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En primer lugar se hace necesaria una explicación para los urbanitas. ¿que es un bien comunal? En pocas palabras, y sin tecnicismos, se trata de bienes que pertenecen a determinadas colectividades, generalmente municipios. Concretamente me refiero a montes, pastos, aprovechamientos forestales y de caza, etc. Bienes que, en la España rural de los siglos anteriores, marcaban fuertes diferencias entre aquellos ayuntamientos y vecinos que disponían de los mismos y los que no. Vamos, que los del Fairy con Villarriba y Villabajo se quedaban cortos. Por poner un ejemplo, hay dinero, mucho dinero en juego en los aprovechamientos forestales.
Tradicionalmente estos bienes eran administrados, sin problema alguno, por las Corporaciones locales. Fueron, para muchos municipios, uno de los baluartes a través de los que soportaron la migración de sus vecinos a las urbes en la segunda mitad del XX. En algunos casos, indirecta y relativamente, la reducción del denominador (vecinos a repartir) generó incluso un efecto riqueza. Pero no tardarían en llegar los problemas.
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