Anda el patio un poco revuelto con la futura ley de pensiones de Alemania. El gobierno en coalición de Merkel ha propuesto adelantar a los 63 años la edad de jubilación, justo cuando toda Europa está aumentando esta edad hasta los 67 años de manera generalizada.
Las críticas a Alemania, no se han hecho esperar, puesto que resulta cuanto menos chocante este trato en las políticas interiores y las obligaciones impuestas al resto de socios de la UE. Claro está que la jubilación a los 63 años en Alemania, viene con letra pequeña, puesto que obliga a tener un mínimo de 45 años cotizados. Esto implica ni más ni menos que haber trabajado y cotizado de manera ininterrumpida desde el momento que se cumplieron los 18 años. Evidentemente, cualquier persona que haya realizado una titulación superior, que haya tenido periodos de baja entre contratos, que se ha ya tomado un año sabático o que haya estado en situaciones similares a los contratos formativos españoles o la propia prestación del servicio militar, no cumple estos requisitos.
La edad de jubilación debe comprender un mínimo de edad y debe comprender también un número mínimo de años cotizados. En España por ejemplo, se ha fijado en 38,5 años cotizados para tener acceso a la pensión de jubilación completa a los 65 años, intervalo más razonable que los 45 años cotizados de Alemania. ¿Dónde habría que poner el límite? Pues depende de la profesión concreta, el estado físico y psíquico de la persona que se jubila y por supuesto, optar a ella a partir de los 62/63 años, como indicador.
En El Blog Salmón | ¿Devaluar las pensiones o hacerlas sostenibles? Imagen | Caresten