Para poder votar este post tienes que identificarte o registrarte aquí.
Para votar este post conéctate con Facebook
Connect

El máximo órgano judicial de la Unión Europea, su Tribunal de Justicia, ha emitido una sentencia en la que declara que las compañías aseguradoras no podrán tarificar en función del sexo del asegurado, al alegar que la consideración de esta variable discriminante en los análisis de riesgos es contraria a los principios del Derecho Comunitario.
Actualmente, en muchos de los ramos de seguros del mercado (seguros de vida entera, seguros de ahorro, automóviles, etcétera), el sexo es una de las variables que más se toman en consideración dentro de la metodología a la hora de tarificar las primas de seguro, de tal manera que si el colectivo de mujeres tiene una mayor experiencia siniestral en un determinado riesgo, estas deberán satisfacer una mayor prima y viceversa. Por lo que en principio la fuente de derecho que hoy ha nacido, beneficiaría al colectivo con mayor siniestralidad, disminuyéndole su prima pura, y encareciéndola a los que menor experiencia siniestral tengan en su haber.
Leer más