
Dos cargos de confianza del ayuntamiento de Alhaurín de la Torre (nombrados por PP y PSOE respectivamente) han sido cesados de su puesto por el juzgado contencioso administrativo nº5 de Málaga y tendrán que devolver las nóminas que han percibido desde julio del 2007, mes en el que entraron como administrativos coordinadores de los dos grupos políticos, a razón de 950 euros mensuales cada uno de los funcionarios.
Esta sentencia es la primera que condena a dos cargos de confianza a esta devolución salarial y aunque la sentencia sostiene que ley reconoce a los grupos políticos de disponer de suficientes medios materiales y personales, estos medios no incluyen los nombramientos de personal de confianza al servicio del partido.
Tal y como comenta José Cosín, es práctica habitual de los partidos políticos locales y autónomicos, fundamentalmente pagar favores electorales mediante estos nombramientos a dedo, cubriendo en simultáneo el control de la administración pública en beneficio propio del partido y de los cargos electos.
Es imposible predecir cuántos cargos de estas características estarán cobrando indebidamente a cargo del erario público, pero podemos aventurar que serán muchos. Y dado que son tantos, la Fiscalia podía tomar nota y hacer una limpieza integral en ayuntamientos, diputaciones y CCAA para que todos los nombramientos a dedo que se han llevado a cabo durante los últimos cinco años, abandonen sus puestos y devuelvan hasta el último céntimo que han cobrado por un puesto de trabajo que nunca deberían haber tenido en esas circunstancias.
Bastaría con comenzar a denunciar situaciones de este tipo y esperar a que la jurisprudencia se consolidara en este sentido para que partidos políticos y enchufados sean conscientes que los ayuntamientos no son sus cortijos particulares y que el dinero público hay que tocarlos siempre con las manos limpias y los bolsillos de cristal.
Más Información | El Pais
En El Blog Salmón | Los ayuntamientos necesitan un plan de control del gasto público, Menos funcionarios para tener austeridad
Imagen | Ivan Cabrera
Comentarios
interesante
QUE LE SUBAN EL SUELDO A ESE JUEZ!!
Los ayuntamientos son la instituación democrática española más corrupta, y con diferencia.
Opino que muchas de sus funciones económicas deberían ser realizadas por funcionarios expertos (el Secretario de Ayuntamiento no es suficiente) y no por políticos "de pueblo" que sólo piensan en chupar del bote y en colocar a "su gente".
Por eso se me quedo traspuesto cuando oigo que los ayuntamientos piden más financiación (más dinero vaya). Luego pasa lo que pasa, como se puede leer en el post.
Muchas reglas deberían cambiar ya.
8 Comentario moderado
33Lo leo y no lo creo... es una broma ¿verdad? La versión española del April Fool.
Muy bien hecho que es eso de pagar favores los partidos politicos... esta claro que los politicos son un cancer en este pais (al menos) Ni cumplen con su labor y encima no hacen nada más que chupar del bote...
Si en españa , se despidiera , a todos los cargos nombrado a dedo en ayuntamientos, comunidades autonomas, diputaciones etc y que ni siquiera estan preparados para ese puesto , tendriamos otro millon de parados mas
No hay mas que ver la cantidad de "consejeros" que acompañan a cada alto cargo en la administración, "consejeros" que está legalmente permitido que sean familiares y asignados a dedo (es decir, el enchufe, no sólo es práctica habitual, sino legal) Luego está que esos "consejeros" hagan algo que no sea cobrar sustanciosos sueldos, mayores en muchos casos que los de los tan denostados funcionarios, que al menos se han ganado el puesto en unas duras oposiciones.
Como alguien dijo por aquí hace un tiempo... se llaman "hay-untamientos"
Me temo que la noticia se ha malinterpretado:
Lo que dice la sentencia es que los grupos políticos municipales no tienen derecho a nombrar y tener cargos de confianza, pero la sentencia no se mete para nada con la figura del cargo de confianza en sí, que es perfectamente legal:
Artículo 104 de la ley 7/85 de bases de régimen local:
1. El número, características y retribuciones del personal eventual será determinado por el Pleno de cada Corporación, al comienzo de su mandato. Estas determinaciones solo podrán modificarse con motivo de la aprobación de los Presupuestos anuales.
2. El nombramiento y cese de estos funcionarios es libre y corresponde al Alcalde o al Presidente de la entidad local correspondiente. Cesan automáticamente en todo caso cuando se produzca el cese o expire el mandato de la autoridad a la que presten su función de confianza o asesoramiento.
3. Los nombramientos de funcionarios de empleo, el régimen de sus retribuciones y su dedicación se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y, en su caso, en el propio de la Corporación.
Como se ve, hay carta blanca para la contratación y nombramiento de este tipo de personal, con lo cual da ocasiones a todo tipo de abusos.
Así que los que piensen que con esta sentencia, que sólo se mete con un aspecto meramente formal, quien es el competente para nombrar este personal y para quien trabaja formalmente, que este tipo de personal tiene los días contados... lo siento, la realidad es bien distinta.
Para cambiar la situación sería necesario una modificación legislativa, que por supuesto nuestros políticos no tienen intención de acometer...
-- editado por última vez a las 17:33
A ver si me aclaro, por lo que leo, es el pleno quien tiene la facultad de contratar a ese personal, y no los grupos políticos de manera autónoma. Es decir en un pequeño ayuntamiento con sólo dos grupos PP y Psoe (por simplificar el ejemplo), en un pleno pueden decidir contratar un funcionario de confianza para cada grupo, pero lo que no pueden hacer es ir cada grupo y contratar a su antojo y cuando les venga en gana a un funcionario de confianza de esos. Es decir, se puede enchufar a quien se quiera, pero primero lo decidimos todos juntos en un pleno.
-- editado por última vez a las 17:42
11 Comentario moderado
33Mismamente.
Se trata sólo de una cuestión de matiz. Lo que dice el juez es que el personal de confianza es para dar apoyo a los órganos del ayuntamiento, pero los grupos municipales no tienen ese carácter.
Solución? No pasa nada, el Pleno decide que habrá x cargos de confianza para cosas varias, después el nombre concreto se decide por consenso y el Alcalde nombra a los "elegidos", y aquí paz, y después gloria.
De todas formas, la sentencia no es firme, así que no extrañaría que el Tribunal Superior de Justicia pudiese anularla tras el recurso de apelación que con seguridad interpondrán los interesados y supongo el ayuntamiento.
El problema sangrante no es que un Alcalde o un concejal no pueda tener un secretario de confianza que le lleve la agenda y todo eso. Si ese fuera el problema, podríamos darnos con un canto en los dientes.
El problema es que al amparo de la ley muchos políticos crean auténticas superestructuras de personal de confianza por encima de la ordinaria de los funcionarios, que pagamos todos los ciudadanos. Personal que muchas veces no se sabe muy bien lo que hace, pero es gente del partido, sin oficio ni beneficio, que los pobres, de algo tienen que vivir y después están los que se catalogan de "asesores expertos", que emiten el informe a medida que permite al político justificar la cafrada cuando el funcionario le informa que lo que va a hacer es una animalada.
Es una situación vergonzosa que requiere una regulación legal que limite claramente las funciones y el número de este tipo de personal.
Pero antes me parece que veré las vacas volar...
-- editado por última vez a las 19:38
Me vais a permitir ser un poco abogado del diablo,aunque primero añado más leña al fuego: La competencia de nombrar cargos de confianza le corresponde en el ámbito local al Alcalde y no al pleno, por tanto aquí no existe consenso entre los grupos políticos sobre la valía del candidato, sino que yo, cargo electo, por el artículo 33 nombro a quien me parezca. Ahora no recuerdo bien, pero entiendo que es una de las competencias que no se pueden delegar en los concejales delegados (concejales delegados = concejales de la corporación, elegidos por el alcalde, es decir, de su mismo partido político).
Ahora me pongo ya del otro lado. No sé si es en la ley de bases de régimen local o en la de medidas urgentes para la reforma de la función pública donde se limita el volumen de personal eventual (cargos de confianza)a un porcentaje sobre el resto de la plantilla (funcionarios de carrera y laborales); pero en cualquier caso, esas megaestructuras de cargos de confianza por encima del cuerpo de funcionarios que alguien comentaba no son, ni tan habituales, ni tan posibles, aplican bastantes límites. Y en cuanto a la capacidad de este tipo de perfiles, no seré yo el que defienda lo que a todas voces es un mamoneo: "el amigo de...", "el primo de tal...", etc. pero lo que me parece incuestionable es la potencial valía de este tipo de perfiles; muchas veces provenientes del sector privado y con el culo pelado de proyectos complicados en diversas materias (intervención, tesorería, urbanismo, recursos humanos, etc.) que ni por asomo pueden afrontar ni los cargos electos (en el mejor de los casos, abogados que conocen un poco de todo), ni habilitados nacionales (por lo general: Secretario, Interventor y Tesorero, muy especializados en temas concretos), y ni que decir de los funcionarios de carrera, que por sacar una oposición se creen los más capacitados y únicos con derecho a decir o hacer algo en el ayuntamiento porque aprobaron un examen (que me río yo de los temarios / no me malinterpretéis: considero las oposiciones algo durísimo y para lo que hace falta una gran fuerza de voluntad, pero la preparación con la que un funcionario de carrera llega a su puesto difícilmente se consigue con el temario que ha preparado).
En definitiva, los puestos de confianza están considerados para cubrir las carencias del sistema de cobertura de las plazas de la Administración: un concurso de oposición tienes sus límites, y uno de ellos es que para determinados roles no me vale con que te sepas el tema 6 sino que traigas contigo 15 años de experiencia en controlling financiero, por ejemplo.
-- editado por última vez a las 08:18
Con todos los respetos, creo que estás en un error:
1º) Que yo sepa, no existe ninguna norma a nivel estatal que limite el número de personal de confianza que puede haber en una administración, y si es así, agradecería que aportaras el artículo o disposición concreta tal como yo he hecho. La única regulación básica a nivel estatal es el citado artículo en la ley de bases de régimen local y el artículo 12 del estatuto básico del empleado público, que viene a decir básicamente lo mismo y respecto al número concreta lo siguiente:
2. Las Leyes de Función Pública que se dicten en desarrollo de este Estatuto determinarán los órganos de gobierno de las Administraciones Públicas que podrán disponer de este tipo de personal. El número máximo se establecerá por los respectivos órganos de gobierno. Este número y las condiciones retributivas serán públicas.
Como puedes ver, y salvo que la legislación de cada Comunidad Autónoma lo limite de alguna manera, cada órgano y por definición ayuntamiento puede hacer lo que le venga en gana, lo cual a mí personalmente me parece inaceptable.
2º) Caes en un error de concepto al confundir al personal de confianza con el personal directivo, que es cosa muy distinta:
- El personal de confianza, que es al que se refiere la noticia se puede nombrar y cesar libremente y su labor se circunscribe a: Funciones de confianza (léase llevar la agenda del alcalde, etc.). Funciones de asesoramiento especial. Lo que llamo los "expertos", pero que no pueden sustituir la función del funcionario profesional
-El personal directivo, teóricamente está destinado según la ley a: (artículo 13.1 estatuto básico empleado público)
Es personal directivo el que desarrolla funciones directivas profesionales en las Administraciones Públicas, definidas como tales en las normas específicas de cada Administración.
Pero estos no se nombran "a dedo", (al menos en teoría, porque sobre el tema hay mucho que hablar) sino que,
Su designación atenderá a principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad, y se llevará a cabo mediante procedimientos que garanticen la publicidad y concurrencia.
Así que como ves el tema del personal de confianza no tiene que ver con el conocimiento profesional especializado que tú pones como ejemplo, aunque insisto, si algún día sale una noticia sobre el tema, podría dar algunos ejemplos de las capacidades profesionales y sobre todo la forma de elección de los "directivos profesionales".
16 Comentario moderado
10Dónde están esos que tanto denostan a las oposiciones (entiendo que las nacionales, las otras ni las considero como tales) porque crean puestos fijos que estarían mejor atendidos por cargos elegidos por sus supuestos valores, competencia y méritos?...pues trabajando en los ayuntamientos y comunidades autónomas de asesores, supongo.
Por cierto, para qué hace falta un encargado de negocios con África para el gobierno de Extremadura. Es que tántos chorizos importan a Somalia y otros paises musulmanes?.
17 Comentario moderado
10"La burocracia se expande para satisfacer las necesidades de una burocracia en expansión."
; )
19 Comentario moderado
10Buenooooo, eso no es nuevo, los políticos en este país se aprovechan de esas prácticas, es más, creo que vivimos una dictadura bipartidista, de cara a la galería se tiran los trastos a la cabeza, pero luego por detrás se llevan estupendamente, se turnan en el gobierno y como contraprestación, otorgan puestos de cierto nivel a dedo para que se mantengan hasta que les llegue su momento de ganar las elecciones, ¿que gana el PSOE? pues a dedo algunos puestos importantes para sus amiguetes más cercanos del partido rival, y así hasta aprovecharse todo lo que puedan y les toque cambiar los papeles.
Yo tengo claro que si los políticos tuvieran un sueldo mucho más bajo, más cercano al sueldo medio de este país, algunos ni se presentarían, solo aquellos que por encima del dinero anteponen el bienestar del pueblo y quieren aportar lo que puedan para hacer de este país algo mejor, solo esos que tienen claro el papel de servicialidad que debe tener el político por encima del sueldo, serían los adecuados para sacar al país de esa dictadura bipartidista en la que vivimos y mejorar considerablemente la situación de este país, no digo que tengan que cobrar un sueldo irrisorio, sino un sueldo razonable, está claro que estamos hablando de temas mayores, y por ello creo que podrían los partidos, tener un plus en función de los objetivos propuestos en sus correspondientes campañas, siempre que estos acaben cumpliendose, algo así como tienen algunos futbolistas, cuyo rendimiento aumenta considerablemente con respecto a otros que no tienen esos incentivos.
Por otro lado, opino que también sería interesante el poder analizar la situación de los políticos cada cierto tiempo y que en función de si logran o no las propuestas hechas en un principio, puedan salir y entrar otros en sus puestos (dentro del mismo partido), para que níngún tragaldaba pueda vivir de las rentas durante los 4 años que dura cada legislatura.
Ojalá haya una buena limpieza de ese tipo de escoria chupasangres que a dedo acaban lucrandose con dinero público sin merecerlo.
21 Comentario moderado
8¿alguien dijo la hermana de Doña Letícia Ortiz, por poner un ejemplo? XD
vivimos en el país de la pandereta y así nos va...
Pues nada, a pedir un crédito para devolver ese dinero. Aunque aquí los culpables son más bien los del PPSOE, pero esos están por encima de la ley.
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