
La ley permite ausentarse entre cuatro meses y cinco años, aunque la empresa no está obligada a reservar el mismo puesto y la vuelta queda condicionada a que exista una vacante adecuada
Según la legislación laboral, cualquier trabajador con al menos un año de antigüedad en su empresa puede solicitar una excedencia voluntaria de entre cuatro meses y cinco años sin necesidad de justificar el motivo. Es el artículo 46.2 del Estatuto de los Trabajadores, una norma que lleva décadas vigente. El Estatuto de los Trabajadores establece que, si cumples el requisito de antigüedad, tienes derecho a solicitarla. No hace falta decir que te vas de viaje, que preparas unas oposiciones o que quieres emprender un proyecto personal. El silencio del trabajador es, en este caso, un derecho.
La mecánica tiene matices que conviene conocer antes de pedir la baja temporal. Durante la excedencia, el contrato queda en suspensión: no hay nómina, la empresa no cotiza por ti a la Seguridad Social y el tiempo no computa para la antigüedad. Esto último es relevante: si llevas tres años en la empresa y te vas dos, al volver sigues contando como si tuvieras tres, no cinco. Además, la empresa no tiene obligación de reservarte el puesto exacto. Lo que sí tienes es un derecho preferente de reincorporación cuando se abra una vacante de igual o similar grupo profesional. Traducido: si cuando vuelves no hay una vacante adecuada, mantienes un derecho preferente al reingreso hasta que aparezca una. Si la empresa rechaza de forma inequívoca tu derecho al reingreso, la situación puede ser considerada un despido y, en ese caso, el plazo para reclamar contra el despido es de 20 días hábiles, según la Ley reguladora de la jurisdicción social.
Para solicitarla no existe un plazo legal fijo, aunque el convenio colectivo puede establecer un periodo de preaviso, por lo que conviene consultarlo antes de presentar la solicitud. Si quieres volver a disfrutar de una segunda excedencia, deberás esperar cuatro años desde que terminó la anterior, tal y como establece el artículo 46.2 del Estatuto de los Trabajadores. Un detalle que merece atención: nada impide trabajar en otra empresa durante el periodo de excedencia, siempre que no exista un pacto de no competencia vigente o se incurra en competencia desleal. El propio SEPE contempla expresamente el caso de trabajadores en excedencia voluntaria que trabajan para otra empresa. Es decir: la ley permite trabajar durante esos años, pero el derecho a volver a tu empresa queda condicionado a que exista una vacante adecuada.
El contexto en el que cobra especial relevancia esta norma no es casual. España tiene un mercado laboral dual donde coexisten la temporalidad con la rigidez de ciertos contratos indefinidos. Los datos sobre los trabajadores fijos discontinuos inactivos han alimentado el debate sobre cómo se contabiliza el empleo y el desempleo. En ese ecosistema, la excedencia voluntaria funciona como una válvula de escape para quien quiere probar algo distinto sin romper del todo el cordón umbilical con su empleador. La pregunta es si los trabajadores la usarán realmente o si, como ocurre con otros derechos teóricamente disponibles (las vacaciones no tomadas, las horas extra impagadas), la presión económica terminará disuadiendo a quien más lo necesita.
Porque aquí está la trampa: la excedencia es un derecho solo para quien puede permitirse no cobrar durante meses o años. En un país donde el salario medio fue de 2.385,6 euros brutos mensuales en 2024, según el Instituto Nacional de Estadística, dejar de percibir ingresos durante cuatro meses es un lujo que muchos no pueden darse. El derecho existe, es real y es exigible —pero su utilidad práctica depende en buena medida de la capacidad económica del trabajador. Es la paradoja de muchas conquistas laborales: formalmente universales, materialmente elitistas. La excedencia voluntaria no resuelve el problema de quién no puede permitirse dar un paso al lado porque su sueldo no da para más que sobrevivir mes a mes. Para esos trabajadores, el artículo 46.2 es una puerta abierta que, por falta de suelo financiero, probablemente nunca cruzarán.
Imagen | Oficina moderna. Yan Krukau (vía Pexels)
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