las facturas de compras corrientes y que no aparezca en los registros del 347, tampoco significa nada.
Ejemplo, supongamos que el abastecimiento lo realiza mediante proveedores minoristas en recargo de equivalencia. Ahí se perdió el rastro totalmente y no hay forma humana de trincar a nadie.
Y por otra parte, caso real "albañil colombiano" en el 501.3 pequeños trabajos de albañileria. Se escapó en inspección alegando que él nunca proporcionaba materiales, sólo su mano de obra, con lo cual, hasta aquí ha llegado el procedimiento, que se basaba en simulación de actividad al no existir compras.
Como bien hemos dicho muchas veces, estos sistemas especiales de IRPF e IVA distorsinana fuertemente y sería un buen momkento para darles carpetazo totalmente y armonizar la tributación de actividades económicas
Hola Remo, es posible que en algunos casos se pueda eludir una inspección pero como comenta IC se contemplan ambas acciones, las ventas y las compras y las partidas se cruzan entre todos los declarantes, posiblemente no conservemos las facturas pero nuestros proveedores posiblemente lo hagan que no tienen porque estar en módulos y allí es precisamente donde nos pueden pillar.
Y un pequeño apunte, el sistema de módulos tiene una pega (no todo es bonito), el pago del módulo se tiene que liquidar tengamos o no beneficios, situación que en el escenario actual pone en aprietos a algunos profesionales.
Saludos
@Davinci, por mi experiencia con la AEAT, te aseguro que las inspecciones de módulos se realizan para elevar el calculo del mismo y bajo revisiones de IRPF con dos-tres años de desfase.
No perdamos de vista que la comunicación de datos bancarios va normalmente con demora, salvo requerimiento expreso de la administración tributaria y aún siendo así, demostrar que un negocio no da esos ingresos por la ausencia de compras no es tan simple.
Como bien apuntas, los módulos como tal para pymes y autónomos que no estén en beneficios es un lastre muy gordo.
A mí personalmente nunca me han terminado de convencer salvo casos muy puntuales.
Saludos
NO ME LO CREO.
tengo las siguientes preguntas:
1ª) y a hacienda o a quien corresponda ¿ no se mosquea cuando metes 30000 o 40000 euros al mes en la misma cartilla del banco? al final del año tendrias esos 450000 euros.¿ eso no hace saltar ninguna alarma en hacienda de ipsofacto ? vamos digo yo.
2ª) creo que por este metodo, que dudo que funcione, solo serviria para un año, una vez. si al año cierras el chiringuito y abres inmediatamente otro con el otro nombre ¿ no tendrias a hacienda encima al dia siguiente ? porque de alguna forma ya estarias marcado en hacienda. no creo que puedas reiterar este sistema siempre y que siempre cuele.
3ª) ademas el incremento de 450000 euros al año en tu banco o caja no generaria de ipsofacto algun tipo de alarma informatica que tu banco o caja comunicaria instantaneamente a hacienda http://www.elmundo.es/mundodinero/2010/01/08/economia/1262964297.html
4ª) el incremento de esos 450000 euros en tu cartilla del banco ¿ no obligaria al pago de otros impuestos como incremento de capital, patrimonio o algo asi?
resumiendo no creo que esto cuele. la policia no es tonta...
1.- Tienes una actividad económica que respalda la generación de ingresos. El modelo que se ha aprobado, 171 persigue más que los ingresos las retiradas y volvemos al punto 1, el problema no es ingresar o retirar dinero de una cuenta corriente, el problema es no tener una actividad económica que lo respalde.
2.- Ya tienes a Hacienda encima por el mero hecho de estar en módilos.
3.ñ- No, no tributan por ganancia patrimonial porque ya tienen el origen en actividades económicas. PAtrimonio exento desde luego tb
Hola Remo,
Yo, como a newicelander, me parece un poco teorico. En el caso del modulo de transporte por carretera que es el que conozco:
1)No tienes obligacion de conservar las facturas emitidas (aun las de menos de 3000Eur) que justifiquen los 450.000Eur en caso de una inspeccion?
2)Dices que "porque esta actividad empresarial ha cesado y siquiera hay un rastro documental para hilar fino en inspección": no hablamos de estructuras de sociedades internacionales con base en varios paises sino de un "simple" empresario autonomo. Aunque la actividad haya cesado, es perfectamente localizable y despues de inspeccion, recaudacion tiene facil congelar los 450k al estar ingresados en su cuenta corriente.
3)Aun si demuestra que ha facturado esos importes entre 30.000 y 40.000 euros que ingresa en la c/c (alguna factura "gorda" de 5000 o 10000Eur p.ex. a uno/s determinados clientes tendra que enseñar, entiendo que no puede justificar 40.000Eur/mes en transporte de paquetes de 3Eur cada uno...) Hacienda pedira explicaciones al cliente que ha recibido esa factura-> que volumen de negocio tiene usted para justificar esta compra?
Crea que algo si hay que despeinarse. Espero haberte desafiado un poco.
Saludos
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