La Ley de Propiedad Horizontal lo permite: los mayores de 70 años pueden renunciar al cargo de presidente de la comunidad de vecinos

La Ley de Propiedad Horizontal lo permite: los mayores de 70 años pueden renunciar al cargo de presidente de la comunidad de vecinos

Hay veces que no apetece gestionar ascensores, derramas y filtraciones, y más sin cobrar

Redacción El Blog Salmón

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España ronda los 1,4 millones de comunidades de propietarios según estimaciones del Colegio Gestores y Administradores de Fincas de España (CGCAFE), una cifra coherente con las 26,6 millones de viviendas del país (INE, Censo 2021) y con que el 65% de la población vive en pisos, la proporción más alta de la Unión Europea. Todos conocemos a alguien que ha sido presidente: el artículo 13.2 de la Ley de Propiedad Horizontal declara el cargo obligatorio e irrenunciable. ¿Quién querría gestionar ascensores, derramas y filtraciones sin cobrar?

El escape. No existe una edad que exima automáticamente, pero la experiencia judicial dice algo distinto. A partir de los 70 los tribunales admiten el relevo con soltura; desde los 80, las resistencias son poquísimas. El mecanismo es sencillo: un mes desde el nombramiento para solicitar la sustitución y un juez que resuelve en 20 días por la vía de la equidad. Los motivos admitidos son variopintos (enfermedad grave acreditada, dependientes a cargo, residencia en otra ciudad o un horario incompatible), pero la jurisprudencia tiene una preferencia: la edad. "La ley no lo contempla expresamente, pero muchas comunidades lo aceptan como eximente si está recogido en los estatutos", explica Mario Ríos Espinosa, abogado y administrador de fincas en Sevilla, según recoge COPE.

Pero no todos huyen del puesto.

El reverso. El mismo artículo 13 que define el cargo como gratuito abre la puerta a que la junta apruebe una compensación. En 2024, Stephen Hills, un jubilado británico al frente de la urbanización Torre Bermeja en Estepona (Málaga), pasó de cobrar 86.700 euros anuales (según Canal Sur) a subirlo hasta 103.226 euros, según El Mundo: más que los 90.010 euros brutos que percibe el presidente del Gobierno. Lo habitual, no obstante, es más prosaico: tan sólo una bonificación de cuotas o el reembolso de gastos.

Y en una España que envejece a paso vertiginoso, la LPH no para de generar material: desde obras de accesibilidad que la comunidad no puede negar a un mayor de 70, hasta la prohibición de alquilar para uso no residencial sin permiso vecinal o la exención de pagar reformas que no son requeridas. Al fin y al cabo, la propiedad horizontal tiene más aristas de las que caben en un estatuto.

Imagen | Jose Antonio Gallego Vázquez (vía Pexels)

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