<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<rss version="2.0" xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom">

	<channel>
		<title>Magazine - tribunales</title>
		<link>http://www.elblogsalmon.com</link>
		<description>
Weblog colectivo dedicado a la economía, las finanzas y el mundo de la empresa, sin olvidar la economía doméstica.		</description>
		<pubDate>2012-02-15 09:00:02</pubDate>

		<generator>http://www.elblogsalmon.com</generator>
                    <item>
      <title><![CDATA[¿Qué es un procurador de los tribunales?]]></title>
      <link>http://www.elblogsalmon.com/conceptos-de-economia/que-es-un-procurador-de-los-tribunales</link>
      <guid>http://www.elblogsalmon.com/conceptos-de-economia/que-es-un-procurador-de-los-tribunales</guid>
      <pubDate>Thu, 07 Jan 2010 11:46:01 +0000</pubDate>

      <author>Remo</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image12808" class="centro" alt="procurador de los tribunales" src="http://img.elblogsalmon.com/2010/01/procurador-tribunales.jpg" /><br />
Nuestra serie de <a href="http://www.elblogsalmon.com/el-blog-salmon/conceptos-de-economia">Conceptos de Economía</a> sigue su camino y en esta ocasión vamos a explicar una figura jurídica imprescindible dentro de nuestro oordenamiento jurídico. A la hora de recurrir a la administración de justicia, la aparación del <strong>procurador de los tribunales </strong>es una figura un tanto desconocida pero imprescindible a la vez para la mayoría de procesos que se inician, bien sea como demandante, bien sea como demandado, dado que su definición en origen erige al procurador como la garantía del justiciable.</p>

	<p>Esta figura garantista tiene un doble sentido; <strong>dotar de agilidad </strong>a todo el procedimiento judicial dado que el procurador actuará frente a todas las decisiones y requerimientos que adopte el tribunal y a la vez <strong>garantizará</strong> que el procedimiento judicial cumple con las normas previstas, se cumple con la aplicación de las normas de enjuiciamiento y se desliga a los justiciables de todos los requerimientos, trámites y pasos que se llevan a cabo en un procedimiento judicial.<br />
<!--more--><br />
<h2>Funciones del procurador de tribunales</h2><br />
La figura del procurador de tribunales se remonta a la civilización romana, de ahí su carácter de representación. Esta figura ha ido evolucionando en el tiempo y en la actualidad se encarga de actuar como representante ante el tribunal del justiciable, en todos sus ámbitos. Dentro de sus funciones destacan:
	<ul>
		<li>Seguir el proceso, estar pendientes de todos los pasos y tener informados al cliente y a su abogado.</li>
		<li>Responsabilizarse de todos los trámites: recibe y firma los emplazamientos, citaciones, notificaciones, etc.; asiste a todas las diligencias y actos necesarios del pleito. Todo ello en representación y a favor de su cliente.</li>
		<li>Transmitir al abogado todos los documentos e instrucciones que lleguen a sus manos.</li>
	</ul>
	<ul>
		<li>Pagar los gastos que se generen a instancia del cliente y dar cuenta documentada de los mismos.</li>
	</ul><br />
Las funciones que se le encomiendan al procurador están <strong>dirigidas a facilitar el proceso judicial</strong>, evitar que los justiciables se salten pasos, dilaciones excesivas o fraudes de ley y mostrar toda la cobertura legal y procesal que se necesita frente a la administración de justicia.</p>

	<p><h2>Tipos de representación</h2><br />
Nuestro ordenamiento jurídico deja libertad a las distintas leyes de enjuiciamiento la necesidad o no de tener representación explícita de procurador o no en función del procedimiento judicial que se ponga en marcha. Como norma general, se tiene en cuenta la figura del procurador para la mayoría de los casos, dejando fuera por citar algún ejemplo, en los juicioss monitorios de escasa cuantía que no se requiere esta figura, por ejemplo.</p>

	<p>Los tipos de representación que se tienen marcado por la jurisdicción son representación legal, voluntaria y procesal, necesitándose en todo caso el apoderamiento notarial de la representación por parte del justiciable o bien el apoderamiento previo al inicio del proceso ante los órganos administrativos del juzgado.</p>

	<p><h2>¿Quién puede ser procurador de los tribunales?</h2><br />
La legislación vigente requiere que los procuradores de los tribunales cumplan los siguientes requisitos:
	<ul>
		<li>Ser Licenciado en Derecho.</li>
		<li>Obtener el título de Procurador, expedido por el Ministerio de Justicia.</li>
		<li>Colegiarse donde se desee actuar, dado que la profesión de procurador está delimitada territorialmente por los espacios delimitados por los respectivos colegios profesionales, salvo que actúen en representación de la Administración por razón de su cargo.</li>
		<li>Pagar la fianza que exigen los Estatutos al Colegio de Procuradores.</li>
	</ul>
	<ul>
		<li>Prestar juramento o promesa ante el órgano que corresponda. Este juramento obliga a acatar las leyes vigentes, como norma suprema la Constitución y resto de ordenamiento jurídico.</li>
	</ul></p>

	<p>Respecto al nombramiento de procurador en un procedimiento procesal, <strong>el justiciable verá siempre sus derechos protegidos </strong>mediante la adecuada representación, bien mediante la elección arbitraria de procurador, bien mediante la designación de procurador señalado de oficio, de tal forma que se garanticen sus derechos procesales en todo el procedimiento judicial.</p>

	<p>Más Información | <a href="http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo6-1985.l7t2.html">Ley Orgánica del Poder Judicial</a>, <a href="http://www.cgpe.es/">Consejo General de Procuradores de España</a><br />
En El Blog Salmón | <a href="http://www.elblogsalmon.com/conceptos-de-economia/que-es-el-poder-judicial">¿Qué es el Poder Judicial?</a><br />
Imagen | <a href="http://picasaweb.google.com/lh/photo/Usx0_bqaNVWPdxnutLSUtA">Horacio Arevalo</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[¿Qué es el Poder Judicial?]]></title>
      <link>http://www.elblogsalmon.com/conceptos-de-economia/que-es-el-poder-judicial</link>
      <guid>http://www.elblogsalmon.com/conceptos-de-economia/que-es-el-poder-judicial</guid>
      <pubDate>Wed, 30 Dec 2009 07:54:24 +0000</pubDate>

      <author>Pedro Blanco</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image12720" src="http://img.elblogsalmon.com/2009/12/146578172_9b5f16f106.jpg" class="centro" alt="Themis" /></p>

	<p>Siguiendo con los <a href="http://www.elblogsalmon.com/el-blog-salmon/conceptos-de-economia">Conceptos de Economía</a>, hoy vamos a hablar de un término muy importante, el Poder Judicial, que forma parte de los tres poderes del Estado Español: Legislativo, Ejecutivo y Judicial.</p>

	<p>El Poder Judicial <strong>es el encargado de mantener el cumplimiento de las leyes en España mediante órganos de su competencia</strong>. Se compone de jueces y magistrados. Tiene independencia en relación a los demás poderes del Estado. No solo se encarga de mantener el cumplimiento, también, aplica normas jurídicas y dicta decisiones.</p>

	<p><!--more--></p>

	<p>Sus obligaciones son:</p>

	<ul>
		<li>Los jueces son órganos unipersonales que están al frente de los juzgados. Los magistrados forman parte de los órganos colegiados que se denominan tribunales.</li>
		<li>Controlan la legalidad de los actos del ejecutivo.</li>
	</ul>
	<ul>
		<li>Resuelven los conflictos por incumplimiento de las leyes.</li>
	</ul>

	<p>Se organiza <strong>territorialmente</strong> (municipios, provincias y comunidades autónomas) y por <strong>materias</strong> (civil, penal, administrativo, social y mercantil).</p>

	<p>Aparte, el Poder Judicial Español tiene Órganos Jurisdiccionales, formados por Audiencia Nacional, Tribunal Supremo y  Tribunal Superior de Justicia. Cada uno de ellos tiene una competencia establecida, por ejemplo, la Audiencia Nacional tiene competencias en temas penales, aún así, se puede recurrir al Tribunal Supremo. Por orden de importancia, el Tribunal Superior de Justicia de cada Comunidad Autónoma se encontraría abajo, en medio la Audiencia Nacional y en el vértice de la pirámide el Tribunal Supremo. </p>

	<p>Esto en cuando al territorio Español. Existen Tribunales de Justicia fuera de España, como el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas. Se caracteriza por el control del Derecho comunitario europeo, y tiene caracter supranacional</p>

<h2>Tribunal Supremo</h2>

	<p>Es el Órgano Superior menos en temas referentes a la Constitución, este Órgano se compone de un Presidente y por un número de magistrados de las diversas Salas, todos estos nombrados por el Rey a propuesta del Consejo General del Poder Judicial. </p>

	<p>Es el<strong> último Órgano Judicial al que se puede acudir en España, aparte del Tribunal Constitución</strong>. Las Salas competentes son: de lo Civil, de lo Penal, de lo Contencioso-Administrativo, de lo Social, de lo Militar y por 2 especiales de revisión y de Gobierno. Al ser el Tribunal Supremo todos los demás Órganos están subordinados a él.</p>

<h2>Audiencia Nacional</h2>

	<p>La Audiencia Nacional formada por su Presidente, los Presidentes de Sala y los magistrados que determine la ley para cada una de sus Salas y Secciones. Estas Salas son: Salas de Apelación, de lo Penal, de lo Contencioso-Administrativo y de lo Social. <strong>La principal competencia de la Audiencia Nacional son temas penales y administrativos</strong>, por ejemplo, casos de terrorismo.</p>

<h2>Tribunal Superior de Justicia</h2>

	<p>Las comunidades autónomas comparten el Poder Judicial con el Estado Español, a diferencia de lo que ocurre con el Poder Ejecutivo y Legislativo.  Los Tribunales Superiores de Justicia están divididos en tres Salas: Salas de lo Civil y Penal, de lo Contencioso-Administrativo y de lo Social.</p>

	<p>Los Tribunales Superiores de Justicia toman el nombre de la Comunidad Autónoma respectiva y<br />
extienden su jurisdicción a todo el territorio de ésta. Por ejemplo, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid o Andalucía.</p>

	<p>El <strong>Consejo General del Poder Judicial</strong> es el Órgano de Gobierno del Tribunal Supremo, tiene una de las funcionas más importantes dentro del Poder Judicial y es <strong>velar por la garantía de la independencia de los Jueces y Magistrados en el ejercicio de las funciones jurisdiccionales que les son propias frente a todos</strong>. Está integrado por el Presidente del Tribunal Supremo y veinte miembros que son elegidos por el Rey a propuesta del Senado y del Congreso.</p>

	<p>Más información | <a href="http://www.poderjudicial.es/eversuite/GetRecords?Template=default">Web del Poder Judicial</a><br />
Imagen | <a href="http://www.flickr.com/photos/45717670@N00/146578172/">Mornby</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[Custo Barcelona contra Desigual: querellas catalanas]]></title>
      <link>http://www.elblogsalmon.com/sectores/custo-barcelona-contra-desigual-querellas-catalanas</link>
      <guid>http://www.elblogsalmon.com/sectores/custo-barcelona-contra-desigual-querellas-catalanas</guid>
      <pubDate>Thu, 24 Jul 2008 04:11:30 +0000</pubDate>

      <author>IC</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image8136" src="http://img.elblogsalmon.com/2008/07/desigual.jpg" class="centro" alt="desigual" /></p>

	<p>No se si estáis al tanto, pero <a href="http://www.elmundo.es/suplementos/cronica/2008/665/1215900015.html">el programa<strong> Corazón Corazón</strong> desapareció</a>, con la jubilación de Cristina Ramos, su presentadora perenne. Si había un momento especialmente insoportable del mismo, dentro de la tónica de sobredosis de almíbar, era el de l<strong>a presentación de los desfiles de las casas de mod</strong>a. De él siempre se extraían dos conclusiones. Todo era fantástico, con clase, elegantísimo, etc (las mamarrachadas estaba en nuestro subconsciente) y por otro lado, dejaban bien claro <strong>cuál era la tendencia </strong>asumida por la mayoría de los diseñadores para dicha temporada.</p>

	<p>Oye, pues uno, que siempre se preguntaba que cómo era posible que varios diseñadores coincidiesen en apostar por determinados estilos y lanzar una moda a la calle, resulta que se queda con la boca abierta cuando <a href="http://www.custo-barcelona.com/">Custo Barcelona </a>anuncia que <strong>va a demandar a<a href="http://www.desigual.com/"> Desigual</a> por plagio</strong> (imitación sistemática de la marca y de sus productos). No es que compartan una tendencia, un modo de hacer las cosas, es que dicen que es una copia sistemática.</p>

	<p>Yo no lo veo:</p>

	<p><!--more--></p>

	<p><ul></p>

	<p><li>A día de hoy<strong> sigo sin encontrarme dos prendas clavadas de ambas firmas</strong>. Otro tranto ocurre con la marca. No veo dicha clonación (como si la encuentro, curiosamente, entre grandes marcas y una de las grandes firmas téxtiles de este país, vamos, que es su razón de ser). Si que encuentro que ambas firmas comparte un estilo de, lo que un profano llamaría <strong><em>hippismo chic</em> actualizado</strong>. ¿De que se extraña Custo? Ambas firmas nacen en el mismo lugar, en fechas próximas, con experiencias vitales de la gente que las impulsan que seguramente sean similares. <strong>¿Pretende Custo tener la exclusiva de la inspiración hippy?</strong> Ciertamente puede aducir que otros <a href="http://es.engadget.com/2008/03/31/t-mobile-pide-a-engadget-mobile-retirar-el-color-magenta/">pretenden apropiarse de un color</a>, que a ver por que el no va a poder hacerlo con una época en el mundo de la moda.</li></p>

	<p><li>Algo que les molesta es que Desigual y Custo <strong>coincidan en el Plan de Expansión.</strong> Esto es chocante.Hay quien dice que en el mundo de la distribución al por menor hay tres cosas importantes: localización, localización, y localización. ¿Cómo no van a elegir las mismas ciudades? Más allá aún, ¿cómo no elegir las mismas calles o lugares cercanos? No hay más que echarle un vistazo a la profesión más antigua del mundo o a las redes bancarias. Se agrupan, y que va por libre, el que se sale de la milla de oro del sector, se la pega. El hecho de agruparse acaba beneficiando, más que perjudicando, a las empresas competidoras.</li></p>

	<p><li>Resulta revelador que digan que van a emprender acciones y no que las han emprendido. Más bien parece una amenaza que una medida en firme. En dicho sentido, <strong>me recuerda a las famosas querellas catalanas</strong>, aquella fea costumbre de llevar por lo penal las desavenencias comerciales, no tanto por la posibilidad de obtener una condena como por el amedrantamiento del contrario. </li></p>

	<p><li>Respecto a que <strong>tocan a los mismos proveedores</strong>, quizás los de Custo deberían darse una vuelta por el sector de automoción. La concentración empresarial ha hecho que queden unos pocos grandes proveedores que suministran a buena parte de las marcas. Son los únicos capaces de soportar las exigencias de calidad, comerciales, y financieras de los grandes de motor. Entiendo que otro tanto pasa, o esta pasando, en otros sectores. ¿Pretende Custo monopolizar a sus proveedores? Pues que firmen un contrato aceptándolo (que lo dudo) y si lo incumplen, que se entienda con ellos, y no con la competencia.</li></ul></p>

	<p>Me sorprende que el equipo jurídico de Cuatrecasas siga adelante con estas medidas.  No creo que sea bueno para ninguna de las firmas llevar sus diferencias ante los Tribunales. especialemnte para Custo. Desde el punto de vista de imagen, al menos para mi, <strong>Custo esta posicionado en un nivel superior </strong>al de Desigual (no digo que sea ni mejor ni peor, digo posicionado). ¿De verdad Desiguale s un competidor directo? No se si será así, lo cioerto es que me da la sensación de que esta noticia es una de las mejores campañas de publicidad que podía tener Desigual. El líder esta nervioso, y creo que el público puede ser confundido. Si es así, quizás no estan tan lejos, como yo mismo creía y la gente de Custo proclama. Es un tanto incoherente. Y una pena, ya que <strong>creo que hay sitio para las dos (buenas) marcas.</strong></p>

	<p>Vía | <a href="http://www.trendencias.com/2008/07/21-custo-barcelona-contra-desigual-por-imitacion">Trendencias</a><br />
Más información | <a href="http://www.abcdesevilla.es/20080722/gente-ocio-gente/custo-acusa-plagio-desigual_200807220902.html">ABC</a><br />
Foto |<a href="http://flickr.com/photos/kiwoo/514579338/"> daniel.julia</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[El principio del fin del culebrón Endesa]]></title>
      <link>http://www.elblogsalmon.com/entorno/el-principio-del-fin-del-culebron-endesa</link>
      <guid>http://www.elblogsalmon.com/entorno/el-principio-del-fin-del-culebron-endesa</guid>
      <pubDate>Wed, 10 Jan 2007 15:41:33 +0000</pubDate>

      <author>Alejandro Nieto González</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img class="derecha" alt="Endesa" src="http://img.elblogsalmon.com/Endesa%20logo.jpg" />Los procesos judiciales que paralizan las OPAs a Endesa parecen no tener fin, aunque hoy estemos un poco más cerca de que acabe este culebrón. Hoy, <strong>el Tribunal Supremo ha decidido levantar la suspensión cautelar sobre la OPA de Gas Natural a Endesa por un margen de votos muy pequeño</strong> (16 frente a 15). El levantamiento de la suspensión se produce curiosamente como consecuencia de una petición de Endesa, que fue la que en un principio pidió la suspensión cautelar. Ahora, ante la oferta formalizada y aprobada de E.ON, quiere que sean los accionistas los que decidan y que se levanten todos los vetos judiciales.</p>
<p><!--more--></p>
<p>Ya sólo queda que el juzgado mercantil número 3 de Madrid levante también su suspensión, y por fin se podrá dejar que sean los accionistas los que acudan a la oferta que quieran o no acudir a ninguna. De hecho, después de la noticia de hoy las acciones de Endesa han subido en bolsa y se sitúan bastante por encima del precio que E.ON quiere pagar por ellas, por lo que actualmente sería mejor no acudir a la OPA (aunque claro, después de la OPA no se sabe qué puede pasar con el precio de la acción). Acudir a la de Gas Natural no tiene actualmente ningún sentido.</p>
<p><strong>¿Cuándo se terminará este culebrón que dura ya más de un año?</strong></p>
<p>Vía | <a href="http://www.elpais.com/articulo/economia/Supremo/levanta/suspension/OPA/Gas/Natural/Endesa/elpepueco/20070110elpepueco_8/Tes">El País</a><br />
En El Blog Salmón | <a href="http://www.elblogsalmon.com/busqueda?q=endesa&#038;sa=Buscar+con+Google&#038;domains=www.elblogsalmon.com&#038;sitesearch=www.elblogsalmon.com&#038;client=pub-9977500652563564&#038;forid=1&#038;channel=4433016962&#038;ie=UTF-8&#038;oe=UTF-8&#038;cof=GALT%3A%23008000%3BGL%3A1%3BDIV%3A%239C0000%3BVLC%3A9C0000%3BAH%3Acenter%3BBGC%3AFFEBD6%3BLBGC%3A9C0000%3BALC%3A9C0000%3BLC%3A9C0000%3BT%3A000000%3BGFNT%3A9C0000%3BGIMP%3A9C0000%3BFORID%3A11&#038;hl=es">Endesa</a>, <a href="http://www.elblogsalmon.com/busqueda?q=OPA&#038;sa=Buscar+con+Google&#038;domains=www.elblogsalmon.com&#038;sitesearch=www.elblogsalmon.com&#038;client=pub-9977500652563564&#038;forid=1&#038;channel=4433016962&#038;ie=UTF-8&#038;oe=UTF-8&#038;cof=GALT%3A%23008000%3BGL%3A1%3BDIV%3A%239C0000%3BVLC%3A9C0000%3BAH%3Acenter%3BBGC%3AFFEBD6%3BLBGC%3A9C0000%3BALC%3A9C0000%3BLC%3A9C0000%3BT%3A000000%3BGFNT%3A9C0000%3BGIMP%3A9C0000%3BFORID%3A11&#038;hl=es">OPA</a></p>      ]]></description>
      </item>
        	  <atom:link href="http://www.elblogsalmon.com/tag/tribunales/rss2.xml" rel="self" type="application/rss+xml" />
	</channel>

</rss>



