
Siguiendo con nuestro apartado semanal de Conceptos de Economía, hoy vamos a hablar de un impuesto muy extendido que se aplica a la propiedad de los vehículos a motor; el IVTM, es decir las siglas del impuesto de vehículos de tracción mecánica. Este impuesto es uno de los que más nombres recibe, denominándose de manera coloquial como el impuesto de circulación o los sellos de los coches, en algunos casos.
El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM) es un impuesto directo que grava la titularidad de vehículos a motor aptos para circular por la vía pública, de manera independiente de su clase y naturaleza. Este impuesto se tiene que establecer de manera obligatoria por los ayuntamientos, órganos encargados de la gestión, inspección y recaudación del impuestos.
La cesión a los ayuntamientos se realiza mediante la Ley de Haciendas Locales y es uno de los ingresos tributarios con relativo peso específico dentro de los presupuestos municipales, además del impuesto de bienes inmuebles y los impuestos relativos a la construcción.
Por ejemplo, si doy de baja un vehículo en el mes de abril y he pagado a mi ayuntamiento el impuesto por el año completo en el mes de febrero, puedo solicitar la devolución del impuesto pagado en exceso, relativo al tercer y cuarto trimestre. Esta situación es aplicable para bajas temporales de vehículos como son robos o bajas voluntarias en la DGT que impidan la circulación del vehículo.
Las tarifas aplicables por el impuesto están fijadas en la Ley de Haciendas Locales, actuando las tarifas fijadas en esta ley como un importe base de la cuantía a pagar. El parámetro que se considera para fijar las tarifas es el concepto de “Potencia Fiscal”, parámetro numérico que define el Ministerio de Economía para cada vehículo, en función de su marca, potencia, prestaciones entre otros factores. Las tarifas base aprobadas en el 2004 eran las siguientes:

Estas tarifas base se pueden modificar en la Ley de Presupuestos Generales y los ayuntamientos pueden aplicar unos índices correctores al alza con el máximo de 2. A la baja, cada ayuntamiento puede aplicar una serie de deducciones en el impuesto con el máximo del 75% de deducción para vehículos menos contaminantes o que utilicen un determinado carburante más ecológico.
Este impuesto es uno de los impuestos más caros que existen dentro del panorama tributario si relacionamos el valor venal del vehículo con la cuantía de impuesto que se paga en muchos casos. A pesar de esta consideración, entre distintos ayuntamientos podemos encontrar diferencias muy importantes en las cantidades a pagar para los mismos vehículos; punto que rara vez comprobamos a la hora de adquirir un coche o realizar un cambio del domicilio del mismo.
Más Información | RDL 2/2004 de la Ley Reguladora de Haciendas Locales
En El Blog Salmón | El impuesto de circulación cambiará, Hay que cobrar por conducir en la ciudad
Imagen | Tonylanciabeta