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        <title>Magazine - registro</title>
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        <description>Publicación de noticias sobre gadgets y tecnología. Últimas tecnologías en electrónica de consumo y novedades tecnológicas en móviles, tablets, informática, etc</description>
        <pubDate>Tue, 09 Jun 2026 14:48:03 +0000</pubDate>
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                <title><![CDATA[El registro de jornada, ¿una buena estrategia para combatir la precariedad? ]]></title>
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                <pubDate>Fri, 12 Apr 2019 12:08:03 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/43f8b1/meeting-2284501_960_720/1024_2000.jpg" alt="El&#x20;registro&#x20;de&#x20;jornada,&#x20;&#x00BF;una&#x20;buena&#x20;estrategia&#x20;para&#x20;combatir&#x20;la&#x20;precariedad&#x3F;&#x20;">
    </p>
    <p>El pasado 8 de marzo el Gobierno aprobó un decreto-ley, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2019-3481">el 8/2019</a>, por el que se impulsaban determinadas medidas para luchar contra la precariedad laboral. Después de su aprobación por la Diputación Permanente y su publicación en el BOE, hay una medida que entra en vigor el 12 de mayo: <strong>el registro de la jornada laboral</strong>.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>El registro de la jornada laboral significa que <strong>todos los trabajadores deben fichar al entrar y al salir de su puesto de trabajo</strong> a partir de dicha fecha. Si el número de horas trabajadas supera lo dispuesto en el Convenio Colectivo o en el Estatuto de los Trabajadores, entonces deberá cobrar horas extras.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><h2>Lo que se pretende con el registro de la jornada</h2>

<p>El preámbulo del decreto-ley es muy extenso y da detalladas explicaciones de por qué se hace obligatorio para las empresas el registro de la jornada. El resumen sería que gracias a este registro se pagarán horas extra, s<strong>e dejará de contratar fraudulentamente a trabajadores a tiempo parcial</strong> para realizar jornadas completas. Y todo esto, además, contribuirá a la recaudación de la Seguridad Social, que ahora mismo no ve dinero de esta bolsa de horas extra gratuitas que hacen los trabajadores a las empresas.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Los datos que enumera esta introducción al decreto-ley son abrumadores: el 35% de las denuncias recibidas por Inspección de trabajo tienen como motivo el incumplimiento de la jornada laboral; en 2018 se realizaron 6,4 millones de horas extraordinarias a la semana, y esta cifra supera la de 2017; el 48% de los trabajadores que realizan estas horas extraordinarias afirmaron no cobrarlas. Desde luego vemos un patrón y cualquiera que trabaje en España sabe que es cierto, se trabaja más allá de la jornada laboral y <strong>no suele haber compensación económica</strong>.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<h2>La solución no es mágica</h2>

<p>Ahora bien, contrasta mucho la longitud de la introducción del decreto-ley a la creación del registro laboral (18 párrafos) con lo escueto de la modificación legislativa (dos artículos modificados por un total de 4 párrafos).</p>
<!-- BREAK 5 --><div class="article-asset-image article-asset-normal article-asset-center">
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      </div>
</div>
<p>Con esto no quiero apoyar que las leyes sean largas y farragosas, pero <strong>en este caso se ha quedado muy corta</strong>. La creación de un registro se limita a decir que el Gobierno puede limitarlo a ciertos sectores y profesionales (de momento no lo ha hecho), que las empresas tienen que crear un registro, que incluirá el horario de cada empleado y que la forma de hacerlo tiene que salir de la negociación colectiva, acuerdo de empresa o del empresario previa consulta con los trabajadores. Breve y que deja algunas cosas en el aire.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>Lo primero, si el registro tiene que salir de una negociación colectiva, ¿puede implementarse más tarde del 12 de mayo? No queda claro, algunos apuntan que <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.publico.es/economia/cobraras-fichar-partir-12-mayo-dudas-normas-controlar-jornada-laboral.html">mientras se esté negociando la forma de implementarlo el 12 de mayo es suficiente</a>.</p>
<!-- BREAK 7 -->
<p>Segundo, esto <strong>afecta a todos los trabajadores</strong>. Y no explica cómo deben registrarse los empleados que trabajan en remoto o se desplazan. Es cierto que hay soluciones telemáticas para hacer este tipo de registros de jornada, pero no especificar nada deja en manos de la empresa administrar una situación que puede llegar a ser complicada.</p>
<!-- BREAK 8 -->
<p>Y por último, <strong>donde hay fraude puede seguir habiéndolo</strong>. Si antes del 12 de mayo un empresario le decía a su trabajador: "te contrato por tres horas, pero vas a trabajar ocho" ya estaba haciendo algo ilegal y el trabajador, en muchos casos indefenso, aceptaba. Ahora solo tendrá que decir "ficha cuando entres y a las tres horas ficha de salida, pero sigue trabajando". Es cierto que en esta situación el empresario es más vulnerable ante una inspección de trabajo, pero antes también lo era ante una denuncia del trabajador.</p>
<!-- BREAK 9 -->
<h2>¿Qué pasará?</h2>

<p>En definitiva, no creo que el registro de jornada solucione muchas cosas. La realidad es que muchas empresas no pueden subsistir con las condiciones legales de jornada. Un incremento en la productividad, vía crecimiento de tamaño de empresa, es lo que podría hacer se redujera el fraude de horarios que hay en nuestro país. </p>
<!-- BREAK 10 -->
<p>El registro de la jornada puede ayudar un poco a esas empresas medianas que todavía trabajan como pequeñas, pero desde luego para las grandes no es un inconveniente y <strong>para las pequeñas crea obstáculos que son salvables con más fraude</strong>.</p>
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                <title><![CDATA[Queda inaugurado el Registro de Seguros de Vida]]></title>
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                <pubDate>Wed, 20 Jun 2007 15:50:30 +0000</pubDate>
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      <img src="https://i.blogs.es/3b29fd/seguros/1024_2000.jpg" alt="Queda&#x20;inaugurado&#x20;el&#x20;Registro&#x20;de&#x20;Seguros&#x20;de&#x20;Vida">
    </p>
    <p>Desde ayer existe en España un Registro de Seguros de Vida que va a facilitar mucho la tarea de los  parientes de un fallecido a la hora de cobrar los seguros. <strong>Hasta ahora era responsabilidad de los parientes descubrir si el fallecido disponía de algún tipo de seguro</strong>, y aunque no se sabe cuanto, muchos seguros engordaban sus cuentas con indemnizaciones sin cobrar por desconocimiento.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>A partir de ayer, gracias al Registro, hay una forma muy fácil de conocer los seguros que tenía contratado el fallecido. Basta con consultar al registro, previo pago de 3 euros, y este le dirá los seguros que tenía contratado. Luego, el solicitante tendrá que reclamar a cada seguro individualmente. Eso sí, <strong>si el reclamante no es el beneficiario, los seguros no están obligados a contactar al legítimo beneficiario, a pesar de que ya sabrían de la muerte del cliente</strong>.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>A mi me parece una buena idea crear estos registros para que ninguna aseguradora se lleve dinero que no es suyo. Algunos argumentarán que al final las aseguradoras no perderán dinero, ya que se encargarán de elevar las primas para compensar que a partir de ahora es muy difícil no pagar por desconocimiento. <strong>Pero yo soy partidario de que las primas sean lo que tengan que ser y no más bajas por estar "timando" a parte de los asegurados (más bien a sus familiares)</strong>.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Esto es como con la ley del redondeo. Mucha gente se quejó de que se subieron las tarifas de parkings y telefonía móvil: "Para esto era mejor quedarse como estábamos", decían. Pues yo no estoy de acuerdo. <strong>Quiero pagar por un servicio, no pagar menos por un servicio que no sé si voy a disfrutar</strong>. Así puedo decidir con libertad si quiero contratarlo o no.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Volviendo al tema principal, ahora sólo queda que los seguros de tarjetas de crédito entren en este registro, cosa que sucederá en 2008. Y ya que estamos, también se podría hacer un registro de las cuentas bancarias, para que <strong>los bancos no se queden con saldos de los fallecidos y que los beneficiarios desconocen</strong>.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Vía | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.elpais.com/articulo/economia/beneficiarios/seguros/vida/pueden/reclamar/hoy/registro/publico/elpepueco/20070619elpepieco_12/Tes">El País</a></p>
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