Una familia perdió la ayuda de Joven Agricultor por dividir la finca con piedras de colores: el TSJ confirma las “condiciones artificiales”

Una familia perdió la ayuda de Joven Agricultor por dividir la finca con piedras de colores: el TSJ confirma las “condiciones artificiales”

La Justicia considera que la separación entre las parcelas era artificial y que la explotación funcionaba en la práctica como una sola, pese a que figuraba dividida entre tres titulares

Redacción El Blog Salmón

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La Justicia ha cortado en seco el intento de una familia de obtener varias ayudas europeas dividiendo sobre el terreno una explotación que, en la práctica, funcionaba de forma conjunta. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha avalado la retirada de una subvención para la creación de empresas para jóvenes agricultores al confirmar que existían indicios suficientes de una división artificial de la explotación. La sentencia del TSJ de Andalucía, dictada el 18 de diciembre de 2025, desestima el recurso de una de las beneficiarias contra la pérdida del derecho al cobro de la ayuda.

El caso, que roza lo insólito, se apoyó en un truco visual: separar las parcelas con unas sencillas piedras de colores. De esta forma, lo que en la práctica era una única explotación agraria continuada aparecía formalmente dividido entre tres hermanos, que presentaron solicitudes de ayuda independientes. La propia sentencia recoge que los tres compartían una misma base territorial, bienes y medios personales, mientras que las parcelas estaban delimitadas únicamente mediante piedras de diferentes colores. La Administración consideró que esta configuración permitía presentar tres solicitudes de ayuda distintas y que existían indicios suficientes de que la división era artificial. 

Detrás de esta picaresca se esconde lo que en la normativa de la Política Agraria Común (PAC) se conoce como "creación de condiciones artificiales". El Real Decreto 1047/2022, de 27 de diciembre, establece que no deben concederse ayudas a quienes hayan creado artificialmente las condiciones necesarias para obtenerlas, contrariamente a los objetivos de la normativa. La norma contempla además controles administrativos, requerimientos de documentación y comprobaciones sobre el terreno cuando existan indicios de este tipo de prácticas. Conviene recordar que el control sobre estas situaciones forma parte del propio sistema de gestión de las ayudas de la PAC. El FEGA contempla distintos supuestos de riesgo y, para la campaña de 2026, ha identificado 35 casos relacionados con la posible creación de condiciones artificiales. 

Entre ellos se encuentran situaciones vinculadas a la división artificial de explotaciones y a la utilización de estructuras que puedan alterar de forma artificial el acceso o el importe de las ayudas. Los criterios del FEGA para la campaña de 2026 explican que la existencia de un indicador de riesgo no implica automáticamente un fraude, sino que cada expediente debe ser analizado individualmente por la Administración. La normativa también prevé mecanismos de comprobación sobre las parcelas declaradas y permite realizar controles reforzados de la documentación que acredita el derecho de uso de los terrenos. El Real Decreto 1047/2022 establece, además, que las autoridades pueden recurrir a comprobaciones in situ y al uso de nuevas tecnologías cuando existan sospechas de creación de condiciones artificiales. En este caso concreto, las inspecciones realizadas sobre la explotación permitieron constatar que los tres hermanos compartían una misma base territorial y que la separación entre sus parcelas se limitaba a piedras de diferentes colores.

El TSJ de Andalucía concluye que estos elementos, valorados conjuntamente con el resto de circunstancias analizadas por la Administración, justificaban considerar artificial la división de la explotación. Por ello, la Sala desestimó el recurso y confirmó la resolución que había declarado la pérdida del derecho al cobro de la ayuda para la creación de empresas para jóvenes agricultores. La sentencia también impuso las costas a la parte demandante, con un límite máximo de 1.500 euros. 

Imagen | Lucy Meadows (vía Pexels)

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