¿Cuántas generaciones deben cobrar derechos de autor?
En estos momentos estamos en plenas elecciones en España. Para algunos parece que son las elecciones de si habrá o no habrá canon digital, el impuesto cobrado a todos, tanto los que roban propiedad intelectual como a los que no.
Curiosamente, como ya se ha hablado en estas páginas, estamos con una clara decisión, un lado apoya el canon y el otro lado no lo apoya. No hay que pensar mucho para saber donde están los artistas.
En estos momentos nos viene la denuncia de los herederos de John Ronald Reuel (J.R.R.) Tolkien, conocido por haber escrito algunos libros relacionados con un anillo que resultaron en películas que ingresaron muchos miles de millones.
Estos ingresos suntuosos son los causantes de la denuncia de los herederos del Sr. Tolkien en contra de New Line Cinema, la productora de las películas, alegando que deberían haber recibido más de €100 millones por derechos de autor. O por derechos de nietos de autor.
Ya que el Sr. Tolkien murió en 1973 a los 81 años, y que los libros se escribieron hace más de 60 años, ¿cuántos años duran y deben durar estos derechos? Además, ¿realmente deben recibir tanto beneficio los hijos e hijos de los hijos, etc., y por cuánto tiempo?
Parece que hemos encontrado otro significado de las palabras……mi tesoro.
Vía | New York Times (en ingles)
En El Blog Salmón | El Canon Digital, objeto de deseo electoral
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¿Cuántas generaciones deben cobrar derechos de autor?. En El Blog Salmón exponen un artículo sobre los derechos de autor.18 feb 2008 04:05
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Vía | Público En El Blog Salmón | ¿Cuántas generaciones deben cobrar derechos de autor?, El Canon Digital, objeto de deseo electoral y La SGAE no puede cobrar por todo17 feb 2008 16:44
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Hoy me entero de otra disputa similar a través de El Blog Salmón:14 feb 2008 23:49
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¿Cuántas generaciones deben cobrar derechos de autor?13 feb 2008 23:40
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Me parece mal que puedan durar tanto los derechos de autor… Solo entendería que durasen tanto si los autores estuviesen vivos.
El caso de Tolkien a mi modo de ver no se diferencia mucho de los reyes… Uno es rey y luego su hijo vive del cuento, despues el hijo del hijo y así sucesivamente…
Imaginate que ahora busco seguros de vida que puedan cobrarlos mis descendientes dentro de 50 años… Seguro que no existe ninguno (Pagando todo existe ;)
EH, QUE YO SOY DESCENDIENTE DE CERVANTES, QUIERO QUE LA SGAE ME PAGUE POR TODO EL FRUTO QUE SE LE ESTÁ SACANDO, SACÓ Y SACARÁ AL QUIJOTE. Una idiotez, ¿verdad?, pues ya verás como habrá algún listo que salga con esto y el Gobierno, para tenerle contento le dará la mitad de los PGE a la SGAE por los perjuicios que le pudiera haber causado a su descendiente. Este país da vergüenza…
Un pequeño apunte. Que alguien me corrija si me equivoco, pero el canon no es un impuesto como tal, ya que no lo recauda el estado, sino que es un acuerdo empresarial con el visto bueno del estado, en el que ciertas sociedades privadas (SGAE, CEDRO, etc) cobran dinero de la venta de productos capaces de contener "arte".
Jakapaka, no creo que sea como tu dices. El acuerdo del que hablas es la concreción de las cantidades. El canon como tal esta recogido en la legislación de propiedad intelectual. Pero no, no es un impuesto, porque lo recaudan entidades privadas amparadas por el poder del Estado. Eso tiene un nombre, pero no es el de impuesto. Y sobre el tema de arranque, servidor que es muy crítico con la SGAE, sus canon y sus cejas, cree que los herederos si que tienen que tener, al menos durante un tiempo, protegidos esos derechos. A ver, no se por que los herederos de Emilio Botin van a poder recibir las acciones del Banco y los de Tolkien no
No se suele mencionar -o se olvida- que ciertos derechos morales sobre una obra no caducan con el tiempo. Aparte de la exigencia del reconocimiento de la condición de autor, el otro derecho que no caduca es la exigencia del respeto a la integridad de la obra y de impedir modificaciones, alteraciones, etc. que perjudiquen los intereses o reputación del autor. Cuando falten legatarios expresos, o no haya herederos conocidos, ejercer esos derechos corresponde al Estado, Comunidades Autónomas…
Con lo que le gusta mandar a Esperanza Aguirre, no se debe haber enterado de que probablemente esté en su mano autorizar las adaptaciones de 'El Quijote' que se pretendan publicar…
Algo así no se ha hecho nunca, pero todo se andará…
Hasta donde tengo entendido las obras son consideradas públicas después de haber pasado 50 años de la muerte del autor. Puede extenderse hasta 80 o 100 años, si algún país lo desea.
Yo en lo personal estoy de acuerdo porque si el autor fallece me parece razonable que el dinero se diriga a su descendencia o a la persona a quien el autor haya heredado o cedido derechos.
Concretamente, en España, "los derechos de explotación de la obra durarán toda la vida del autor y setenta años después de su muerte o declaración de fallecimiento" (art. 26 de la Ley de Propiedad Intelectual). En EE.UU. también son 70 años: "Copyright in a work …endures for a term consisting of the life of the author and 70 years after the author's death" (sección 302 del Título 17 del U.S.C.).
Concretamente, en España, "los derechos de explotación de la obra durarán toda la vida del autor y setenta años después de su muerte o declaración de fallecimiento" (art. 26 de la Ley de Propiedad Intelectual). En EE.UU. también son 70 años: "Copyright in a work …endures for a term consisting of the life of the author and 70 years after the author's death" (sección 302 del Título 17 del U.S.C.).
Si los beneficios se han producido recientemente y existen herederos, ¿quién está mejor situado para llevarse el trozo de pastel que le pertenece a su ascendiente? Las leyes no pueden nunca dejar de ser coherentes o carecer de sentido común y para eso están las exenciones y los casos concretos. Si Tolkien hubiera sido mi abuelo yo sería Paris Hilton.
Yo creo que no es tan raro.
Cuando un Sr. con su esfuerzo se compra una finca, la van heredando TODAS sus generaciones futuras.
¿Por qué no debe pasar lo mismo con las obras de arte (música, pintura, literatura, …) u otras creaciones PERSONALES?
¿Es que es más justo que se lleve todo el beneficio la productora de las películas (en este caso)?
Otra cosa es cuánto deben dar. Pero no que desaparezca.
Un matiz a eso de los años. Son 80 en la práctica, de momento y por muchos años. La actual ley de 1987, varias veces retocada y refundida, establece 70, pero a las obras cuyo autor haya fallecido antes del 7-XII-1987 se les aplica en esto (disposición transitoria cuarta de la vigente LPI) la ley de 1879, que establecía una protección de 80 años tras la muerte del autor.
Xanth
Lorgoth, el símil es bueno. Pero a los de las fincas les expropian, o les pasan con un sistema de compensación urbanística por encima, o les giran un Impuesto de Bienes inmuebles que te ….y todo ello en aras de la función social del Derecho. Si aplicamos la analogía apliquémoslo en todo.