
Cuando se produce un retraso, aunque sea de una sola mensualidad, el empleado puede reclamar las cantidades pendientes.
En función de la antigüedad y de las circunstancias concretas del contrato, la compensación puede alcanzar los 33 días de salario por año trabajado o incluso 45 días.
Cobrar el salario a tiempo no es ni mucho menos un gesto de amabilidad por parte de una empresa. Es su obligación legal.
Sin embargo, los retrasos en el pago de las nóminas son más frecuentes de lo que pensamos, sobre todo cuando algunas compañías atraviesan dificultades económicas o problemas de liquidez.
Pero lo que muchos empleados desconocen es que la legislación laboral española contempla mecanismos para protegerles frente a estas situaciones.
El abogado laboralista Ignacio de la Calzada, conocido en TikTok como Un Tío Legal recuerda que las empresas tienen la obligación de abonar los salarios de forma puntual y que los trabajadores cuentan con herramientas legales para reclamar cuando esto no ocurre.
El retraso en la nómina tiene consecuencias para la empresa
La normativa laboral establece que el salario debe abonarse en la fecha acordada entre empresa y trabajador. Cuando se produce un retraso, aunque sea de una sola mensualidad, el empleado puede reclamar las cantidades pendientes.
Según explica Ignacio de la Calzada, "las empresas, independientemente de los motivos, están obligadas en cualquier circunstancia a pagarte la nómina puntualmente y no es legal deberte nada".
Además, el retraso no solo obliga a abonar la cantidad pendiente. La ley contempla un interés por mora del 10% anual sobre las cantidades adeudadas. Este porcentaje no se aplica íntegramente en cualquier situación, sino que se calcula de forma proporcional al tiempo transcurrido desde que debía haberse efectuado el pago.
El abogado aclara este punto al señalar que "si te deben una nómina, tienen que pagarte un interés del 10% anual, que si te deben cinco días no te van a pagar un 10%, sino que ese 10% tienes que calcularlo en 365 días".
Cuándo los impagos permiten abandonar la empresa con indemnización
Los problemas se vuelven especialmente graves cuando los retrasos dejan de ser puntuales y pasan a convertirse en una práctica habitual.
En estos casos, la legislación ofrece una vía que muchos trabajadores desconocen. Se trata de la posibilidad de solicitar judicialmente la extinción del contrato por incumplimiento grave de la empresa.
Ignacio de la Calzada resume esta posibilidad con una frase contundente: "Te deben tres nóminas, vete con indemnización y al paro".
No obstante, para acceder a esta medida deben cumplirse determinadas circunstancias recogidas por la normativa laboral y respaldadas por la jurisprudencia.
Los dos supuestos que pueden abrir la puerta al autodespido
La primera situación se produce cuando la empresa acumula tres mensualidades completas sin pagar al trabajador.
La segunda aparece cuando existen retrasos continuados en el abono de los salarios durante un periodo prolongado. Por ejemplo, cuando la compañía solía pagar regularmente una fecha concreta de cada mes y comienza a retrasarse de forma sistemática.
Sobre este aspecto, el abogado explica que la posibilidad de acudir a esta vía existe "si tu empresa lleva tres nóminas impagadas enteras o si, por ejemplo, se retrasa en el pago de las nóminas cuando antes te pagaba el día 5, ahora no lo hace y lleva más de seis meses y ese retraso es de más de 15 días".
Cuando se da alguna de estas circunstancias, el trabajador puede iniciar un procedimiento judicial para solicitar la extinción de la relación laboral.
Qué es exactamente el autodespido
Aunque popularmente se conoce como autodespido, jurídicamente se trata de una extinción del contrato promovida por el trabajador debido a un incumplimiento grave del empresario.
No implica una dimisión voluntaria ni una renuncia al puesto de trabajo. Al contrario, es una medida prevista para proteger al empleado cuando la empresa incumple una de sus obligaciones esenciales.
Tal y como explica Ignacio de la Calzada, "se inicia un procedimiento de autodespido. Básicamente es extinción del contrato de trabajo por instancias del trabajador porque la empresa está incumpliendo una de sus obligaciones, en este caso el pago puntual del salario".
Para ello resulta necesario acudir a los tribunales y acreditar adecuadamente la existencia de los impagos o retrasos reiterados.
La indemnización puede ser equivalente a la de un despido improcedente
Una de las principales ventajas de este procedimiento es que el trabajador puede obtener una indemnización similar a la que recibiría si hubiera sido despedido de manera improcedente.
En función de la antigüedad y de las circunstancias concretas del contrato, la compensación puede alcanzar los 33 días de salario por año trabajado o incluso 45 días en determinados periodos anteriores a la reforma laboral.
El abogado laboralista explica que el afectado puede llegar a conseguir "una indemnización por despido improcedente, es decir, 33 días, 45 por año, además de poder irte al paro porque te has ido, pero no es por tu voluntad, es por el incumplimiento de tu empresa".
Imágenes | laboral_tips
Ver todos los comentarios en https://www.elblogsalmon.com
VER 0 Comentario