HOY SE HABLA DE

José Antonio Amate, inspector de Trabajo: "Hay que declarar a Hacienda las propinas y todo el dinero que se abone de una forma que no deje rastro"

Las propinas pueden considerarse rendimientos del trabajo y el cerco sobre el dinero en metálico es cada vez más estrecho en España

José Antonio Amate, inspector de Trabajo: "Hay que declarar a Hacienda las propinas y todo el dinero que se abone de una forma que no deje rastro"
Sin comentarios Facebook Twitter Flipboard E-mail
redaccion

Redacción El Blog Salmón

Editor
redaccion

Redacción El Blog Salmón

Editor

Un tripulante de un yate de lujo en Ibiza puede llevarse hasta 30.000 euros de propina en apenas tres semanas. Todo en efectivo y, según los testimonios recogidos, sin declarar a Hacienda. El sector del chárter náutico en la isla maneja unas cifras que algunos de sus propios trabajadores prefieren mantener en secreto por un motivo evidente: Hacienda está detrás de todo esto. De hecho, un capitán anónimo reconocía en Equipo de Investigación que no interesa que se sepa lo que ganan "porque al final todo esto es en B y no se declara".

En este escenario de sobres y fajos de billetes, José Antonio Amate, inspector de Trabajo y Seguridad Social, ha querido dejar muy clara la postura de la Administración tributaria frente a la evasión fiscal. En declaraciones al canal La Sexta, ha sido tajante: "Todo lo que se abone de una forma que no deje rastro, para que se entere Hacienda tienes que declararlo". El experto apela al civismo y advierte de las dificultades para controlar los pagos en metálico. Su mensaje a quienes cobran de esta forma no deja lugar a dudas: "O lo declaras tú o está ahí un inspector de Hacienda infiltrado, que puede enterarse o nunca se va a enterar". Quizás no tanto.

¿Hay que declarar las propinas a Hacienda?

Porque muchos trabajadores consideran que estas dádivas de los clientes son un simple regalo personal y no un ingreso laboral, lo que puede complicar su justificación ante una inspección. Las propinas recibidas por los trabajadores en el contexto de su empleo pueden tributar en el IRPF como rendimientos del trabajo, de acuerdo con la naturaleza del ingreso y las circunstancias en las que se percibe. No importa si es la calderilla del bar de la esquina o un sobre lleno de billetes entregado en la cubierta de un superyate: recibir el dinero en efectivo no exime de las obligaciones fiscales.

Pero la lucha del organismo va mucho más allá de las propinas de lujo, ya que el uso del dinero físico también está sujeto a controles. A día de hoy, la normativa española prohíbe los pagos en efectivo iguales o superiores a 1.000 euros cuando alguna de las partes actúa como empresario o profesional, con determinadas excepciones legales. En estos casos, deben utilizarse otros medios de pago que acrediten la operación.

De hecho, las entidades financieras deben informar sobre determinadas operaciones en efectivo superiores a 3.000 euros. Sin embargo, esto no significa que cualquier ingreso de esa cantidad en un cajero automático genere necesariamente una comunicación inmediata a la Agencia Tributaria. Los controles bancarios y las obligaciones de información dependen de la normativa aplicable a cada operación.

Imagen | Montaje con Gemini

Inicio