Funcionarios de la Seguridad Social coinciden: “es muy difícil que un trabajador llegue a los 67 años en plena capacidad”

Alfonso Munoz Cuenca

La edad legal de jubilación encara su último escalón en España

En 2026 está en 66 años y 10 meses para quienes no alcanzan una cotización suficiente, y en 2027 llegará a los 67 año

Redacción El Blog Salmón

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Una trabajadora de 65 años y medio llama agotada. Quiere saber cuándo puede jubilarse. La respuesta que recibe no es la que esperaba: con 25 años cotizados, todavía le queda esperar.

Según recoge NoticiasTrabajo, el caso lo ha contado Alfonso Muñoz Cuenca, funcionario de la Seguridad Social especializado en pensiones, en su canal de YouTube. Muñoz lo utiliza para abrir un debate más amplio sobre lo que llama desaceleración laboral: cómo adaptar la carga de trabajo cuando una persona se acerca al final de su vida activa.

La cuestión tiene mucho de cálculo legal, pero también de desgaste físico y mental. En 2026, la edad ordinaria de jubilación en España está fijada en 66 años y 10 meses para quienes no acrediten al menos 38 años y 3 meses cotizados. En 2027, el calendario previsto por la Ley 27/2011 sobre actualización del sistema de la Seguridad Social llevará esa edad a los 67 años plenos.

Ese incremento lleva 13 años aplicándose de manera progresiva. Y, según Muñoz, cada vez más voces dudan de que el trabajador medio pueda sostener el ritmo actual hasta esa edad.

Una vida laboral de 25 años que no abre la puerta a la jubilación anticipada

El funcionario arranca su intervención con una llamada concreta. “Hace unos días me llamó una compañera que tenía 65 años y medio y que estaba agotada laboralmente y quería saber cuándo podría jubilarse”, relata.

Al revisar su informe de vida laboral, Muñoz constata que la trabajadora suma 25 años cotizados. El texto original explica que su trayectoria había estado marcada por las irregularidades laborales, la crianza de sus hijos y la dureza de un mercado cada vez más exigente.

Ese recorrido la deja lejos de las vías de salida anticipada. Con 25 años cotizados, no alcanza los 35 años efectivos que exige la jubilación anticipada voluntaria. Tampoco llega a los 33 años de la jubilación anticipada involuntaria del artículo 207 de la Ley General de la Seguridad Social, la modalidad vinculada a despidos por causa objetiva, ERE y concurso de acreedores.

También queda fuera de la jubilación a los 65 años con el 100% de la pensión, reservada a quienes acreditan 38 años y 3 meses cotizados.

“La única opción que le queda es aguantar a duras penas hasta los 66 y 8 meses”, lamenta Muñoz, que registró el caso cuando ese era todavía el umbral vigente. En 2026, ese mismo perfil debe esperar dos meses más, hasta los 66 años y 10 meses.

Sobre el papel, dos meses parecen poco. Para una trabajadora agotada y contando los días para retirarse, pueden ser otra cosa.

La desaceleración laboral como debate pendiente

Muñoz sostiene que se habla poco de quienes tienen que llegar a esas edades “subidos a un andamio” o encadenando guardias en un hospital sin descanso.

El perfil que describe es el de un trabajador quemado física y mentalmente, empujado al límite por un mercado que exige seguir rindiendo hasta edades cada vez más avanzadas. En su opinión, cada vez más expertos coinciden en que es muy difícil sostener el ritmo actual del mercado laboral hasta los 67 años en plenas capacidades.

De ahí su propuesta de abrir el debate de la desaceleración laboral. Es decir, fórmulas que reduzcan progresivamente la carga del trabajador a medida que se aproxima a la jubilación.

La pregunta que lanza va directa al diseño del mercado laboral: “¿Debe tener la misma jornada laboral un joven de 23 años que un trabajador de 65 años de edad?”.

Muñoz plantea también la necesidad de adaptar el mercado a nuevas realidades sociales. Y apunta a una vía ya existente, pero que en su opinión debería ganar peso: la jubilación parcial.

“¿Habría que fomentar y potenciar aún más la jubilación parcial para permitir el relevo generacional?”, concluye el funcionario. Esa modalidad permite al trabajador reducir su jornada antes del retiro definitivo y suscribir un contrato de relevo con otro trabajador desempleado.

Imagen: Alfonso Muñoz Cuenca

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