Precisiones sobre el IVA del porno y el IVA de las revistas

Precisiones sobre el IVA del porno y el IVA de las revistas
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Tal y como comentan nuestros compañeros de Genbeta, llevamos varios días viendo por redes sociales cómo el IVA del porno va al 4% comparado con otra serie de productos o servicios.

Este tweet, tal y como ya han comentado en Genbeta y como han precisado varios usuarios por las diferentes redes es erróneo, dado que no es que el IVA del porno vaya al 4% sino que iría al 4% aquellas revistas impresas, sean pornográficas, del corazón o publicaciones científicas. Un espectáculo porno, un DVD porno o el porno online de pago, va de manera general al 21% y no al tipo superreducido, tal y como se da a entender en este tweet.

Aún suponiendo que nos queramos referir sólo a las revistas pornográficas en papel, el caso es que esta afirmación tampoco es correcta, puesto que no siempre, el IVA de las revistas impresas va al 4%, sean pornográficas o no.

La doble obtención de ingresos en los medios impresos determina qué tipo de IVA se aplica en cada caso

Cualquier medio impreso puede obtener ingresos por dos vías:

  • Venta del medio impreso
  • Publicidad de terceros insertada en dicho medio

Pues bien, cualquier medio impreso tributará al 21% cuando los ingresos que obtiene por la publicidad insertada en él supongan más del 75% de los ingresos totales de dicho medio (ver artículo 91 Ley IVA y doctrina aplicble junto con reglamento).

Por ejemplo, ahora mismo, un diario impreso que se distribuya de manera gratuita, por ejemplo 20 Minutos en su edición en papel, si pasa a cobrar 5 céntimos por cada ejemplar y dichos ingresos son irrisorios frente los ingresos habituales que el medio tiene por publicidad, tributará al 21% y no al 4% de tipo reducido para prensa, libros y revistas de todo tipo.

Aquí también tenemos la mención especial para los soportes, dado que por ejemplo, un vídeo porno tributa igual que un documental, al 21% y una publicación de prensa online que no se imprima en papel, tributa también al 21% y no al 4%, tal y como ya comentamos por aquí con el caso de El Diario que ya han ajustado correctamente su tipo de IVA y repercuten a sus socios el 21% de IVA y no el 4%.

El contenido es independiente para aplicar el tipo de IVA

Hay alguna gente que sigue sin querer entender que el IVA va por clasificación de productos y obtención de los ingresos que tiene como acabo de explicar en el caso de las publicaciones impresas.

Sin ir más lejos, lamentable que aquel que se supone que defiende a los consumidores, quiera fijar los tipos de IVA en función de sus propios gustos personales y sepa realmente cómo funciona el IVA, tal y como demostró ayer de largo en twitter.

La Revista Mongolia, al igual que todos los medios impresos que tienen ingresos por más de una vía (la venta de la revista en papel), tendrá que ver su caso particular y si los ingresos por publicidad, sea web o en el soporte papel son superiores al 75% del total de ingresos, por más que la publicación le guste a Rubén Sánchez, tendrá que tributar al 21% y no al 4%.

En El Blog Salmón |
Imagen | morrissey

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