
Existe una corriente de pensamiento entre gran parte de la ciudadanía que niega fervientemente el carácter tributario de la Seguridad Social. Pero se queda en eso, sólo lo niega y se permiten el lujo de señalar que se comete un error si se agrupan pagos de carácter tributario, como nuestros amigos del blog de Inversores.
En primer lugar, si se procede a realizar una negación, hay que justificarla. Otro caso es que no se pueda o no se sepa, cuestión esta última por la que me decanto. Partiendo de esta premisa, vamos a comenzar por la definición de tributo y la vamos a aplicar a la Seguridad Social, que parece ser que nadie la sabe:

El impuesto de sucesiones y donaciones está empezando a desaparecer en mucha Comunidades Autónomas. Al ser un tributo que está completamente cedido a las autonomías, muchas de ellas están empezando a suprimirlo, ya sea para obtener réditos políticos o para atraer a grandes fortunas.