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¿Realmente se cree que esto es una Reforma Laboral?

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Como se ha visto, en España el nuevo gobierno ha anunciado lo que ha llamado su ‘reforma laboral’ y la realidad es que lo que hemos visto se puede llamar algo completamente distinto: ¡resolver la crisis sobre las espaldas de los trabajadores‘.

Hace bastantes años que estoy hablando de la necesidad de liberar el mercado laboral español, de su flexibilización, en trabajo, en despido y en sueldo. Cuando a principios del 2006, en pleno boom económico, decía que había una coincidencia entre el bajo desempleo y los contratos basura, estaba animando a considerar que las barreras artificiales al mercado laboral y que las manipulaciones de salarios con sus negociaciones centrales no eran la mejor forma de crear empleo y de mejorar el mal ambiente laboral. Estábamos en boom y el nivel de desempleo había bajado mucho, pero seguía bastante por encima del nivel de los países comparativos. Algo no funcionaba.

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El Consejo de Ministros aprueba la reforma laboral: principales cambios que se introducen

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Reforma Laboral – Presentación del Consejo de Ministros 10/02/20112
Habemus reforma laboral, desde hace unos minutos que sale calentita del Consejo de Ministros. Tal y como se esperaba desde hace un mes, el Gobierno ha aprobado la reforma laboral, reforma que ha traído filtracioness de micros abiertos por una posible huelga que decía Rajoy o por la agresividad que anunciaba De Guindos ayer mismo.

La reforma laboral que ha aprobado el Gobierno de Rajoy trae algunas novedades importantes, vuelta a los contratos bonificados, abaratamiento del despido improcedente para contratos nuevos y la apertura a las ETTs para que puedan intermediar en los procesos de contratación. Veamos las principales novedades que introduce la nueva reforma laboral.

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Los contratos de trabajo deben dejar de referenciarse al tiempo

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contratos trabajo y tiempo
Los contratos laborales se encuentran con una obligatoriedad contractual de cumplimiento horario según se marca por la legislación vigente y los propios convenios colectivos. Esta rigidez horaria impuesta hace que el teletrabajo vea un cierre legal para el propio mecanismo de control, dado que la empresa sólo puede actuar sobre los horarios y nunca sobre productividad, tareas o fijación de objetivos.

En esta línea, el teletrabajo tiene amplias ventajas para empresas y trabajadores pero tiene una barrera legal importante a la hora de comparar el contrato de trabajo y las cláusulas que en él se estipulan con la realidad laboral de muchos trabajadores, puestos que puedan diseñar un sistema de teletrabajo exclusivo o sistemas mixtos con puestos presenciales.

En un contrato laboral, la empresa contrata tiempo, horas/día, un parámetro medible, objetivo. Se fija una jornada laboral máxima semanal y los convenios colectivos están referenciados siempre al tiempo. Por tanto, si confiamos en un modelo de teletrabajo, o queremos fijar otros parámetros más acordes como productividad o asignación de tareas, son circunstancias que no se permiten a nivel legal y frenan la productividad empresarial y la conciliación de los trabajadores.

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