El Supremo la lía parda en los divorcios con separación de bienes

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El Tribunal Supremo ha fijado jurisprudencia con una sentencia en materia de divorcios con separación de bienes en la que obliga a pasar una pensión compensatoria al cónyuge que se ha dedicado única y exclusivamente a la realización de las tareas del hogar. La sentencia en particular, fija una pensión de 108.000 euros para una mujer que durante todo el matrimonio atendió a las tareas domésticas y no trabajó durante su matrimonio.

Esta pensión compensatoria se ha señalado así por la aplicación del artículo 1.438 del código Civil. Este artículo ya contempla esta posibilidad de compensación futura dado que se supone que en el régimen de separación de bienes, ambos cónyuges contribuirán al sostenimiento de las cargas del matrimonio. A falta de convenio lo harán proporcionalmente a sus respectivos recursos económicos y en el futuro, las tareas domésticas darán derecho a la solicitud de dicha pensión compensatoria. Conclusiones y enseñanzas que debemos sacar de esta sentencia si nos casamos en régimen de separación de bienes:

  • Si tu cónyuge no trabaja y se dedica a las tareas domésticas, tendrás que pagarle el equivalente a lo que hubiera sido la contratación de una persona que las hubiera realizado. Contrata una empleado doméstico desde primera hora, tu cónyuge lo agradecerá y no lo pagarás en el futuro.
  • Es recomendable, si tu cónyuge se dedica a las tareas domésticas y en virtud del hipotético pago futuro que puedas hacer, que no hagas ni una sola tarea doméstica en casa. En caso de divorcio vas a pagar por el trabajo que has realizado a razón de coste mensual de empleada de hogar. Además, si actúas así, es muy probable que tu matrimonio no dure muchos años.
  • El sostenimiento de los gastos del hogar te corresponden a tí si eres el que tiene recursos económicos. ¿Trabajas tú solo recuerdas? Y dado que no has acordado otro punto en el acuerdo de separación de bienes, la has liado parda en vistas a un divorcio.
  • Antes de casarte, búscale un trabajo remunerado a tu pareja. No admitas bajo ningún caso, que se dedique a la realización de tareas domésticas.

Tal y como se puede ver, casarse es un deporte económico peligroso, más aún si te encuentras pagando las facturas de 15 años de matrimonio de las aportaciones conyugales de la persona que se queda en casa. Viva la igualdad económica y el trato en el reparto de tareas y costes económicos. Me pregunto qué opinará Leire Pajín de esta sentencia tan sumamente machista.

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