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P2P

Las derivadas legales del acoso al P2P

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irma la dulce

A estas alturas no es noticia que el juez ha dictado el sobreseimiento en el caso Sharemula.com. Esta fue una de las múltiples webs que, a finales del año pasado, fue intervenida por la Brigada de Investigación Tecnológica. Todo ello acompañado de detenciones, y un masivo bombardeo mediático, impulsado por la SGAE, la Fundación Antipirateria y la ACAM, y recogido con alborozo por la prensa escrita. Prensa, donde se establecían juicios paralelos y que recogía sin pudor la publicidad de estas organizaciones, como el slogan, “Demostrado: el intercambio P2P si es delito”. Curioso, por que parece que el juez piensa justo lo contrario.

Tal y como afirmaban los letrados que llevan la defensa, tampoco es noticia que los acusadores, conglomerado formado por estas organizaciones sin ánimo de lucro y un amplio numero de empresas audiovisuales, hayan recurrido. Lo que resulta curioso es que el Juez le ha dicho a la industria músico-peliculera que el problema estriba en que en dichas webs no hay más que enlaces a otras webs donde se descargarían las obras objeto de controversia, y mientras ellos erre que erre con el tema del ánimo de lucro. Tal y como esta redactado el Código Penal, la mera comunicación de enlaces o de direcciones webs, no puede ser calificada de delito. Opinión que parece ser compartida por la Fiscalía General. Creo que el lobby es consciente de que las bases legales de las que dispone son débiles. De ahí su próximo asalto, con el apoyo de los políticos que tiene comiendo en su mano, a cuenta de quien tiene facultades para cerrar una web. (parece mentira que en el siglo XXI tengamos alguna duda al respecto). Lo cierto es que, si seguimos el i-lógico razonamiento de la acusación, los resultados pueden ser sorprendentes.

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Nuevos banqueros

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DineroNavegando por un nuevo blog que hemos colocado en el blogroll me he encontrado un artículo que critica las compañías que llevan el p2p a los préstamos. Esto lo hemos comentado por aquí en alguna ocasión. Se trata de empresas que contactan a gente que deja su dinero y a gente que necesita dinero, con lo que te ahorras la intervención del banco.

Es decir, si el banco me presta dinero al 6% y me da un 3% por los depósitos, me salto al banco y junto a dos personas para que hagan un intercambio de dinero por un 4,5%
. Las web que proporcionan dicho punto de encuentro hacen además un estudio de la calidad crediticia de la persona que solicita el crédito y también ofrecen alguna ayuda legal en caso de impago.

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De cómo Pocoyó aprovecha, y no sufre, internet

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Pocoyo

Que internet ha revolucionado la industria audiovisual no es nada nuevo. No lo es, al menos, para los que somos usuarios más intensivos de la red, familiarizados como estamos con redes p2p, youtubes varios y demás parafernalia. Pero quizás a otros niveles (directivos de la industria incluidos) les está costando darse cuenta de esa revolución y actúan como quien oye campanas y no sabe donde, o como el púgil sonado que no ve venir los golpes.

Por eso, resulta bastante satisfactorio leer cosas como ésta que destaca Antonio Delgado:

Es más importante que la serie se vea que proteger los derechos de autor. Las descargas gratuitas es una oportunidad de marketing, no una amenaza

La frase corresponde a la productora española Zinkia, responsable de la serie animada Pocoyo. Quienes sean padres o tengan alrededor algún crío pequeño, seguro que reconocen al simpático protagonista de la serie y a sus amigos.

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Los peligros del emule en la oficina

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Emule en la oficina

Una de los argumentos de defensa más habituales cuando desde determinados sectores se afirma que los programas de compartición de archivos o P2P fomentan la piratería es que estos programas no son más que un medio, que igual que material protegido pueden compartir material perfectamente legítimo, y que por lo tanto es injusto actuar contra ellos: es matar al mensajero.

Claro, que esta empresa en cuestión desearía que fuera así… y es que resulta que uno de sus empleados se instaló el emule en la oficina, puso a compartir ficheros… con tal grado de despiste que además de su carpeta de “cosas para compartir”, puso a disposición de todo el mundo archivos con información sensible para la compañía. Entre esa información se encontraba un archivo con datos personales de toda su plantilla, con nombres, DNI, dirección… y claro, la Agencia de Protección de Datos le ha impuesto, en aplicación de la LOPD, una soberana multa por faltar al deber de proteger esos datos.

Y estamos hablando de unos datos de plantilla, pero entre esos documentos podría haber estado un plan estratégico, el diseño de un nuevo producto o vaya usted a saber que información relevante.

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