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        <title>Magazine - prestamistas</title>
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        <description>Publicación de noticias sobre gadgets y tecnología. Últimas tecnologías en electrónica de consumo y novedades tecnológicas en móviles, tablets, informática, etc</description>
        <pubDate>Sat, 13 Jun 2026 08:49:29 +0000</pubDate>
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                <title><![CDATA[Cómo prestarle dinero a alguien para que Hacienda no te la líe y sin tener que pagar el 34% de impuestos ]]></title>
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                <pubDate>Mon, 18 Aug 2025 06:00:38 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
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      <img src="https://i.blogs.es/77c9be/blog-salmon/1024_2000.jpeg" alt="C&#x00F3;mo&#x20;prestarle&#x20;dinero&#x20;a&#x20;alguien&#x20;para&#x20;que&#x20;Hacienda&#x20;no&#x20;te&#x20;la&#x20;l&#x00ED;e&#x20;y&#x20;sin&#x20;tener&#x20;que&#x20;pagar&#x20;el&#x20;34&#x25;&#x20;de&#x20;impuestos&#x20;">
    </p>
    <p>Dar dinero a un amigo o a un familiar parece una transacción simple y sencilla a primera vista. Es casi algo normal y se supone que también es algo gratis. Pero claro, tenemos que tener en cuenta siempre a la omnipresente Agencia Tributaria.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>Una cosa hay que tener clara: <strong>Hacienda no hace distinciones entre buenas intenciones y errores administrativos</strong>. Así que ojo, porque una transferencia mal documentada puede derivar en sanciones, suma de intereses e incluso en el pago de impuestos. Éstos pueden llegar al 34% del importe total.</p>
<p>Es precisamente este escenario el que muchos desconocen hasta que reciben una notificación de Hacienda. Y es que, cuando no hay un contrato formal, el organismo puede interpretar el movimiento bancario como una donación encubierta, lo que activa la aplicación del <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1987-28141">Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones</a>, con tipos muy diferentes según la comunidad autónoma.</p>
<!-- BREAK 2 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.elblogsalmon.com/economia/que-vida-este-cara-tiene-gran-beneficiario-hacienda">
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     <a href="https://www.elblogsalmon.com/economia/que-vida-este-cara-tiene-gran-beneficiario-hacienda" class="desvio-taxonomy-anchor">En El Blog Salmón</a>
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    <a href="https://www.elblogsalmon.com/economia/que-vida-este-cara-tiene-gran-beneficiario-hacienda" class="desvio-title js-desvio-title">Que la vida esté cara tiene un gran beneficiario: Hacienda </a>
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<p>O lo que es lo mismo: <strong>lo que empezó como una ayuda puede terminar en un problema.</strong></p>
<h2><strong>El préstamo sí, pero con papeles también</strong></h2>
<p>Lo primero que hay que hacer para no tener problemas con Hacienda es acreditar de forma inequívoca que no estamos ante una donación. <strong>La forma de hacerlo es el contrato de préstamo entre particulares</strong>, la herramienta con la que tendremos registrada jurídicamente que hay un compromiso de devolver la cantidad recibida.</p>
<!-- BREAK 3 --><p><strong>No es necesario enrevesarse con cláusulas generales y extensas</strong>, pero sí incluir conceptos básicos como la cantidad prestada, el tiempo para devolverla, si se van a cobrar intereses o no, habitualmente un 0% y, <strong>en algunos casos, la finalidad para la que se presta.</strong></p>
<p>Una vez firmado por ambas partes, este contrato debe estar respaldado por pruebas tangibles del movimiento económico. <strong>La transferencia bancaria debe hacerse directamente desde la cuenta personal del prestamista a la del prestatario.</strong> No es válido el dinero en efectivo ni tampoco los ingresos en cajero, ya que dificultan su trazabilidad. Además, conviene <strong>conservar copias de los justificantes de la operación</strong> para demostrar que el acuerdo fue cumplido según lo pactado.</p>
<!-- BREAK 4 --><h2><strong>¿Qué pasa con Hacienda?</strong></h2>
<p>Aunque el contrato ya ofrezca una buena base de defensa legal, muchos expertos recomiendan dar un paso más: <strong>presentar el </strong><a rel="noopener, noreferrer" href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/declaraciones-informativas-otros-impuestos-tasas/impuesto-sobre-transmisiones-patrimoniales-actos-juridicos/itp-ajd-transmisiones-derechos-reales-fianzas/descarga-modelo-600.html"><strong>modelo 600</strong></a><strong> en la comunidad autónoma correspondiente.</strong></p>
<!-- BREAK 5 --><p>Este documento sirve para comunicar a la administración tributaria que se ha realizado un préstamo entre particulares sin intereses. No conlleva ningún pago si se declara exento, pero deja constancia oficial del acuerdo y cierra la puerta a una posible interpretación como donación.</p>
<p><strong>Este trámite debe hacerse en los 30 días hábiles siguientes a la entrega del dinero</strong>. Algunas comunidades permiten presentarlo telemáticamente, mientras que en otras todavía es necesario acudir presencialmente.</p>
<!-- BREAK 6 --><p>A efectos legales no es obligatorio, pero hacerlo puede ser clave si en algún momento Hacienda cuestiona el origen o la finalidad de los fondos.</p>
<h2><strong>El préstamo tiene que ser verosímil</strong></h2>
<p>Otro punto relevante es que <strong>el préstamo debe ser creíble desde el punto de vista de su devolución</strong>. No basta con firmar un contrato y fijar plazos eternos.</p>
<!-- BREAK 7 --><p>Si, por ejemplo, una persona de edad muy avanzada presta una suma elevada con devolución prevista a 30 años, <strong>Hacienda puede cuestionar la viabilidad del acuerdo y considerarlo ficticio</strong>, lo que de nuevo abre la puerta a que se trate como una donación encubierta.</p>
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    <a href="https://www.elblogsalmon.com/economia/gurus-bolsa-dejan-serlo-cuando-se-ponen-bajistas">
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    <a href="https://www.elblogsalmon.com/economia/gurus-bolsa-dejan-serlo-cuando-se-ponen-bajistas" class="desvio-title js-desvio-title">Los gurús de la bolsa dejan de serlo cuando se ponen bajistas</a>
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<p>Esto implica que los plazos deben ajustarse al perfil del prestamista, y que se debe justificar, en la medida de lo posible, la forma en la que se realizará el reintegro del dinero. <strong>Lo recomendable es fijar cuotas periódicas y conservar los justificantes de cada devolución</strong>, de modo que si se realiza una inspección futura, el expediente esté perfectamente documentado.</p>
<!-- BREAK 8 --><h2><strong>El tipo impositivo puede ser letal</strong></h2>
<p>En caso de que Hacienda considere que lo que se realizó fue una donación, el impacto económico puede ser muy elevado.</p>
<p><strong>El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones varía según la comunidad autónoma, pero los tipos oscilan entre el 7% y el 34% del importe transferido</strong>, dependiendo del parentesco entre las partes y de las bonificaciones fiscales locales.</p>
<p>Además de tener que pagar ese impuesto, quien recibe el dinero podría enfrentarse a sanciones por omisión o falsedad en la declaración. <strong>Estas sanciones pueden alcanzar hasta el 150% de la cuota no ingresada</strong>, lo que puede hacer que un préstamo mal gestionado termine costando el doble o el triple de lo que se pretendía prestar.</p>
<!-- BREAK 9 --><h2><strong>Una operación sencilla, pero sensible</strong></h2>
<p>La Agencia Tributaria <strong>cuenta con herramientas para detectar movimientos bancarios sospechosos</strong>. Los cruces automáticos entre entidades financieras y la digitalización de las declaraciones hacen que cualquier transferencia superior a determinados umbrales pueda ser objeto de verificación. Por eso, <strong>prestar dinero, aunque sea un acto entre personas de confianza, debe formalizarse con rigor</strong>.</p>
<!-- BREAK 10 --><p>No se trata de desconfiar de la persona que recibe la ayuda vaya. Sino de protegerse ante una administración que puede interpretar la operación desde otra óptica.</p>
<p>Imágenes | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/photos/landscape-mountains-sky-clouds-man-78058/">Pixabay</a>, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/declaraciones-informativas-otros-impuestos-tasas/impuesto-sobre-transmisiones-patrimoniales-actos-juridicos/itp-ajd-transmisiones-derechos-reales-fianzas/descarga-modelo-600.html">AT</a></p>
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                <title><![CDATA[Historia de "cuasiciencia ficción" con prestamistas y letras de cambio]]></title>
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                <pubDate>Wed, 22 Jul 2009 15:18:58 +0000</pubDate>
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    </p>
    <p></p>
<p><br />
Llevo unos digiriendo <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.rankia.com/blog/subastas-judiciales/2009/07/historial-crediticio-de-infarto.html">un post de Subastas Judiciales</a>. Si no fuera por la seriedad y rigor que caracterizan las entradas de Tristán, diría que es una historia de ciencia ficción. El suceso en un principio es simple, se va a proceder un embargo de un solar por <strong>impago de una letra de cambio con garantía sobre el solar.</strong></p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Lo curioso de la historia proviene del análisis detallado de las cargas anotadas. La hipoteca número 13º que se realizó sobre el solar era por un importe de 334.162 euros en el año 2000. Después de seis años peloteando con las letras de cambio, prestamistas e intereses disparados, la hipoteca que no se paga asciende a 2.140.000 euros en el año 2006. Ver para creer y para meter en la cárcel a los firmantes de las letras por lelos e incautos.<br /></p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p><br />
Muchos particulares no son conscientes de los peligros que conlleva la <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.actibva.com/blog/2009/03/18-el-peligro-de-la-reunificacion-de-deudas-con-letras-de-cambio">reunificación de deudas con letras de cambio y prestamistas</a> de por medio. Este ejemplo, que según se actualiza en el post es uno más de ellos. Parece ser que en este caso particular el edificio en cuestión está afectado por inquilinos con renta antigua, que bloquean cualquier intento de venta o de operación inmobiliaria.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p><strong>El sobreendeudamiento</strong> es un mal que <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.elblogsalmon.com/economia-domestica/yonquis-del-credito-la-droga-del-siglo-xxi">he denunciado varias veces en estas páginas</a>, pero parece ser que seguimos sin ser conscientes que los préstamos, sean los que sean hay que pagarlos, antes o después. Se puede culpar al sistema financiero, al mercado capitalista o a todo lo que se menea, pero <strong>no es de recibo protestar después de hacer una bola de nieve </strong>de semejantes dimensiones y perderlo absolutamente todo.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Mal vamos con la poca cultura financiera que tenemos y no me canso de repertirlo hasta la saciedad. Es más culpable el que compra que el que vende, es decir, más culpable el que pide que el que da, dado que nadie obliga a endeudarse y menos aún a esos extremos. Pocos casos como estos se han visto todavia. Eso si, para el resto, <strong>corred a buscar a reunificadores de deudas con letras de cambio </strong>que de incautos está el mundo lleno.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/hutchike/3257773521/">Kevin Hutchinson</a><br />
En El Blog salmón | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.elblogsalmon.com/economia-domestica/mucho-ojito-con-la-reunificacion-de-la-deuda">Mucho ojito con la reunificación de deuda</a>, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.elblogsalmon.com/empresas/credit-services-vs-ausbanc-y-viceversa">Credit Services vs Ausbanc y viceversa</a></p>
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