Recientemente uno de nuestros lectores, Iñaki Rodríguez, nos solicitaba que abordásemos las diferencias entre Planes de Pensiones y EPSVs (aunque más bien la comparativa debiera ser entre Fondos de Pensiones y EPSVs) Y es que las EPSVs son una herramienta de previsión social bastante desconocida más allá de su hábito concreto, que es el del Pais Vasco. Ahora bien, para ser conscientes de dónde están las diferencias habrá que tener claro en primer lugar qué es una EPSV.
Tras clarificar ese punto atacaremos uno de los problemas habituales a la hora de hablar de EPSVs, y es que se confundan las diferencias entre EPSVs y Fondos de Pensiones (u otras modalidades de prevision social, individual o empresarial) con el diferente tratamiento fiscal de la previsión social según la normativa de la Hacienda concreta que nos toque, la central o las forales.
Por último hablaremos del presente y futuro de las EPSVs, para ser conscientes de su importancia a día de hoy y de lo que pueden ser o no ser el día de mañana, y como siempre, tenemos los comentarios para profundizar en el tema
EPSV es el acrónimo correspondiente a Entidad de Previsión Social Voluntaria. ¿Y exactamente qué es? Pues atendiendo a la definición del Gobierno Vasco:
Entidad privada sin ánimo de lucro, de carácter voluntario y social, que en el ámbito del País Vasco tiene como finalidad la previsión social complementaria de la Seguridad Social obligatoria. Las contingencias que cubre son variadas siendo las más comunes: jubilación, invalidez, desempleo, salud, decesos, incendios, etc. Esta figura de la previsión social complementaria en el País Vasco se corresponde con la figura internacional de los Fondos de pensiones.
Primera conclusión que extraemos: las EPSVs vienen a ser los Planes de Pensiones propios del País Vasco, y su regulación y supervisión corresponde a la Comunidad Autónoma del País Vasco. Existe toda una serie de normativa legal y reglamentaria, del Parlamento y del Gobierno Vasco que regula las EPSVs desde el punto de vista de su constitución, funcionamiento, liquidez, etc.
En esencia, su modo de funcionamiento es muy similar al de los Planes de Pensiones que, insertados en Fondos, todos conocemos en el resto de España. Su finalidad es en la mayoría de los casos se corresponde a cubrir la contingencia de jubilación, invalidez o muerte, con sistemas de cuota y aportaciones similares, también suelen ser promovidas por entidades bancarias (la ausencia de ánimo de lucro es de la EPSV, no de la gestora que maneja los planes y que pertenece al grupo financiero, etc). Conclusión:la mayoría de la gente no distinguiría externamente un Plan de Previsión de una EPSV de un Plan de Pensiones, pero hay diferencias:
Aqui conviene recordar que si la competencia de las EPSVs es del Gobierno Vasco, la de su tratamiento fiscal corresponde a las Diputaciones Forales, donde cada una tiene su propia normativa, si bien hasta ahora se han coordinado y es común.
Aquí viene una de las grandes confusiones: frente a la opinión generalizada, no existe un tratamiento fiscal diferente para los participes de Panes de Pensiones frente a los socios de EPSVs. El tratamiento fiscal en el País Vasco es el mismo, tengas Plan de Pensiones o EPSV, ya que lo se regula es la previsión social, con independencia de que sea a través de una Plan de Pensiones, de una EPSV de un PPA, de una Mutualidad, etc. Lo que es diferente es el tratamiento fiscal que se da a los residentes fiscales en el País Vasco frente al que tienen los residentes en el resto de España. Pensemos en Navarra, donde no hay EPSVs y los Planes de Pensiones también tienen un tratamiento fiscal diferente al general.
Dicha igualdad de trato fiscal explica, o es uno de los factores que lo hace que, ante el carácter más liquido, más disponible, de las EPSVs, estas hayan barrido del mercado a los Planes, que cuentan con una cuota minoritaria.
No es objeto de este post hacer un análisis del tratamiento fiscal en el País Vasco (que es similar pero con algun matiz al general), pero si conviene recordar algo. Una vez que uno cambia su residencia fiscal y pasa a presentar su declaración del IRPF en Territorio Común, ante la AEAT, no se puede desgravar las cuotas que ha aportado a la EPSV, ya que esta es para residentes fiscales en el País Vasco. La única excepción que está siendo admitida es la de aquellos socios de EPSVs de empleo.
Sin duda las EPSVs tienen muchos aspectos que mejorar (transparencia, competitividad, controles, fiscalidad en los rescates, coordinación fiscal en los supuestos de cambios de residencia, etc), pero su éxito parece difícil de negar. Estamos hablando de un patrimonio que a finales del 2010 se situaba allá por los 19.000 millones de euros, o lo que es lo mismo más de un 28% del PIB vasco, cuando el resto de España no alcanzaba el 9%. Le queda margen hasta cifras del 50% o del 60% como en los países más avanzados, pero sin duda es esperanzador, así como que se repartan al 50% entre las modalidades de empleo e individual.
Pero siempre hay quien no está contento, especialmente con el trato fiscal que se da a los socios de EPSVs, y actualmente hay un movimiento en contra del mismo liderado por PSOE y Bildu, frente a la oposición de PP y PNV, que plantea un claro supuesto de descoordinación entre las tres Diputaciones. Esta amenaza no es tan sólo a las EPSVs, lo es a todo el marco fiscal vasco de la previsión social complementaria, pero en la medida en que las EPSVs son la cabeza visible del mismo supone una riesgo cierto para el futuro de las EPSVs. Pero hay algo que es peor y es su descalificación, con ataques como el del Lehendakari Patxi López acusándolas de ser una de las exenciones con mayor fraude y que favorece a los más pudientes. Pero eso puede ser objeto de otro post, asi como el análisis del proyecto de Ley que ha presentado el Gobierno Vasco(si os interesa, claro).
Más información | Gobierno Vasco, Federación de EPSVs, El Blog de Echevarri
En El Blog Salmón | ¿Qué es un plan de pensiones?, ¿Más liquidez en los Planes de Pensiones?