Miniempresas o empresas de estudiantes: ocurrencia legislativa del día en el BOE

Miniempresas o empresas de estudiantes: ocurrencia legislativa del día en el BOE
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El BOE es sorprendente siempre, sobre todo, cuando nos encontramos con perlas de rango de Ley como la creación de miniempresas o empresas de estudiantes. Tal y como podemos ver en la captura que adjunto, la Ley de Emprendedores abre la puerta a que ahora, en los centros académicos se abran empresitas con fecha de caducidad, uno o dos años, facultadas para el tráfico mercantil pero emplazando a un futuro reglamento toda la letra pequeña.

Las tonterías legislativas tienen un alcance ilimitado dado que el primer punto que no define esta ley es la personalidad jurídica de este experimento y para operar en el tráfico mercantil, tal y como requiere nuestra legislación, desde el Código de Comercio y los requisitos para operar del Código Civil bien como persona física o persona jurídica. Estas miniempresas, van a ser unos entes abstractos jurídicos de responsabilidad nula que tampoco podrán operar en el tráfico mercantil sin representante legal subsidiario, por lo que cabe suponer que dicha responsabilidad recaerá sobre el centro educativo y sus responsables. ¿Acaso cree el Gobierno que directores de centros educativos o profesores van a hacerse cargo de la responsabilidad jurídica con alcance civil y penal de estas empresas? Permítanme que dude que exista gente tan temeraria por ahí. Aparte queda el lucro que se pueda obtener o la pérdida patrimonial que genera cualquier liquidación de un ente, punto más que delicado en todo este asunto.

Ahora, nos encontramos con un artículo que me recuerda a los juegos para niños que emulan profesiones y actividades, como es un Mecano, el banco de herramientas o el Quimicefa y realmente, no queda nada claro la utilidad real de estas miniempresas. Si el objetivo es enseñar el funcionamiento de una empresa, no es necesario habilitar la constitución como tal ni operar de manera directa en el tráfico mercantil y menos aún abrir cuentas bancarias y adquirir bienes o servicios. Todo esto se simula perfectamente sin mucho inconveniente, diría yo.

Este tipo de simulaciones, se pueden realizar perfectamente sin necesidad de recurrir a la constitución real de un aborto jurídico pleno que abre la puerta más a fraudes y situaciones caóticas que a la enseñanza real del funcionamiento empresarial, de las problemáticas diarias que se viven o todos aquellos puntos que todas las empresas contemplan cada día. Artículos ridículos en las leyes, hacen que perdamos la credibilidad a todos los niveles y son aquellos que generan carga burocrática y trabajo para toda la maquinaria legislativa del Estado.

La mejor prueba de que estas miniempresas no tienen razón de ser y son absurdas la tendremos en la evolución del número de ellas que se pongan en marcha, número que tenderá a cero con suma facilidad.

En Pymes y Autónomos | Miniempresas o empresas de estudiantes ¿pero qué broma es ésta? En El Blog Salmón | Ley de Emprendedores

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