¿Sociedad de gananciales o separación de bienes?
Con las distintas ramas del Derecho sucede como con los cineastas, que cada uno tiene su velocidad de crucero. Así, el Derecho Fiscal se mueve más que Jorge Lorenzo, mientras que el Civil tiene un ritmo más propio de un glaciar. Por ello me sorprenden cambios como los que se están proponiendo en el Derecho Civil gallego en relación con el régimen económico matrimonial, consistentes en que por defecto los matrimonios se celebren bajo el régimen de separación de bienes y no del de gananciales ....

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