¿Tu trabajo es peligroso? Podrás jubilarte anticipadamente

Esta semana, el Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto 402/2025, que establece un procedimiento para permitir la jubilación anticipada para actividades peligrosas.

El sistema funcionará mediante la aplicación de coeficientes reductores en la edad de jubilación para actividades laborales de naturaleza penosa, tóxica, peligrosa o insalubre, con elevados índices de morbilidad (altas probabilidades de enfermar relacionadas con la actividad) o mortalidad.

A quién afecta la medida

Esta medida está dirigida a trabajadores por cuenta propia o ajena, incluidos en cualquiera de los regímenes del sistema de la Seguridad Social, que acrediten haber desempeñado, durante un tiempo mínimo, actividades laborales que impliquen un gran esfuerzo físico o psicológico y que no puedan beneficiarse de una mejora de sus condiciones de trabajo.

Según fuentes del Gobierno: “La penosidad incluye elementos como la exposición a ruidos o el uso permanente de fuerza física; la toxicidad se refiere a la exposición a agentes físicos, químicos o biológicos; la peligrosidad contempla las actividades más susceptibles de causar accidentes laborales o una enfermedad profesional, y la insalubridad supone la exposición a un ambiente susceptible de perjudicar a la salud.”

Asimismo, quedarán excluidos aquellos trabajadores cuyas actividades ya tienen reconocida la aplicación de coeficientes reductores o una edad mínima de jubilación establecida por otras normativas, como los trabajadores del mar o los mineros.

Requisitos mínimos

Para poder acceder a esta jubilación anticipada, los trabajadores deberán acreditar que han desempeñado durante un tiempo significativo una actividad considerada penosa, peligrosa, tóxica o insalubre, con un alto impacto físico o psicológico.

El periodo exigido será similar al necesario para acceder a la jubilación ordinaria. Además, la norma fija una edad mínima de 52 años para poder beneficiarse de este adelanto, y establece que la pensión no será compatible con continuar ejerciendo la misma actividad que justifica la jubilación anticipada.

El procedimiento para determinar aquellas profesiones que pueden acogerse se iniciará con una solicitud conjunta de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, o de las asociaciones profesionales en el caso de trabajadores autónomos y empleados públicos.

La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social elaborará un informe estadístico de morbilidad y mortalidad, que será complementado con evaluaciones del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) y por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Estos informes serán analizados por una Comisión de Evaluación, que emitirá un informe sobre la concurrencia de circunstancias objetivas que justifiquen la aplicación de coeficientes reductores.

El informe final de una comisión especializada determinará si procede aplicar coeficientes reductores. Además, cada diez años se revisarán estos criterios para adaptarlos a los avances tecnológicos o mejoras en las condiciones laborales.

El Real Decreto no detalla las profesiones específicas, pero se espera que puedan acogerse trabajadores de sectores como la construcción, transporte de mercancías, personal sanitario, camareras de piso, bomberos forestales y empleados de la industria química, entre otros.

Financiación de la medida

La aplicación de los coeficientes reductores lleva aparejada una cotización adicional a cargo de los trabajadores afectados y sus empleadores, establecida anualmente en los Presupuestos Generales del Estado.

Así, el sistema prevé un recargo en las cotizaciones para cubrir el coste de estas jubilaciones anticipadas, que será compartido entre el trabajador y el empleador, y dependerá del número de años que se anticipe la jubilación.

Por último, la norma también tiene presente posibles revisiones periódicas (cada diez años) de los coeficientes reductores, para evaluar si continúan existiendo las condiciones que justificaron la reducción de la edad de jubilación o si han desaparecido por avances tecnológicos o mejoras en las condiciones laborales.

Este nuevo marco legal puede suponer un avance importante en la justicia del sistema de pensiones, especialmente si se aplica con criterios rigurosos y objetivos. Resta por ver qué profesiones podrán acogerse al sistema y si se traduce en un verdadero alivio para los ciudadanos que han sostenido trabajos especialmente duros durante décadas.

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