Apurar la deducción por inversión en vivienda

Apurar la deducción por inversión en vivienda
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Entramos ya en el último mes del año y, como bien decíamos hace unos días, se acaban las oportunidades para tomar decisiones relacionadas con nuestro impuesto sobre la renta de las personas físicas.

Alejandro ya nos contaba el otro día que la deducción por inversión en vivienda habitual sigue siendo, a pesar de la reforma que ha sufrido este año (y que ha reducido sus efectos), una de las vías más importantes de ahorro fiscal para las economías domésticas. Efectivamente, si hemos comprado nuestra vivienda con financiación ajena, podremos deducirnos hasta 1.352 euros (pendientes además de las compensaciones fiscales que se establezcan para viviendas compradas antes de enero de 2006, que podrían ponerse en marcha para mantener el status previo a la reforma y por tanto incrementar esta cantidad).

La cuestión es que ahora, en diciembre, es el momento de hacer cálculos. ¿Cuánto hemos invertido durante el año en el préstamo de la vivienda?

Recordemos que, en el caso de financiación ajena, podemos tomar en consideración tanto la amortización del préstamos que hayamos ido haciendo como los intereses satisfechos a la entidad financiera. Así que toca cogerse la calculadora y ver cuánto (incluyendo la cuota de diciembre) hemos pagado hasta ahora.

Si la cantidad está por debajo de 9.015,18 euros, deberíamos pensar (si tenemos posibilidades, claro) en hacer una aportación adicional al préstamo hasta alcanzar dicha cantidad. Tengamos en cuenta que al menos el 15% de esa cantidad lo paga el Estado en forma de deducción, lo cual siempre es interesante (mucho más rentable que tener el dinero en el banco).

Un caso especial se da en situaciones en las que una pareja comparte préstamo hipotecario. En este caso, si deciden tributar de forma conjunta, no pasa nada: el límite para la pareja siguen siendo los 9.015,18 euros. Pero si tributan de forma individual, resulta que el límite es de 9.015,18 euros para cada uno de ellos, es decir, se transforma en un límite de hecho de 18.030,36 euros.

Y es que, si tenemos en cuenta cómo van las cuotas de los préstamos hipotecarios a día de hoy (entre el precio de la vivienda y los tipos de interés), alcanzar los 9.015,18 euros simplemente con la suma de las cuotas satisfechas mensualmente es bastante sencillo, y no hay mucho margen para aportaciones adicionales. Pero 18.030,36 ya es otra cosa, ahí sí que encontraremos un mayor margen para poder aportar unos miles de euros adicionales que nos generen un interesante ahorro fiscal.

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