A veces todo el lío burocrático de Seguridad Social puede llegar a ser abrumador cuando un problema de salud nos aparta del mercado laboral. Pero aquí estamos para ayudaros un poco haciéndonos eco de algunos consejos. Como el de Luis Alfonso Iglesias García, un abogado laboralista conocido en TikTok como @abogadoscuatro, recoge La Razón en su sección de economía, que ha explicado de forma muy didáctica el impacto económico de estos procesos. A través de un vídeo, este experto detalla las cuantías que corresponden a cada grado de incapacidad permanente en España. Una información especialmente útil para quienes se enfrentan a este procedimiento.
De la indemnización a la pensión total. Para entender el esquema, debemos fijarnos siempre en la base reguladora del trabajador, un indicador que condicionará la cuantía de la prestación. “Como sabes, hay cuatro tipos de incapacidad. Lo voy a explicar muy rápido”. En el nivel más leve, la incapacidad permanente parcial, se abona una indemnización equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora utilizada para calcular la incapacidad temporal, en un pago único compatible con el desempeño de cualquier empleo. La cosa cambia en el siguiente escalón, la incapacidad permanente total, pensada para quienes no pueden realizar su trabajo, pero sí otro distinto. En este caso, la pensión equivale, por regla general, al 55 % de la base reguladora.
@abogadoscuatro ¿Cuánto se cobra realmente con una incapacidad permanente? 💶 No todas las incapacidades se cobran igual. La cantidad depende del grado de incapacidad que te reconozcan, de tu base reguladora y, en algunos casos, también de tu edad y de la posibilidad de seguir trabajando. En este vídeo te explico las diferencias entre: ▪️ Incapacidad Permanente Parcial ▪️ Incapacidad Permanente Total ▪️ Incapacidad Permanente Total Cualificada ▪️ Incapacidad Permanente Absoluta ▪️ Gran Incapacidad Y recuerda: tener una enfermedad grave no determina por sí sola cuánto vas a cobrar. Lo importante es cómo tus patologías y limitaciones afectan a tu capacidad para trabajar y qué grado de incapacidad te reconoce el INSS. 📌 Guarda este vídeo si estás pensando en solicitar una incapacidad permanente o ya estás en proceso. #incapacidad #abogado #abogadotiktok #jubilacion #abogada
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Pero ¿y si a esa edad te quedas fuera del mercado?
El sistema tiene previsto un incremento para la incapacidad permanente total cualificada, que eleva la cuantía cuando se presume que encontrar un nuevo puesto de trabajo será especialmente difícil. A partir de los 55 años, si se cumplen los requisitos para acceder a este grado, la pensión puede aumentar un 20 % de la base reguladora, pasando del 55 % al 75 %. Eso sí, el incremento no es automático por cumplir esa edad y estar desempleado: deben concurrir las circunstancias exigidas para reconocer la incapacidad total cualificada. Además, el incremento es incompatible con el desempeño de un trabajo, por lo que se suspende si el beneficiario comienza a trabajar.
Al llegar a los escenarios más graves, la cobertura aumenta para quienes quedan inhabilitados para cualquier profesión u oficio. En la incapacidad permanente absoluta, la pensión equivale al 100 % de la base reguladora y está exenta de IRPF en los términos previstos por la legislación. Y por último está la gran incapacidad, reservada a quienes, además de tener reconocida una incapacidad permanente, necesitan la asistencia de otra persona para realizar actos esenciales de la vida. En estos casos, se percibe la pensión correspondiente y un complemento económico destinado a remunerar a quien presta esa ayuda. Poca broma con esto.
Los topes legales para 2026. Llegados a este punto, la pregunta es: ¿ese 100 % es ilimitado? No. Aunque tu base máxima de cotización se sitúa en torno a los 5.100 euros mensuales en 2026, el sistema establece un límite para las pensiones públicas. En 2026, la pensión máxima es de 3.359,60 euros mensuales, una cifra que puede reducir la prestación efectiva de quienes tienen bases reguladoras elevadas. Se trata de un límite que afecta especialmente a los trabajadores con ingresos altos, como explica este análisis de El Blog Salmón sobre las pensiones y los trabajadores que más cotizan. Eso sí, existe una particularidad: el complemento de la gran incapacidad puede abonarse incluso cuando la pensión alcanza el máximo legal. Por eso, algunos beneficiarios pueden superar ese límite al sumar ambos conceptos, aunque no existe una cuantía neta superior a los 4.000 euros garantizada para todos los afectados.
Si bien el abogado detalla las reglas del juego, quien resuelve sobre el reconocimiento y el grado de incapacidad permanente es el Instituto Nacional de la Seguridad Social, con la intervención de los Equipos de Valoración de Incapacidades (EVI) en el procedimiento. Estos equipos examinan las limitaciones anatómicas o funcionales y su repercusión sobre la capacidad laboral, teniendo en cuenta las circunstancias de cada caso. A veces, las decisiones son polémicas y algunos solicitantes terminan recurriendo a los tribunales, como muestra este caso de una denegación de incapacidad permanente por parte del INSS. El proceso no es un camino de rosas y puede exigir paciencia, informes médicos y mucha documentación.
Visto lo visto, el sistema protege, pero también establece límites a las prestaciones de quienes más han cotizado. Un profesional con una nómina alta que sufra un accidente y consiga una incapacidad permanente absoluta puede ver cómo sus ingresos mensuales se reducen considerablemente al quedar su pensión sujeta al máximo legal, pese a que se calcule inicialmente sobre el 100 % de la base reguladora. Además, la prestación está exenta de IRPF en los términos establecidos por la ley. En definitiva, cotizar por la base máxima no garantiza cobrar una pensión equivalente al salario anterior, como también explica este análisis sobre el límite máximo de las pensiones de los autónomos. Y esto ya es solo mi opinión, pero confiar ciegamente en esa red de seguridad pública puede acabar dando un susto a más de uno.
Imagen | Ivan S (vía Pexels)
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