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En Burgos buscan a un empleado del ayuntamiento que cobró 279 euros sin ir a trabajar. El problema es que ha desaparecido

El consistorio recurre al boletín oficial tras intentar notificar en su domicilio el cobro indebido por ausencias.

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Redacción El Blog Salmón

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El Ayuntamiento de Burgos busca a un trabajador municipal para reclamarle exactamente 279,20 euros. El motivo es el cobro de retribuciones por varios días en los que no se presentó a su puesto y no aportó ninguna causa justificada, según recoge BURGOSconecta. Al no poder localizarle en su domicilio habitual, el consistorio ha recurrido a la publicación de un anuncio en el BOE para notificarle la reclamación.

La maquinaria burocrática no perdona un céntimo. La notificación, firmada por la jefa de Personal el pasado jueves 24 de septiembre, le concede un plazo de diez días hábiles para presentar alegaciones o consultar su expediente. No es una gran suma, apenas el equivalente a una compra del supermercado, pero ignorar a la Administración cuando reclama un cobro indebido puede acabar complicando las cosas. El edicto oficial advierte de las consecuencias de no responder a la notificación. Según el texto citado en la información publicada, "se dictará resolución y, de ser desfavorable a los intereses del empleado, conllevará la reclamación de la cantidad correspondiente, incluso por vía ejecutiva".

Entrar en la vía ejecutiva significa que la Administración puede recurrir a mecanismos de cobro forzoso si se cumplen las condiciones legales. En función del procedimiento aplicable, la deuda podría generar recargos e intereses de demora. En el ámbito tributario, por ejemplo, la Ley General Tributaria contempla recargos del 5 %, el 10 % y el 20 %, según las circunstancias. Si la deuda continúa pendiente y se inicia el procedimiento correspondiente, también podría llegarse al embargo de bienes o cuentas bancarias. No obstante, estas consecuencias no se aplican automáticamente a cualquier reclamación de cantidades abonadas indebidamente. La Administración también juega contra el reloj. El plazo de prescripción depende del régimen jurídico aplicable a la reclamación y de las circunstancias del caso. Aunque el artículo 25 de la Ley General Presupuestaria establece un plazo general de cuatro años para determinados derechos de la Hacienda Pública estatal, no puede trasladarse automáticamente a todas las reclamaciones de los ayuntamientos.

¿Por qué usar el BOE?

El uso del Boletín Oficial del Estado como mecanismo de notificación permite a la Administración continuar determinados procedimientos cuando no ha sido posible localizar al interesado por los medios ordinarios. La publicación produce los efectos legales previstos en la normativa, aunque el destinatario no llegue a leer el anuncio. Es un mecanismo contemplado en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, para los casos en los que la notificación no puede practicarse por las vías habituales. El plazo para responder estaría próximo a finalizar, pero no hay información confirmada sobre el paradero del trabajador ni sobre si ha presentado alegaciones. Tampoco se puede dar por hecho que vaya a producirse un embargo: dependerá de la resolución del expediente y de los pasos que dé el Ayuntamiento.

Imagen | Catedral de Burgos. Sergei Gussev (vía Pexels)

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