Finalmente no se aprobó en el Consejo de Ministros del viernes el Reglamento de la Ley Sinde. Tampoco hubiese sido de extrañar habida cuenta que en sus ultimas reuniones se han tomado medidas polémicas, como las del indulto al consejero delegado del Santander. Ahora bien, si me preguntan cual de las medidas aprobadas pro el Gobierno en funciones tiene una mayor trascendencia financiera en el día afirmaría que, por el momento, me quedo con el Decreto que fija los aranceles a cobrar por Notarios y Registradores para las cancelaciones hipotecarias. No sólo por el ahorro que supone para el usuario, también por la vuelta de tuerca que supone para muchos de los profesionales afectados.
Resumiendo mucho la situación, digamos que arranca desde el 2007, donde aprovechando una reforma en materia de subrogaciones hipotecarias el Gobierno estableció que las cancelaciones hipotecarias habían de considerarse como documento sin cuantia, a precio fijo, lo que suponía una fuerte rebaja del coste de las mismas. Sin embargo, algunos Notarios, y buena parte de los Registradores, apoyándose en parte en que dicha posibilidad chocaba con la propia técnica registral (lo siento, es largo de explicar y no ayudaría a entenderlo) y en parte en el Decreto Ley en el que estaba regulado, sólo aplicaron estas nuevas tarifas en las cancelaciones que se llevasen a cabo en un proceso subrogatorio, de mejora de condiciones hipotecarias, no en las cancelaciones ordinarias.





