Posible revisión negativa de los salarios en el 2009

Tenía este post redactado para ser publicado ayer. Pero mi espíritu navideño me lo impidió. Para que luego vayan hablando de mi. Eso si, hoy día 26 de diciembre, no hay excusas para no tocar algún que otro tema por desagradable que sea. Y creedme que este puede dar lugar a alguna que otra pequeña sorpresa en los primeros días del 2009.

La inmensa mayoría de los trabajadores en España están sujetos a Convenios Colectivos. Un parte fundamental de los mismos es la dedicada a los mecanismos de revisión salarial. La costumbre, en España, es vincular los salarios a la inflación. El procedimiento, que como veremos puede ser objeto de distintos tipos de criticas, es relativamente sencillo. Generalmente la actualización se hace a priori, antes de conocer la inflación del año en curso. En enero, el Convenio estipula una subida a cuenta, en ocasiones fijando un tanto por ciento con una relación muy directa con la inflación prevista por el Gobierno. Al cabo de 12 meses, al siguiente enero, y una vez conocida la inflación real (curiosa forma de llamarla) se realiza la liquidación complementaria. Y aquí llegan las sorpresas.

Generalmente, en los ciclos expansivos, en los que el dato de la inflación corre como un gamo, los Gobiernos se suelen quedar cortos en sus previsiones. También las empresas, que no son tontas, intentan que, de poner un porcentaje no referenciado a la inflación prevista, sea el menor de Habitualmente.

Y es que nos encontramos ante un proceso en que la inflación se esta deshinchando. Estamos dejando de tener fiebre y nos entra la tiritona. La maquina se para. Y los precios no hacen otra cosa más que reflejarlo, amenazando con la temida deflación. El caso es que, nos encontramos con que es más que posible que los objetivos de inflación del Gobierno sean superiores a los datos con los que realmente acabemos el año. Si la inflación prevista era un 2%, rozaremos el larguero por debajo.

Conclusión: en numerosas empresas es posible que haya ajustes salariales negativos, es decir, que la subida a cuenta que han experimentado este año este por encima de lo que debería haber sido. Para saberlo, debemos irnos al Convenio y ver lo que pone. En algunos casos, se afirma expresamente que dicho ajuste negativo no procede, que viva la asimetría. En otros nos dirán que si, que si que procede, pero en vez de descontarlo de golpe de la nómina de enero, lo que harán sera restarlo del incremento previsto para ese nuevo año en curso. Pero ojo, que hay Convenios en los que directamente se dice que se ajusta y se ajusta., y por tanto, la nómina de enero, generalmente superior a una nómina ordinaria será todo lo contrario, en función del optimismo con el que se contempló el 2008. Al trabajador le toca devolver dinero, así de duro.

Evidentemente hay quien reconoce que una cosa es la inflación real, en el sentido de oficial y reconocida por el Gobierno vía IPC, y otra muy distinta la real-real, percibida por nuestros bolsillos. Se siente, la que vale es la primera. Y por supuesto, que habría que preguntarse qué sentido tiene vincular la evolución de la masa salarial a la inflación a piñón fijo, obviando parámetros como los de la productividad, los beneficios, etc. Pero todo eso da para otros posts, y no quiero ser aún más agorero, que a más de uno se le habrá indigestado la post-Navidad.

¿Cuánto os subieron el sueldo a comienzos de año? Haced cuentas.

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