
Con quince años cotizados sólo se cobra la mitad de la pensión
El artículo 210 de la Ley General de la Seguridad Social lo fija con una precisión que desmonta una de las creencias más extendidas sobre la jubilación
El aviso lo lanza Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social y experto en pensiones, en un vídeo publicado en su canal de YouTube y recogido por elEconomista. "Muchas personas se creen que por el hecho de haber tenido 15 años cotizados ya tienen derecho a toda su pensión y eso no es así", señala el trabajador público, que se dedica precisamente a calcular estas prestaciones en las oficinas de la Seguridad Social.
Para entender el error hay que separar dos elementos que casi nadie distingue. "Para calcular la pensión de jubilación intervienen dos elementos muy distintos", explica Muñoz: por un lado, la base reguladora, que "determina la pensión teórica"; por otro, el porcentaje que se aplica sobre esa base y que depende de los años cotizados. La base reguladora, apunta, es "la cantidad sobre la que posteriormente se calculará nuestra pensión", no lo que se cobra directamente. Esto es, la media de las bases de cotización de los últimos años de la vida laboral, según establezca la ley.
Sobre esa base es donde entra en juego el segundo elemento, el que genera la confusión. Con quince años cotizados, "únicamente se tiene derecho al 50% de la base reguladora", advierte Muñoz. No es una interpretación: el artículo 210 de la Ley General de la Seguridad Social reconoce "por los primeros quince años cotizados, el 50 por ciento". Los quince años son la carencia mínima que da acceso a una pensión contributiva, no el porcentaje íntegro de la misma.
Conviene subrayar una cosa: sin esos quince años cotizados no hay pensión contributiva de ninguna clase, ni siquiera reducida. Y no basta con acumularlos en cualquier momento de la vida laboral. La normativa exige una segunda condición, la llamada carencia 'cualificada': al menos dos de esos años deben estar cotizados dentro de los quince inmediatamente anteriores a la jubilación. Es importante señalar que ambos requisitos se cumplen a la vez, no uno en lugar del otro: quien encadena un tramo final de vida laboral en blanco puede quedarse fuera pese a sumar quince años cotizados hace tiempo.
Cada mes cuenta, y cuenta poco
A partir de ahí, la pensión se construye mes a mes. La escala definitiva del artículo 210 suma un 0,19% de base reguladora por cada mes cotizado hasta el mes 248, y un 0,18% por cada uno de los siguientes, sin rebasar nunca el 100%. Conviene traducir esas décimas a tiempo real: para pasar del 50% al 100% hacen falta otros veintidós años largos de cotización. Sirva un ejemplo para dimensionarlo: sobre una base reguladora de 1.500 euros, esos primeros quince años se traducen en 750 euros de pensión; los otros 750, hasta completarla, cuelgan de más de dos décadas adicionales cotizando. Así que sí: la segunda mitad de la pensión cuesta mucho más esfuerzo que la primera.
El propio Muñoz lo cifra: en 2027 se necesitarán 37 años cotizados para cobrar el 100% de la base reguladora, "la forma coloquial de referirse al 100% de la base reguladora". La fecha no es casual. Es el año en que culmina la aplicación progresiva de la reforma de pensiones de 2011, que desde 2013 ha ido elevando el listón medio año por ejercicio. Quien se jubile este 2026 aún se rige por el requisito de 36 años y medio, con coeficientes de transición ligeramente distintos (0,21% por los primeros 49 meses y 0,19% por los 209 siguientes, según la disposición transitoria novena); el salto definitivo a los 37 años llega en 2027. Hay que remontarse a 2013 para encontrar el punto de partida de esta cuenta atrás que termina el año que viene.
La otra reforma que casi nadie mira
Muñoz se detiene en el porcentaje, la pata más conocida del cálculo. Pero la base reguladora, el otro factor, está viviendo en paralelo su propia reforma, y esta acaba de arrancar. Desde el 1 de enero de 2026, la Seguridad Social calcula la base reguladora con dos fórmulas distintas y aplica de oficio la más favorable para el pensionista. La primera es la de siempre: la suma de las 300 últimas bases de cotización dividida entre 350, esto es, los últimos 25 años. La segunda, introducida por la 'reforma Escrivá' —el Real Decreto-ley 2/2023—, amplía el periodo de cómputo y permite descartar los peores meses.
Ese segundo método se despliega de forma gradual. En 2026 toma las 302 bases más altas dentro de los últimos 304 meses; el periodo irá creciendo hasta que en 2044 se computen 29 años dejando fuera las 24 mensualidades más bajas, esto es, los dos peores años. De esta forma, el trabajador que se jubile en las próximas dos décadas se encontrará con dos reformas solapadas moviéndose a distinta velocidad: la de los años cotizados, que se cierra en 2027, y la de la base reguladora, que no termina de aplicarse hasta 2044.
La escala importa porque afecta a la prestación más numerosa del sistema. La Seguridad Social abonó en junio 10,5 millones de pensiones, de las cuales cerca de 6,5 millones corresponden a jubilación, según los datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. La pensión media de jubilación se situó en 1.572,8 euros mensuales, y la nómina total marcó un nuevo máximo histórico. Cada punto de esa escala del artículo 210, aplicado sobre esas cifras, son decenas de euros al mes durante el resto de la vida.
De ahí que el malentendido de los quince años no sea inocuo. Quien se retira convencido de que ya tiene "toda su pensión" con esa carencia mínima cobra, en realidad, la mitad de una base reguladora que a su vez se calcula sobre un periodo cada vez más largo. Eso sí, la reforma Escrivá corrige al alza, no a la baja: al elegir de oficio la fórmula más ventajosa, puede rescatar a quien tuvo años malos al final de su carrera. El verdadero endurecimiento está en la otra pata, la de los años, que premia como nunca las trayectorias largas y completas.
Imagen: Magnific.
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