Favoritos de economiamercado en Elblogsalmon http://www.elblogsalmon.com/usuario/ seleccionado por economiamercado http://www.elblogsalmon.com <![CDATA[Lo que un político no puede decir]]> http://www.elblogsalmon.com/economia-domestica/lo-que-un-politico-no-puede-decir http://www.elblogsalmon.com/economia-domestica/lo-que-un-politico-no-puede-decir Fri, 29 Jan 2010 19:22:17 +0000 seleccionado por economiamercado no

El paro en Andalucía es de los más altos de España, según la EPA del cuatro trimestre del 2009 con un 26.33% de parados, o lo que es lo mismo que 1.034.000 personas están en paro en Andalucía. Una cantidad enorme, teniendo en cuenta que las personas ocupadas apenas llegan a los 3 millones.

En este clima tan pésimo de cifras llega el consejero de Empleo de la Junta de Andalucía, el señor Antonio Fernández y dice lo siguiente:

hay un fenómeno que estamos viviendo en las oficinas, que por cada persona que pierde el desempleo se generan tres inscripciones más, el efecto, en fin, solidaridad, o efecto familia.

Esta frivolidad fue lo que dijo el consejero ante la Confederación Granadina de Empresarios. Tal frase me parece de mal gusto y sobre todo que ese político sea el encargado de sacar adelante a Andalucía en materia de desempleo me parece mucho peor, no puede decir eso, debe hablar sobre las medidas que están tomando (si hay alguna claro) y sobre el dinero que van a destinar a potenciar empleos en Andalucía y manera de que disminuyan. Eso es lo que debe de ser noticia y no la frase anterior. Es una manera de justificar que los parados crecen, no porque ellos no trabajen para ello, sino por el “efecto solidaridad” del que habla el consejero.

Señor Fernández, el paro aumentar por necesidad de las personas y como es lógico, aumenta si en una familia se pierde la vía de los ingresos. No tiene justificación ninguna la frase. Un político siempre tiene que cuidar su lenguaje y más cuando lo que hace afecta a tantas personas.

Esta visto que hoy en día cualquiera puede ser político pensando como el señor Fernández. Otra de las frases de este “político” es la siguiente:

Andalucía tiene los deberes hechos en materia de desempleo

¿De verdad tiene Andalucía los deberes hechos? ¿Puede Andalucía seguir con políticos así? El tiempo y su economía lo dirán.

Vía | ABC
Imagen | Dan Brady

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<![CDATA[Andalucía va a informar sobre el coste sanitario incurrido]]> http://www.elblogsalmon.com/sectores/andalucia-va-a-informar-sobre-el-coste-sanitario-incurrido http://www.elblogsalmon.com/sectores/andalucia-va-a-informar-sobre-el-coste-sanitario-incurrido Thu, 28 Jan 2010 19:08:15 +0000 seleccionado por economiamercado informar gasto sanitario
Si alguna medida es buena es aquella que otorgue transparencia al funcionamiento de los servicios públicos y en el caso de la Sanidad Pública, el factor coste, es uno de los parámetros más desconocidos que existen por todos los usuarios.

Con el objetivo de concienciar a los usuarios del Sistema Andaluz de Salud sobre la necesidad de la racionalización del uso, se va a comenzar a presentar una factura informativa con el coste de los servicios que ha requerido un paciente que ha estado hospitalizado. Esta medida, no es el primer paso hacia una privatización de la Sanidad, tal y como se le ha recriminado a la consejera, sino todo lo contrario.

El servicio público y la política de que el dinero público no tiene dueño debe acabar. Los ciudadanos necesitamos ser conscientes del coste de los servicios que recibimos y por tanto, debemos ser conscientes también del uso que le damos a los servicios públicos, como pueden ser Sanidad o la educación pública.

Es más, sería muy interesante, individualizar anualmente los costes incurridos por cada uno de los ciudadanos y presentarle un balance de consumo de recursos públicos cuantificables y una estimación de los impuestos directos que ha tenido que soportar cada ciudadano.

Es obvio que la corriente tributaria se integra y que el pago de impuestos no da derecho a solicitar ningún tipo de contraprestación, pero la racionalidad en el gasto público comienza por el uso correcto adecuado por parte de los ciudadanos. Y si hay dos servicios de los que se abuse por norma, son educación pública y sanidad. Esta medida debe ser copiada por todas las comunidades y ampliarla al coste educativo también, a ver si se consigue remover las conciencias de los universitarios apoltronados de por vida en las aulas con más años de carrera que el pórtico de la Universidad de Salamanca.

Vía | El Pais
En El Blog Salmón | ¿Qué es la Sanidad Pública y cómo funciona?
Imagen | Marco Pompei

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<![CDATA[El lastre de la productividad en la Economía Española]]> http://www.elblogsalmon.com/mundo-laboral/el-lastre-de-la-productividad-en-la-economia-espanola http://www.elblogsalmon.com/mundo-laboral/el-lastre-de-la-productividad-en-la-economia-espanola Tue, 26 Jan 2010 17:46:54 +0000 seleccionado por economiamercado construccion.jpg

A lo largo del pasado siglo XX, se consiguieron mejoras progresivas en las condiciones laborales de los trabajadores, conllevando también y de forma generalizada a una reducción de las jornadas laborales. De acuerdo con las conclusiones a las que ha llegado el Institut National de la Stastistique et des Études Économiques (INSEE), en un reciente estudio:

Entre 1950 y 2007, la duración de la jornada anual de los diez países con mayor PIB per cápita  ha caído de media un 25%. Eso sí, no todos lo han hecho a la misma velocidad“.

Además de lo anterior, los españoles seguimos liderando el ranking de países europeos en el que más horas se trabajan (una media de 1 775 horas anuales), y si nos comparamos con el conjunto de los países desarrollados, solo nos supera Japón (1 784 horas, un 0.5% más), Estados Unidos (1 785 horas, un 0.5% más), y Corea del sur (2 165 horas, un 18% más).


Pero en España, seguimos trabajando muchas más horas que otros países comparables, porqué es esto, ¿por que el trabajador español es el que más produce? Si opinamos esto, estamos muy equivocados. La explicación a la cuestión anterior hay que atacarla en términos de productividad, y la razón de que la jornada laboral en España, se haya reducido menos que en otros países (13.00% frente a un 25.00% de media en los países de nuestro marco de comparación), hay que buscarla en diversos factores:

  • Incorporación tardía de la mujer al mercado de trabajo, mucho más tarde que en el resto de países europeos.
  • Alto porcentaje de ocupación en actividades productivas extensivas en mano de obra y basadas en largas jornadas laborales, como la construcción (un 13.00% de la ocupación en los años pre-crisis).
  • Razones de orden cultural, en mi opinión, España es un país en el que “gusta” calentar la silla, y esa cultura es la que nos hace ser menos productivos. No importándonos tanto el prolongar nuestra jornada de trabajo, cosa que en Europa no pasa, se ciñen a menos horas de trabajo y prima más la productividad.

Al margen de esto, y para solucionar el problema, antes tenemos que atajar otros muchos, entre ellos, y como señala Sara de la Rica, directora del Observatorio Laboral de la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (FEDEA):

Sin embargo, en España debemos enfrentarnos primero al cambio de modelo económico y después ya hablaremos de trabajar menos tiempo“.

Más información | Expansión
Imagen | hurtubia

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<![CDATA[¿Rentabilidad segura en las inversiones en vivienda?]]> http://www.elblogsalmon.com/sectores/rentabilidad-segura-en-las-inversiones-en-vivienda http://www.elblogsalmon.com/sectores/rentabilidad-segura-en-las-inversiones-en-vivienda Fri, 11 Dec 2009 18:31:48 +0000 seleccionado por economiamercado rentabilidad en vivienda
La prensa escrita, tradicional, seria y formal necesita un código que nos aclare cuando publican noticias y reportajes patrocinados y cuándo publican asuntos serios. El caso en cuestión que traigo se origina a partir de la lectura de un artículo publicado en El Mundo que afirma: “Comprar una vivienda en plena crisis sigue siendo una buena inversión“.

Recomiendo la lectura detallada del mismo porque tiene frases de expertos dignas de análisis, porque en este post solo me voy a quedar con un par de citas para la historia. Cuando hablamos del mercado inmobiliario tenemos que determinar dos diferencias sustanciales:

  • Todos necesitamos una vivienda donde vivir, con lo cual, sea la que sea y se compre en el momento que se compre, buena compra será si cubre nuestras necesidades.
  • Pero si nuestro objetivo es la inversión, tenemos varios problemas graves que el artículo bien se cuida en no poner de manifiesto.

Este artículo afirma que la rentabilidad de la vivienda en alquiler ronda el 5% cuando la rentabilidad financiera de cualquier inversión ronda un 2%. Varios errores; suponemos que la vivienda se adquirido mediante pago al contado y sin financiación ajena, porque es materialmente imposible obtener una rentabilidad del 5% si tenemos un préstamo hipotecario en la vivienda.

Aún así, veo unas cuentas muy livianas y suposiciones de cero morosidad, cero gastos en tasas e impuestos e inversión nula en reparaciones y mantenimiento. Si alguien ha tenido un piso alquilado puede suponer de qué hablo.

A largo plazo es una buena inversión, porque se adquiere patrimonio para legar a los hijos. Cierto, pero a medias. La vivienda también tiene una vida útil y muy pocos edificios construidos a partir de los 80 se encontrarán en pie con más de 50 años. Los tiempos de construcciones centenarias se han acabado. Sin olvidar que se sigue manteniendo la premisa que a largo plazo, todo sube. Me remito a Keynes, a largo plazo, todos muertos.

La revalorización del bien a largo plazo, salvo catástrofe, tal y como cita el artículo no tiene porqué ser cierta. Que ha sido así es indudable, pero que en el caso de una reactivación económica el valor de la vivienda suba como mínimo al doble del IPC va a ser muy complicado, al menos durante los próximos 15 años.

Y para poner la guinda, el artículo afirma que cualquier compra que se haga ahora se encontrará más cerca del suelo de su valor que de su techo. Mentira y gorda; porque para que exista un precio límite por abajo se necesita que exista mercado y ese mercado no existe a día de hoy.

Los pisos van a seguir bajando y mucho. Sólo necesitamos que Europa comience a recuperarse para que el euribor repunte y entonces si se va a acordar más de uno y más de dos de lo que vale un peine. Los juzgados están deseosos de ejecuciones hipotecarias y llegarán muchas, a partir de mediados del 2010. El año que viene lo veremos.

En El Blog Salmón | La vivienda es un mal negocio y por eso hay poca de alquiler; El stock de viviendas sin vender supera el millón
Imagen | Hurtubia

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<![CDATA[12D - manifestación en Madrid: ¿por qué se manifiestan los sindicatos?]]> http://www.elblogsalmon.com/mundo-laboral/12d-manifestacion-en-madrid-por-que-se-manifiestan-los-sindicatos http://www.elblogsalmon.com/mundo-laboral/12d-manifestacion-en-madrid-por-que-se-manifiestan-los-sindicatos Fri, 11 Dec 2009 16:25:40 +0000 seleccionado por economiamercado manifestacion
Mañana es el día clave para los sindicatos. Se haya convocada una gran manifestación en pro del diálogo social en Madrid a partir de las 12 de la mañana. Esta convocatoria esta realizada por los sindicatos mayoritarios, con presencia de 35 organizaciones sociales, 6 organizaciones empresariales y de economía social, 112 organizaciones de mujeres, 6 organizaciones sindicales, 4 organizaciones políticas, 15 organizaciones inmigrantes y 29 organizaciones de solidaridad.

Según los sindicatos mayoritarios, CCOO y UGT, esta manifestación servirá para recuperar el diálogo social, desbloquear los convenios colectivos del 2009 y asegurarse que se reparte el peso de la crisis entre todos los agentes implicados. Citando textualmente, es una manifestación en pro de la negociación y no deja pasar la puntilla a los empresarios que quieren aprovechar la crisis para cebarse con los trabajadores. Curioso que en ningún punto se reivindique nada por los cinco millones de parados que tenemos en el pais.

Esta manifestación no tiene sentido porque los sindicatos no están dispuestos a mover un ápice su posición actual dentro del marco inmovilista que presentan dentro de la negociación colectiva o dentro de la reforma del mercado laboral. No se trata de abaratar un despido, que eso es solución de cara al futuro, se trata de adaptar la contratación laboral al entorno actual, a suavizar las condiciones de acceso y retirada al empleo, se trata de buscar un nicho de mercado para los parados y se trata de buscar la forma de que se pueda crear empleo sin sacrificar a las pymes que al fín y al cabo son las mayores generadoras de empleo.

Los sindicatos tienen un problema y lo saben: no pueden morder la mano que les da de comer, en este caso Gobierno vía subvenciones y tampoco pueden reivindicar contra los que ya no pueden hacer nada, como son los 400.000 autónomos que han abandonado sus empresas en estos dos años. Para esos no hay reivindicaciones, con lo cual, más vale culpar al monstruo de la negociación colectiva, antes que reconocer que estamos en una situación crítica que requiere tomar medidas urgentes. Por la dignidad de los trabajadores que han perdido su empleo, los sindicatos deberían quedarse mañana en su casa; aquí todos tienen un poquito de culpa. ¿Irá alguno de nuestros lectores a esta manifestación?

Vía | Europa Press
Imagen | Carlos Capote

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<![CDATA[En defensa de los derechos de los ciudadanos en internet]]> http://www.elblogsalmon.com/weblogs-sl/en-defensa-de-los-derechos-de-los-ciudadanos-en-internet http://www.elblogsalmon.com/weblogs-sl/en-defensa-de-los-derechos-de-los-ciudadanos-en-internet Wed, 02 Dec 2009 08:38:59 +0000 seleccionado por economiamercado En WeblogsSL creemos que estamos en un momento especialmente delicado en cuanto al desarrollo de internet en España. El proyecto de Ley de la Economía sostenible nos ha sorprendido a un gran grupo de ciudadanos, empresas y organizaciones que conocemos, construimos y amamos la internet que tanto valor está aportando a nuestra sociedad. Algunos de los cambios que se han incluido en dicho proyecto pueden transformala e inaugurar en período con menos derechos para los ciudadanos, menos privacidad y menos libertad de expresión, y con una gran inseguridad para las empresas que en ella trabajamos. Algunos análisis de estos cambios los podemos encontrar en Merodeando, El Blog Salmón, Periodistas 21, Netoratón, Público, Enrique Dans o El País.

A la luz de este acontecimiento, hemos participado en la elaboración de un Manifiesto “En defensa de los derechos fundamentales en internet”, cuyo texto asumimos y apoyamos como el punto de arranque de una oposición crítica a todos los intentos, vengan de parte de quien vengan, de menoscabar los derechos de los ciudadanos y las empresas en internet a favor de unos pocos.

Manifiesto “En defensa de los derechos fundamentales en internet”

Ante la inclusión en el Anteproyecto de Ley de Economía sostenible de modificaciones legislativas que afectan al libre ejercicio de las libertades de expresión, información y el derecho de acceso a la cultura a través de Internet, los periodistas, bloggers, usuarios, profesionales y creadores de internet manifestamos nuestra firme oposición al proyecto, y declaramos que…

1.- Los derechos de autor no pueden situarse por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a la privacidad, a la seguridad, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de expresión.

2.- La suspensión de derechos fundamentales es y debe seguir siendo competencia exclusiva del poder judicial. Ni un cierre sin sentencia. Este anteproyecto, en contra de lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución, pone en manos de un órgano no judicial – un organismo dependiente del ministerio de Cultura -, la potestad de impedir a los ciudadanos españoles el acceso a cualquier página web.

3.- La nueva legislación creará inseguridad jurídica en todo el sector tecnológico español, perjudicando uno de los pocos campos de desarrollo y futuro de nuestra economía, entorpeciendo la creación de empresas, introduciendo trabas a la libre competencia y ralentizando su proyección internacional.

4.- La nueva legislación propuesta amenaza a los nuevos creadores y entorpece la creación cultural. Con Internet y los sucesivos avances tecnológicos se ha democratizado extraordinariamente la creación y emisión de contenidos de todo tipo, que ya no provienen prevalentemente de las industrias culturales tradicionales, sino de multitud de fuentes diferentes.

5.- Los autores, como todos los trabajadores, tienen derecho a vivir de su trabajo con nuevas ideas creativas, modelos de negocio y actividades asociadas a sus creaciones. Intentar sostener con cambios legislativos a una industria obsoleta que no sabe adaptarse a este nuevo entorno no es ni justo ni realista. Si su modelo de negocio se basaba en el control de las copias de las obras y en Internet no es posible sin vulnerar derechos fundamentales, deberían buscar otro modelo.

6.- Consideramos que las industrias culturales necesitan para sobrevivir alternativas modernas, eficaces, creíbles y asequibles y que se adecuen a los nuevos usos sociales, en lugar de limitaciones tan desproporcionadas como ineficaces para el fin que dicen perseguir.

7.- Internet debe funcionar de forma libre y sin interferencias políticas auspiciadas por sectores que pretenden perpetuar obsoletos modelos de negocio e imposibilitar que el saber humano siga siendo libre.

8.- Exigimos que el Gobierno garantice por ley la neutralidad de la Red en España, ante cualquier presión que pueda producirse, como marco para el desarrollo de una economía sostenible y realista de cara al futuro.

9.- Proponemos una verdadera reforma del derecho de propiedad intelectual orientada a su fin: devolver a la sociedad el conocimiento, promover el dominio público y limitar los abusos de las entidades gestoras.

10.- En democracia las leyes y sus modificaciones deben aprobarse tras el oportuno debate público y habiendo consultado previamente a todas las partes implicadas. No es de recibo que se realicen cambios legislativos que afectan a derechos fundamentales en una ley no orgánica y que versa sobre otra materia.

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<![CDATA[¿Qué es un convenio colectivo?]]> http://www.elblogsalmon.com/conceptos-de-economia/que-es-un-convenio-colectivo http://www.elblogsalmon.com/conceptos-de-economia/que-es-un-convenio-colectivo Wed, 23 Sep 2009 14:33:10 +0000 seleccionado por economiamercado que es un convenio colectivo
Siguiendo con nuestra serie de Conceptos de Economía, vamos a seguir desarrollando algunos conceptos claves dentro del entorno laboral en el que nos movemos. IC, nos avanzó la semana pasada el Expediente de Regulación de Empleo, hoy vamos a hablar sobre los convenios colectivos.

La negociación colectiva, la libertad sindical y los acuerdos de negociación son derechos constitucionales reconocidos desde la entrada de la democracia. Estos derechos, están regulados sucesivamente por la distinta legislación vigente. En materia de negociación colectiva, nos tenemos que dirigir al Estatuto de los Trabajadores en su título III, como norma que fija la estructura, condiciones y forma de los convenios colectivos.

¿Qué es un convenio colectivo?

Un convenio colectivo es un acuerdo entre representantes de las empresas como los representantes de los trabajadores como resultado de una negociación colectiva en materia laboral. Mediante un convenio colectivo, empresarios y trabajadores regulan las condiciones de trabajo y productividad, y como contrapartida se pactan una serie de obligaciones recíprocas que acuerdan una paz laboral.

Los convenios colectivos obligan a empresarios y trabajadores afectados dentro de su ámbito de aplicación por el mismo durante todo el periodo de vigencia del mismo. Para delimitar los ámbitos de aplicación, tenemos que diferenciar siempre qué convenios son empresariales o interempresariales por ámbito de aplicación geográfica.

Para que un colectivo de trabajadores esté afectado por un convenio colectivo, tiene que encontrarse bajo la jurisdicción del Estatuto de los Trabajadores. Es decir, aquellos trabajadores que no le es de aplicación el ET, no tienen negociación colectiva como tal. Quedan excluidos del ámbito denegociación colectiva:

  • Funcionarios públicos.
  • Transportistas
  • Consejeros o miembros del Consejo de Administración de empresas.
  • Los trabajos familiares, o a título de amistad o buena vecindad, así como las prestaciones personales obligatorias (cuidado de hijos o dependientes, etc.).
  • Los trabajos u operaciones mercantiles que asuman el riesgo y ventura de las mismas.
  • Trabajadores autónomos o por cuenta propia, salvo que se refleje algún artículo de manera concreta.

La estructura de convenios colectivos tiene estructura de árbol y con cláusulas de obligado cumplimiento para todas las empresas y trabajadores afectados dentro de las áreas de influencia. Siguiendo esta premisa, se establece una jerarquía de cumplimiento de convenios colectivos en función de los rangos de aplicación. El nivel más alto dentro de la negociación colectiva se encuentra el convenio con carácter estatal, a posteriori autonómico y provincial.

En casos de grandes empresas, se pueden negociar convenios colectivos de igual rango que los anteriores en función de la expansión geográfica de la empresa y trabajadores afectados.

¿Quiénes negocian los convenios colectivos?

La potestad representativa para negociar un convenio colectivo viene delimitada por el ámbito de aplicación al que esté dirigido.
Convenios de empresa: son interlocutores válidos el comité de empresa, delegados sindicales o representantes de los trabajadores. En el caso que el convenio sea de aplicación a toda la empresa, los representantes sindicales que negocien tienen que tener la mayoría de representación de los trabajdores y el acuerdo expreso de representación dado por los trabajadores.

Convenios de rango superior:Negociarán sindicatos que tengan representatividad reconocida a nivel estatal, autonómico o provincial. También podrán integrar la comisión negociadora las sindicatos que ostenten con un 10% de representantes dentro de los comités de empresa afectados y por parte de las empresas, tendrán representación las asociaciones y organizaciones empresariales con representación reconocida en el ámbito de aplicación o aquellas asociaciones que cuenten al menos con un 10% de empresas afiliadas a las que les sea de aplicación el convenio.

Estructura, contenido y duración de un convenio colectivo

Los convenios colectivos tienen que contener acuerdos que respeten la legislación laboral vigente en todos sus extremos. Como cláusula de inaplicación, se marcan acuerdos que sean contrarios a las leyes.

Siguiendo esa premisa, se pueden regular regular materias de índole económica, laboral, sindical y, en general, cuantas otras afecten a las condiciones de empleo y al ámbito de relaciones de los trabajadores y sus organizaciones representativas con el empresario y las asociaciones empresariales.

Además se pueden incluir procedimientos para resolver las discrepancias surgidas en los períodos de consulta previstos en situaciones de movilidad geográfica, modificaciones sustanciales en los acuerdos de trabajo, suspensiones de contratos por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor y causas de despido colectivo.

La duración de un convenio colectivo será la que se pacte entre las partes, bien como duración global, bien como duración de determinados bloques. Es habitual negociar convenios con duraciones de 3 años pero con bloques de reviwsión en materia salarial anuales. Si no existe pacto sobre duración en el convenio, éste se entiende prorrogado por años hasta que una de las partes firmantes del mismo denuncie su cese.

En el momento que un convenio colectivo pierde su vigencia, las cláusulas obligaciones dejan de ser de obligado cumplimiento. Existe derogación tácita del convenio anterior al realizar la aprobación del siguiente convenio, salvo en las cláusulas que se refleje expresamente que se mantienen las condiciones anteriores.

Obligaciones formales y consideraciones finales

Para que un convenio colectivo tenga validez, además de estar firmado por todos los integrantes de la mesa negociadora, tiene que ser inscrito en los Servicios de mediación y arbitraje laboral y publicado de manera oficial en el boletín oficial que le corresponda por su ámbito geográfico de aplicación.

El convenio colectivo está sujeto a la revisión formal del Ministerio de Trabajo como organismo supervisor de las cláusulas pactadas entre las partes y como regulador de las relaciones laborales.

Como vemos, el convenio colectivo es la legislación laboral aplicable para cada empresa a la que le afecte a nivel sectorial. Es un texto que obliga, pero que tiene la consideración de mínimo tanto por empresas como trabajadores, pudiendo mejorar ambos voluntariamente las condiciones reflejadas en el texto pactado.

Más Información | Estatuto de los Trabajadores – Título III
Imagen | U.S. National Archive
En El Blog Salmón | Convenios colectivos, un arma de doble filo, Convenios colectivos referenciados a resultados

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