España ha cambiado las normas y, a partir del pasado 28 de diciembre, obliga a las empresas a atender por teléfono a los clientes en menos de 3 minutos

Mujer en un call centerc

El calvario de las esperas telefónicas indefinidas y los laberintos de contestadores automáticos que desesperan a millones de usuarios tiene los días contados en el mercado nacional. 

Redacción El Blog Salmón

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Según recogía una información publicada por Mundo Deportivo, el Boletín Oficial del Estado ha certificado la cuenta atrás para la entrada en vigor de la nueva Ley de Servicios de Atención a la Clientela. El nuevo marco regulatorio, largamente debatido en los pasillos parlamentarios, impone un severo correctivo a los departamentos de posventa de las grandes compañías, forzándolas a reestructurar de manera integral sus centros de llamadas para garantizar una respuesta casi inmediata a las demandas del ciudadano. El margen para que el sector privado adapte sus centralitas informáticas expira este mismo año.

La música de espera pasa a mejor vida.

El fin del monopolio de los robots

El cronómetro de los tres minutos. Sostenían los técnicos de Consumo que el núcleo duro de esta reforma radica en establecer una barrera temporal infranqueable para frenar el desinterés de las corporaciones ante las quejas de los usuarios. Desde este pasado 28 de diciembre, las empresas afectadas tendrán la obligación legal de atender al menos el noventa y cinco por ciento de las llamadas de sus clientes en un tiempo máximo de tres minutos. Qué duda cabe, este límite temporal obligará a las grandes multinacionales de telecomunicaciones, banca o energía a realizar contrataciones masivas de personal directo para evitar los cuellos de botella que tradicionalmente dejaban al usuario colgado del auricular durante más de media hora.

El derecho a la voz humana. Otra de las grandes victorias del texto normativo es la prohibición expresa de dejar al consumidor en manos exclusivas de contestadores automáticos o asistentes virtuales cuando este solicite lo contrario. Dicho de otra forma, las plataformas digitales de voz y los “bots” automatizados podrán actuar únicamente como un filtro inicial de clasificación de datos, pero la ley obliga a que una persona física atienda al usuario de manera personalizada en el momento en que este lo demande. El cambio normativo busca devolver la dignidad comercial a un trámite que se había deshumanizado por completo bajo la excusa del ahorro de costes operativos.

La urgencia de los suministros básicos. Ocurre que los plazos de respuesta se vuelven todavía más implacables cuando el problema afecta a servicios esenciales de prestación continuada como la luz, el gas, la telefonía o el abastecimiento de agua. Para este tipo de incidencias críticas, especialmente aquellas que impliquen cortes o suspensión del suministro, las compañías dispondrán de un plazo máximo de dos horas para ofrecer una respuesta formal y proponer una solución al afectado. El blindaje normativo termina de golpe con la impunidad de las distribuidoras ante las averías domésticas que paralizaban hogares enteros durante fines de semana completos sin que nadie diese explicaciones al otro lado de la línea.

El impacto macroeconómico en las plataformas logísticas

La factura de la reestructuración. Para comprender la magnitud real de esta medida hay que analizar el impacto financiero que supondrá para los centros de llamadas distribuidos por toda la geografía estatal. Al revisar los datos macro de contratación, se confirma que el sector logístico y de servicios se enfrenta a severas dificultades debido a las condiciones de vida de los operarios, una falta de atractivo laboral que ahora obligará a las empresas de telemarketing a elevar sustancialmente los salarios y mejorar los turnos si quieren atraer al volumen de personal cualificado necesario para cumplir con el mandato del BOE.

La reducción de los plazos. El texto definitivo también acorta los márgenes temporales para la resolución de cualquier queja o reclamación comercial de forma legal, reduciendo el límite máximo de los treinta días previos a un máximo de quince días hábiles. Plus: este cambio estructural llega en un momento de fuerte debate laboral en España, donde la negociación colectiva intenta reequilibrar los derechos de las plantillas en actividades tradicionalmente precarizadas, recordando los informes macroeconómicos que alertan sobre cómo la brecha y las barreras de entrada siguen siendo abismales en los sectores regulados de la economía nacional.

El severo régimen de multas administrativas

El castigo a la inacción. Si se quiere también, la efectividad de la nueva Ley de Servicios de Atención a la Clientela no se apoyará en la buena voluntad de las marcas, sino en un agresivo cuadro de sanciones económicas diseñado para disuadir la picaresca corporativa. Las empresas que incumplan reiteradamente los tiempos de espera de tres minutos o mantengan los bucles eternos de robots se enfrentarán a multas que parten de los ciento cincuenta euros para las infracciones leves y pueden escalar hasta los cien mil euros en caso de faltas graves o reincidencia sistémica, un castigo que será gestionado por las autoridades de consumo de las respectivas comunidades autónomas.

La transparencia comercial. La normativa también introduce la obligación de asignar un código de identificación específico a cada llamada de consulta o reclamación, permitiendo al usuario realizar un seguimiento a tiempo real del estado de su expediente.

Sentencia. Sea como fuere, el nuevo decreto altera las reglas de juego de la atención comercial en España. El Ejecutivo blinda los derechos básicos del consumidor frente al abuso de las esperas telefónicas, penaliza el uso descontrolado de la inteligencia artificial en la gestión de quejas y deja claro que operar en el mercado nacional exige de forma obligatoria sostener un servicio al cliente rápido, humano y eficiente, impidiendo que las grandes compañías sigan haciendo caja a costa del tiempo y de la paciencia del ciudadano.

Imágenes | Magnific (DC Studio)

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