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Ya ha entrado en vigor: pueden multar con hasta 3.000 euros a los vecinos por sacudir el felpudo en la ventana

La costumbre de asomarse a la ventana para limpiar el polvo ha dejado de ser una simple molestia vecinal para convertirse en una infracción perseguida por las ordenanzas municipales

Ya ha entrado en vigor: pueden multar con hasta 3.000 euros a los vecinos por sacudir el felpudo en la ventana
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Redacción El Blog Salmón

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Seguro que vosotros también tenéis esa imagen grabada. Una mañana de sábado, alguien saca medio cuerpo por el balcón y empieza a darle leches a una alfombra como si le debiera dinero. Según recoge El Español, esta estampa tan clásica (y tan de otra época, para qué engañarnos) ya está bajo la lupa de los ayuntamientos, que han empezado a aplicar multas que van desde los 150 hasta los 750 euros para las infracciones leves. ¿Y si la liaste parda y eres un infractor reincidente? Pues el susto puede llegar a los 3.000 euros por ensuciar la vía pública o las propiedades ajenas. ZAS. En toda la boca.

Pero la cosa no se queda solo en el felpudo de entrada. Las ordenanzas municipales también le han echado el ojo a otras tradiciones de patio interior, como el riego de macetas a traición o el goteo constante de los aparatos de aire acondicionado. No os engañéis: la calle no es un mundo abierto tipo 'Grand Theft Auto' donde podéis soltar vuestros residuos sin consecuencias. Si la suciedad acaba en un coche aparcado o en la terraza del vecino de abajo, la conducta deja de ser un asunto estrictamente privado.

¿Pero la multa es para tanto?

La anterior Ordenanza de Limpieza de Madrid recogía expresamente la prohibición de sacudir alfombras o prendas desde balcones y ventanas. La normativa vigente mantiene la prohibición de realizar conductas que ensucien la vía pública, por lo que estas prácticas podrían seguir siendo sancionables en determinados supuestos. Sin embargo, el verdadero 'final boss' de esta historia no es el inspector municipal que pasa por la calle de casualidad, sino el vecino de abajo que se ha cansado de desayunar vuestras pelusas. La administración rara vez actúa de oficio con estas cosas (a menos que llueva tierra literal), sino que los expedientes sancionadores suelen arrancar por una denuncia vecinal directa. Y ahí es donde el juego cambia de reglas.

Todo esto ya ha pasado y volverá a pasar

Llegados a este punto, entra en escena el artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal, que es algo así como el botón nuclear de las comunidades de propietarios. Si las molestias son continuadas y pasáis tres kilos de las advertencias, el presidente puede iniciar una acción de cesación. OJO al dato: un juez no solo puede obligaros a pagar los daños o imponeros multas coercitivas, sino que tiene el poder de privaros del derecho al uso de vuestra propia vivienda por un periodo de hasta tres años. Sí, soy un viejo, pero ni en mis tiempos los castigos del 'SimCity' eran tan bestias. Os pueden echar de vuestra propia casa por empeñaros en ser los reyes del sacudido.

Imagen | Andrew Neel

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