La jurisprudencia rompe que tras el divorcio se contribuya al pago de la hipoteca en función de la renta

La jurisprudencia rompe que tras el divorcio se contribuya al pago de la hipoteca en función de la renta
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Los compromisos adquiridos tras la compra de la vivienda acapara el mayor porcentaje de los ingresos de la economía familiar, obligando en muchos de los casos a muchas parejas a olvidar sus rencillas para remar en el mismo sentido, si no se quiere percibir un deterioro económico de la unidad familiar.

Hasta ahora, cuando un matrimonio se divorciaba el cónyuge que mayor renta percibía era obligado a afrontar un mayor porcentaje de la cuota de la hipoteca, resultando injusta dicha práctica desde el punto de vista estrictamente económico.

Esta práctica que al parecer va a cambiar tras una sentencia del Tribunal Supremo, que considera que las obligaciones derivadas de pagar una hipoteca es una deuda de la sociedad de gananciales y no una carga del matrimonio, creando jurisprudencia para los casos venideros en un futuro. De tal modo que las cuotas deberán ser satisfechas al 50% siempre y cuando no se haya liquidado la sociedad de gananciales.

Dejando a un lado que el hombre es aquél de los cónyuges que sale peor parado cuando un matrimonio resulta fallido, esta sentencia dota de justicia a la desigualdad económica que emana de este tipo de casos, cuando por lo general, el marido es el que percibe mayor salario y ha de realizar un mayor esfuerzo de manera automática, desentendiéndose la legislación de la amplia variedad de casos y circunstancias personales que coexisten en la sociedad. Esta decisión generará un amplio debate, ¿creen que redundará en una mayor equidad social, o por el contrario generará aún más diferencias?

Vía | El Mundo
En El Blog Salmón | La justicia entra en el contrato de hipoteca
Imagen | yourdon

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