
Zapatero acaba de anunciar la primera medida de protección a los hipotecados que no pueden pagar sus deudas. Esta medida consiste en aumentar los mínimos embargables de salarios por las ejecuciones hipotecarias hasta los 961 euros y ampliable hasta los 1350 euros para hipotecados embargados con cargas familiares.
Esta modificación de debe articular mediante la modificación del Art 607 de la LEC y ya de paso, contemplar la ampliación y la casuística del embargo por deuda hipotecaria de la vivienda habitual que se contempló en el Art 15 del RDL 6/2010 que subía el mínimo embargable en un 10%. Esta medida, de entrada, no sirve para ayudar a nadie y sólo prolonga la agonía del deudor eterno de la entidad financiera. La condena para la insolvencia eterna para el deudor está servida. Veamos porqué.
Actualmente, las ejecuciones de deudas generan intereses, concretamente los intereses legales que se establecen todos los años en los presupuestos generales del Estado. Cuando estamos pagando una deuda mediante embargos, los pagos se llevan al capital total que debamos y la deuda pendiente sigue generando intereses. Por tanto, se puede dar la casuística que los pagos que hagamos anualmente sean inferiores a los intereses que genera el capital pendiente. ¿Adónde nos lleva esto? Obviamente, a la deuda eterna con el acreedor, en nuestro caso, la entidad financiera que hipoteca.
En segundo lugar, aunque pensemos que las ejecuciones prescriben, este extremo no es cierto si se solicita antes de la prescripción la nueva ejecución. ¿Qué ocurre por tanto con este límite de embargo? Que el deudor embargado va a evitar por todos los medios tener ingresos superiores a los límites decretados.
Este deudor, va a preferir mantener una deuda eterna que no la pagará y cobrar 1.000 euros sin que lo embarguen, a comenzar a trabajar cobrando por ejemplo 1.500 euros, para tener que pagar en torno a 300 todos los meses para abonar el embargo. En esta tesitura, el beneficio marginal de cambiar de trabajo o mejorar los ingresos es nulo, dado que los aumentos de salario van directos a pagar una deuda que se ha convertido en perpetua.
¿Es esto una medida que favorece a los hipotecados que no pueden pagar? Yo creo que no, puesto que este deudor, lo acabamos de convertir en moroso profesional y le estamos incentivando para que no pague nunca la deuda y tampoco mejore sustancialmente su situación económica y patrimonial en el futuro. Esperemos a ver los términos concretos del anuncio, pero por ahora, esta medida no es buena.
En El Blog Salmón | Zapatero anuncia medidas para los embargados por impago en las hipotecas, ¿Las deudas prescriben?
Imagen | Daquella Manera
Comentarios
interesante
La medida como tal, no resolverá de golpe el problema de vivienda que tenemos actualmente en España.
Pero yo creo que la medida será positiva, y comento por qué.
En las condiciones actuales, te embargaban igualmente gran parte de la nómina. Si esta medida viene a cambiar este mínimo embargable, el deudor seguirá en su situación de moroso de por vida (que eso no ha cambiado, y no hay quien se lo quite), pero además, tendrá la seguridad de que podrá vivir con un sueldo digno que el banco no le podrá tocar.
Hay muchísima gente que, embargada o no, jamás cobrará un sueldo superior a esos 1.350 euros. Pero en caso de perder la casa y arrastrar esa deuda hasta el final, al menos tendrá la seguridad de que algo digno le quedará para vivir.
La insolvencia eterna es una realidad que sólo cambiará con una reforma de profundo calado. Pero si esto se lleva a cabo ahora, más de un banco o Caja echará el cierre por una oleada de impagos de hipotecas y es algo que nuestro sistema financiero no puede asumir a día de hoy. Quizás en un futuro.
Los bancos pueden verse echando el cierre por una oleada de impagos... según lo que tenga de retroactiva la ley.
Además, los bancos diseñan su modelo de negocio para no perder nunca;
Para un banco, la dación de pago o el mínimo embargable no representa más que un cambio en las condiciones del juego y adaptará sus productos en base a ellas para no perder.
Si una hipoteca se cancela devolviendo las llaves, entonces las tasaciones se harán siempre a la baja y el banco prestará menos dinero para minimizar el riesgo.
Si el mínimo embargable de una nómina se situa en 1350€, entonces el banco exigirá al cliente un seguro por desempleo que cubra esos 1350.
Todos estos parches, que no son más que populismo puro y duro descerebrado, se hacen sin medir las consecuencias. Lo único que van a conseguir es endurecer las condiciones de crédito hasta el infinito y alimentar todavía más esa enorme bolsa de gente sin posibilidad de accceder a una vivienda en el corto y medio plazo.
Me parece una argumentación poco rigurosa afirmar que incrementar el límite mínimo de embargo va a perjudicar al embargado. Siendo que ese mínimo, el propio embargado lo pude utilizar para devolver la deuda si así lo desea, en ningún momento le puede perjudicar.
A esa medida yo le añadiría la prohibición de retasar el bien inmueble por parte del banco para reducir la cantidad por la que se va a quedar el inmueble embargado. Así se eliminarían uno de los incentivos perversos que tanto daño han hecho durante estos años, que es la sobre-tasación durante la concesión de la hipoteca.
¡Cómo sois los economistas! No has tenido en cuenta el moroso, para pagar, tiene que vivir. Y necesita pagar un alquilero, comida y esas cosas. Con menos de esos 961-1350 € es imposible hacerlo, a no ser con la ayuda de familiares o instituciones caritativas. En la situación anterior la deuda quizá no fuera eterna, pero el deudor quedaba reducido a la condición de pordiosero durante muchos años.
Por otra parte, lo que deberían cambiar es la parte más injusta de la ley hipotecaria: hoy en día, si nadie se queda el piso en la subasta por al menos el valor de tasación en escritura, el banco se lo queda por un teórico 50 % de ese valor, y el resto lo sigue adeudando el moroso. Esto ocurre siempre, porque las viviendas están sobrevaloradas y las subastas judiciales se celebran prácticamente en secreto.
La medida más efectiva sería aumentar la valoración en caso de no subasta al 70 % como mínimo. Así, la mayoría de los embargados se quedarían sin deuda o con una deuda mínima. Y si no le gusta al banco, haber tasado mejor en su momento.
Me parece altamente acertado este análisis. En consideración conque hasta AHORA no devolvieron la deuda está claro que no la devolverán, de hecho, no estoy de acuerdo con los dos comentarios anteriores (alnair y charlie). El banco seguirá siendo solvente en la medida de que no sabemos cómo volverá a especular con el bien. Esta bocanada de aire fresco solo retrasa un inflamiento de una crisis que ha aparecido tras la crisis: el problema de los embargos; y esta medida está inflando el problema con nuevos intereses.
El principal problema es que todos sabemos que los que maniobraban el dinero eran los banqueros, los que aconsejaban entrar en la hipoteca y debían asumir el riesgo eran los propios banqueros: siendo yo informático, si recomiendo formatear un disco duro, puede que la responsabilidad recaiga sobre el usuario por hacerme caso, pero quien maniobraba los motivos profesionales era yo; por tanto, cualquier medida que no señale con el dedo a los auténticos estafadores no será más que un encubrimiento y provocará especulaciones que aquí sólo los expertos podrán imaginarse y siempre a posteriori del nuevo crimen con el que nos agredan.
El gran problema de esta medida es la inflación. Que importa que ahora el límite esté en 600€ o 900€. La inflación, si se dispara en los próximos años como es previsible por diversos factores y entre ellos no está la especulación (que es a c/p) volverá otra vez a dejar en insuficiente estas cantidades estimadas a precios corrientes. Dentro de 5 años con una inflación media de sólo el 3% anual bien puede dejar esos más o menos 900€ otra vez en unos 835€ a precios de hoy (sin indexar la inflación correctamente). Una perdida de poder adquisitivo del 15%, esto contando solo los productos del IPC, nada se ha dicho de los precios de compra/alquiler de la vivienda, que nos sabemos como evolucionarán. Es una medida en verdad de cara a la galería que a c/p permitirá dar un respiro a las economías familiares más acuciadas por las ejecuciones hipotecarias pero que en un futuro no servirá de nada en un más que previsible entorno de inflación creciente.
Hay que articular otras medidas, tales como la renegociación de condiciones (tiempo, tipos de interes, quitas de deudas, etc) para estas economías familiares con ingresos mermados. Humanizar el proceso y obligar por ley, o hacerlo aconsejable, que entidad e hipotecado lleguen a un acuerdo antes de llegar a los tribunales para la ejecución hipotecaria.
Un saludo.
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