Tener una cuenta bancaria es ya un derecho universal

Tener una cuenta bancaria es ya un derecho universal
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Cada vez las personas nos integramos más en el desarrollo de una economía moderna que hace imprescindible, para cada uno de nosotros, poseer las herramientas necesarias para poder moverse y evolucionar en este entorno.

En el mundo actual, los ciudadanos no pueden participar plenamente en la sociedad sin una cuenta bancaria. Las cuentas bancarias se han convertido en una parte esencial de nuestra vida diaria, permitiéndonos hacer y recibir pagos, compras online y pagar facturas de diferentes servicios como puedan ser el teléfono, el gas, o la electricidad.

Por esa razón, el pasado viernes, el Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto Ley en el que se garantiza el derecho universal de acceso a una cuenta de bancaria básica, para poder satisfacer las necesidades de pago existentes.

Ésto significa que desde el poder político se pretende dar acceso a la cuenta de pago básica, mediante decreto y no por competencia en el sector. Recordemos que la banca es uno de los sectores más intervenidos, con una fuerte regulación, lo que supone conceder muy poco margen para el desarrollo de la innovación en el sector o la búsqueda de nichos de mercados específicos.

Objetivo y comisiones de la cuenta básica

La UE está avanzando hacia un mercado único de servicios financieros al por menor. Al establecer el derecho a una cuenta de pago básica independientemente del lugar de residencia o de la situación financiera del ciudadano, se pretende crear otra regulación para eliminar los obstáculos a los que se enfrentan muchos en su intento de acceder a los servicios bancarios básicos a través de las fronteras.

Esta cuenta de pago básica es un nuevo producto bancario que en principio facilitaría el acceso a una serie de servicios como son la apertura, utilización y cierre de la cuenta, depósito de fondos, retirada de efectivo en la entidad o en cajeros, domiciliación de recibos, uso de tarjetas de débito o prepago y transferencias bancarias.

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La cuestión clave es las comisiones... En primer lugar, los proveedores de servicios de pago deberán conceder al cliente o potencial cliente, un documento informativo de las comisiones con suficiente antelación para que pueda ser revisado. Además, deberán proporcionarle, cada año y, lo más importante, gratuitamente, un estado de todas las comisiones en que hayan incurrido para los servicios asociados a una cuenta de pago.

El Banco de España podrá establecer los requisitos que deben cumplir ambos documentos, que habrán de ser precisos, breves y con una estructura muy clara. Se dispondrá de un sitio web, de acceso gratuito, que permita comparar las comisiones que aplican los proveedores de servicios de pago.

No se conoce mucho más acerca de las comisiones de esta cuenta, según el Real Decreto, la única intervención por parte del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad será establecer una comisión máxima por esta cuenta de pago básica.

Las excepciones: ¿Cuando se denegará esta cuenta básica?

A pesar de que el Real Decreto Ley pretende garantizar el derecho universal de acceso a una cuenta de bancaria básica, las entidades de crédito pueden negarse a conceder el acceso a las cuentas de pago básicas en determinados supuestos.

Se denegará cuando el potencial cliente que pretenda abrir esta cuenta básica no aporte la información que se le requiere ya sea en materia de prevención para el blanqueo de capitales, financiación del terrorismo o bien si el hecho de abrir esa cuenta fuera contraria a los intereses de la seguridad nacional u orden público.

Otro supuesto para que la entidad pueda denegar la apertura de cuenta es si ese cliente ya es titular de una cuenta que permita realizar esos mismos servicios que ofrece la cuenta básica ya que en ese supuesto carece de sentido la cuenta básica.

Una medida que viene desde Europa

Si nos ponemos en antecedentes, la Comisión Europea adoptó el 8 de mayo de 2013 una propuesta de Directiva sobre transparencia y comparabilidad de las comisiones de las cuentas de pago, transferencia de cuentas de pago y acceso a una cuenta de pago básica.

Esta propuesta venía dada por unos datos inquietantes. Y es que en la actual Unión Europea, alrededor de 58 millones de consumidores -de un total de 511 millones de habitantes en la UE- mayores de 15 años que carecían de una cuenta de pago.

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La Directiva se adoptó formalmente el 23 de julio de 2014 (Directiva 2014/92/UE) que el objetivo de marcar rumbo para alcanzar el mercado único de servicios financieros al por menor que aporta numerosos beneficios a los ciudadanos de la UE.

Al establecer el derecho a una cuenta de pago básica independientemente del lugar de residencia o de la situación financiera del ciudadano, se eliminan los obstáculos a los que se enfrentan muchos para acceder a los servicios bancarios básicos a través de las fronteras.

Otro de los objetivos de esta medida era mejorar sustancialmente la transparencia de las comisiones bancarias y facilitar el cambio de una cuenta bancaria de un banco a otra.

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