2014, primer año de aplicación efectiva de la tasa a los depósitos bancarios

2014, primer año de aplicación efectiva de la tasa a los depósitos bancarios
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El Consejo de Ministros de hoy ha avanzado que se elimina la exención a la tasa a los depósitos bancarios en España a partir de enero y que el tipo efectivo de tributación será del 0,03% calculado sobre los balances de cada entidad financiera. Las primeras estimaciones de esta tasa en términos recaudatorios es de unos 350 millones de euros para este ejercicio.

Si recordamos un poco, esta tasa ya está regulada desde finales de 2012, punto en el que Montoro sacó la norma nacional y fijó un tipo exento para el año 2013, compensando a aquellas comunidades que ya estaban operando con dicha tasa. Ahora, se cambia el tipo del 0% por el 0,03% y asunto arreglado a nivel estatal de depósitos bancarios. º Esta tasa está definida para que el sujeto pasivo sea la entidad financiera, pero está claro que entre los tipos de interés por la remuneración a los depósitos por los suelos y con el tipo de interés negativo en el BCE para las entidades financieras, las comisiones bancarias van a seguir subiendo con fuerza, tal y como lo llevan haciendo ya varios años.

Respecto la hipotética penalización en la retribución que podemos recibir los ahorradores, ya la vemos cada día por el escaso margen de negociación que tenemos y por la situación efectiva de los tipos de interés. No es más que una medida recaudatoria adicional sin mayor trascendencia fuera del horizonte bancario.

Más Información | La Moncloa
En El Blog Salmón | La nueva tasa a los depósitos bancarios; en vigor a partir de 2013

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