
Según El País, la CAM ha sido otra de las cajas de ahorros que se ha dedicado a otorgar créditos baratos a sus consejeros por importe de 161 millones de euros en los últimos años. Entendamos por créditos baratos, aquellos que se encuentran por debajo de las condiciones de mercado o incluso, créditos a tipos de interés inferiores a los intereses que han pagado las cajas para financiarse en el mercado interbancario. Nada que no hayamos visto ya en CCM o en Cajasur.
El problema es que esta práctica, puede ser reprobable pero no tiene porqué ser ilegal si así se contempla en los Estatutos de la Entidad o en los distintos reglamentos. En todo caso, el Banco de España debe conocer la casuística de concesión de dichos créditos y si no los tenían contemplados en sus estatutos, que actúe en consecuencia aplicando el reglamento sancionador. Pero fuera de este detalle, Hacienda sí tiene mucho que decir sobre todo este embrollo, dado que la diferencia entre el tipo de interés otorgado en el préstamo y el tipo de interés de mercado, tiene la consideración de rendimiento en especie para el Consejero o empresa que se ha favorecido por dicho crédito y también tiene que tributar por este motivo y además, dicha operación tiene la consideración de vinculada y debe ser comunicada a la AEAT si su importe es superior a los 100.000 euros.









