Hacienda conocerá el consumo eléctrico de todos los suministros a partir del año que viene


Sale publicada en el BOE de hoy la orden que aprueba el nuevo modelo 159 de declaración anual del consumo de energía eléctrica. Este modelo proviene de la aplicación de las medidas antifraude aprobadas el año pasado.

Mediante esnta nueva declaración, que entrará en vigor en el ejercicio 2010, las comercializadoras de electricidad están obligadas a presentar esta declaración anual en el mes de febrero incluyendo los siguientes datos por suministro contratado:

  • Nombre y apellidos o razón social o denominación completa y número de identificación fiscal de los contratantes, y, en su caso, de aquellos a cuyo cargo proceda efectuar el cobro de las correspondientes facturas.
  • Referencia catastral del inmueble y su localización.
  • Potencia nominal contratada y consumo anual en Kilovatios.
  • Ubicación del punto de suministro.
  • Fecha de alta del suministro.

La primera declaración a presentar en febrero de 2011. Existe una moratoria de cinco meses para regularizar situaciones tributarias anómalas y evitar inspecciones no deseadas a partir del ejercicio que viene.

Como vemos, ees curioso que en primer término se incluya antes que el titular del suministro a quién tiene que realizar el pago, con lo cual se quiere localizar alquileres no declarados si o si. A pesar de esta información, sería importante incluir un apartado de fecha de baja de suministro y la posibilidad de localizar suministros que no tengan una referencia catastral definida. Pensemos en cualquier feriante por ejemplo, en donde va realizando distintas contrataciones en cada población y no existe un inmueble físico para localizar la referencia catastral.

Esta medida tiene única y exclusivamente afán recaudatorio, se mire por donde se mire y de paso, comprobar con las comercializadoras las distintas liquidaciones del impuesto de la electricidad, dado que varias veces se ha rumoreado que las pérdidas que se declaraban en la CNE no eran tales según los consumos totales. Respecto a los contribuyentes se pueden detectar a golpe de click:

  • Usos de viviendas y locales que no son de tu propiedad, arrendamientos no declarados.
  • Actividad industrial, comercial o de servicios en locales comerciales, bajos o naves industriales que no cuentan con alta fiscal en Hacienda.

Hacienda debería informar a la vez a todos los contribuyentes de los datos que han declarado terceros, porque se puede dar la paradoja de asignaciones incorrectas de consumos, errores en CIFs y factores que a largo plazo nos pueden generar una inspección tributaria.

Por último, no me parece mala ninguna medida antifraude que se ponga en marcha, dado que ya que yo pago todos mis impuestos, aquí que no se escape ni el gato, pero hay muchas medidas antifraude que no están funcionando por el motivo que sea.

Sin ir más lejos, llevo un par de días preguntándome como una constructora retiró 2,2 millones de euros en efectivo en billetes de 500 y la AEAT no metió mano ipso-facto en este tipo de operación, a pesar de tener constancia de ello.

Vía | Orden EHA/2041/2009 aprobación modelo 159 (BOEPDF)
En El Blog Salmón | Buenas noticias: más inspecciones de Hacienda

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