
A raíz de la publicación de los papeles de Bárcenas en El País, pudimos saber que el actual presidente del Senado formalizó un préstamo con el Partido Popular, préstamo sin intereses y que se devolvió en una serie de cuotas anuales. La contabilidad que publicó ABC hace unos días, quería demostrar que este préstamo está reflejado en la contabilidad oficial y que es todo perfectamente legal.
En Rankia, han analizado los movimientos contables y la verdad, la contabilidad es realmente dudosa (por no decir prefabricada para el caso). Aún así, allí en Rankia pasan por alto un fleco muy importante que el Sr. García Escudero y Javier Arenas deben aclarar inmediatamente para que los españoles nos creamos que dicho préstamo existió y no ha sido un invento de última hora con una buena manipulación contable en la cocina. Los papeles que yo quiero ver son la liquidación de Impuesto de Transmisiones Patrimoniales del contrato de préstamo. Si no me enseñan esta documentación, que debe estar depositada desde la formalización del préstamo en la Hacienda de la Comunidad de Madrid, daré el préstamo por bueno, si no lo está, el préstamo es irregular cuanto menos y más que dudoso que exista.
Y dado que está sujeto, el contrato de préstamo tiene que liquidar el impuesto, marcando la exención que fija la ley. Esta liquidación se realiza en la Hacienda Autonómica y requiere depositar una copia del contrato de préstamo en dicha Hacienda junto con la declaración tributaria al efecto. Para el caso que estamos hablando, en Madrid en el año de la firma y acompañado del modelo 600. La pregunta es sencilla ¿pueden aportar copia del modelo de liquidación del préstamo ante la Comunidad de Madrid? Si la respuesta es positiva, perfecto; pero si es negativa, el préstamo no se adapta a la normativa tributaria y ya no está todo tan legal como nos quieren hacer ver desde las filas del Partido Popular.
A efectos tributarios, si el préstamo no ha sido registrado y no ha liquidado ITP exento, el Sr. García Escudero tuvo un incremento patrimonial en el año que recibió los 5 millones de pesetas por parte del Partido Popular y aquí, lo que mandan son los papeles. Ese incremento patrimonial es una donación y por tanto, el Sr. García Escudero no tributó por ella, dado que según las partes era un préstamo (aunque no lo es si se incumplen los requisitos formales de registro).
Por su parte, el PP, en la recepción de las cuotas en los años sucesivos, tendría donaciones, no devolución del préstamo concedido. Aquí, algo no huele bien desde el principio y no me creo que el Sr. Arenas, persona que le concedió el préstamo dentro del PP y el Sr. García Escudero, no supieran los requisitos formales de los préstamos y su liquidación exenta del ITP. La duda como siempre, planea sobre todas las afirmaciones que se hacen en el caso de los papeles de Bárcenas.
En El Blog Salmón | Sr. Rajoy ¿conoce el refrán de la mujer del César?, Corrupción política provoca el retorno de los miedos sistémicos y el euro vuelve a estar en peligro
Imagen | PP-Loaiza