En este campo nos encontramos con delitos contra la Hacienda Pública, uso de información privilegiada, blanqueo de capitales, materias de propiedad intelectual e industrial, insolvencias punibles o tráfico de influencias, sin olvidar tampoco la tipificación como delito del acoso laboral. Las penas que se impondrán serán siempre económicas, además de la hipotética responsabilidad civil que pueda tener la empresa que sea condenada por algún tipo de este delito, hasta el punto, que un delito muy grave puede aparejar la disolución y extinción de las empresas. El otro bloque de modificaciones importantes lo tenemos en el endurecimiento de las penas en delitos en Seguridad Vial, hasta el punto que se contempla la confiscación del vehículo en determinados casos. Por último, se suavizan las penas para narcotraficantes de pequeña escala.
Es prematuro evaluar el nuevo texto legal, dado que abre un nuevo abanico de jurisdicción sobre todo para las empresas. Pero debemos tener presente que este endurecimiento a quién realmente perjudica es al presunto delincuente y no a las organizaciones o personas que cumplen con las leyes vigentes. ¿Qué opináis?
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