Aumentan los límites mínimos a embargar por deudas hipotecarias como medida de ayuda a los hipotecados

Aumentan los límites mínimos a embargar por deudas hipotecarias como medida de ayuda a los hipotecados
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Zapatero acaba de anunciar la primera medida de protección a los hipotecados que no pueden pagar sus deudas. Esta medida consiste en aumentar los mínimos embargables de salarios por las ejecuciones hipotecarias hasta los 961 euros y ampliable hasta los 1350 euros para hipotecados embargados con cargas familiares.

Esta modificación de debe articular mediante la modificación del Art 607 de la LEC y ya de paso, contemplar la ampliación y la casuística del embargo por deuda hipotecaria de la vivienda habitual que se contempló en el Art 15 del RDL 6/2010 que subía el mínimo embargable en un 10%. Esta medida, de entrada, no sirve para ayudar a nadie y sólo prolonga la agonía del deudor eterno de la entidad financiera. La condena para la insolvencia eterna para el deudor está servida. Veamos porqué.

Actualmente, las ejecuciones de deudas generan intereses, concretamente los intereses legales que se establecen todos los años en los presupuestos generales del Estado. Cuando estamos pagando una deuda mediante embargos, los pagos se llevan al capital total que debamos y la deuda pendiente sigue generando intereses. Por tanto, se puede dar la casuística que los pagos que hagamos anualmente sean inferiores a los intereses que genera el capital pendiente. ¿Adónde nos lleva esto? Obviamente, a la deuda eterna con el acreedor, en nuestro caso, la entidad financiera que hipoteca.

En segundo lugar, aunque pensemos que las ejecuciones prescriben, este extremo no es cierto si se solicita antes de la prescripción la nueva ejecución. ¿Qué ocurre por tanto con este límite de embargo? Que el deudor embargado va a evitar por todos los medios tener ingresos superiores a los límites decretados.

Este deudor, va a preferir mantener una deuda eterna que no la pagará y cobrar 1.000 euros sin que lo embarguen, a comenzar a trabajar cobrando por ejemplo 1.500 euros, para tener que pagar en torno a 300 todos los meses para abonar el embargo. En esta tesitura, el beneficio marginal de cambiar de trabajo o mejorar los ingresos es nulo, dado que los aumentos de salario van directos a pagar una deuda que se ha convertido en perpetua.

¿Es esto una medida que favorece a los hipotecados que no pueden pagar? Yo creo que no, puesto que este deudor, lo acabamos de convertir en moroso profesional y le estamos incentivando para que no pague nunca la deuda y tampoco mejore sustancialmente su situación económica y patrimonial en el futuro. Esperemos a ver los términos concretos del anuncio, pero por ahora, esta medida no es buena.

En El Blog Salmón | Zapatero anuncia medidas para los embargados por impago en las hipotecas, ¿Las deudas prescriben?
Imagen | Daquella Manera

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