Subida y generalización de las tasas judiciales

Subida y generalización de las tasas judiciales
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HOY SE HABLA DE

Entre las medidas aprobadas hoy por el Consejo de ministros en el marco del paquete de los Presupuestos Generales del Estado hemos tenido de todo, pero destacaría una por su carácter rompedor con la realidad previa: la subida e implantación generalizada de las tasas judiciales. El asunto tiene miga, ya que en la mayoría de los titulares de prensa solo hablan de la subida, cuando es la segunda parte la que va a traer más polémica.

Las tasas judiciales se reincorporaron al sistema fiscal español en el 2002, ampliándose posteriormente en el 2009. A través de las mismas, y para el ámbito civil y el contencioso-administrativo, aquellos que quisiesen interponer determinadas demandas o recursos habían de pagar una cantidad. EL Tribuna Constitucional ratificó la constitucionalidad de dicha opción. Eso si, apenas generó ruido ya que había amplias exenciones, especialmente de carácter subjetivo: personas físicas y pymes. Pero eso se está acabando con el Anteproyecto de Ley que acaba de anunciar. ¿Qué supone?

  • Por un lado se incrementa el importe de las tasas, especialmente cuando hablamos de recursos.
  • Se incorpora la jurisdicción social, todo lo relativo a lo laboral, aunque tan sólo en cuanto a recursos, y con una tárifa más suave que en los otros supuestos.

Sin haber leído el Anteproyecto en si, y ciñéndome al comunicado de Moncloa y las noticias de prensa, queda por aclarar qué pasará con las otras exenciones, por razón de objeto o sujeto:

  • Lo relativo a sucesiones, familia y estado civil.
  • En el orden contencioso-administrativo la interposición y posteriores recursos en materia de personal, protección de los derechos fundamentales de la persona y actuación de la administración electoral, así como la impugnación de disposiciones de carácter general (reglamentos).
  • Entidades sin fines lucrativos y las total o parcialmente exentas del Impuesto de Sociedades.

Mi valoración personal es de un tremendo escepticismo. Es un repago puro y duro, donde van a seguir cotizando los mismos que ya lo están haciendo, los ciudadanos y empresas que contribuyen al funcionamiento de la Administración de Justicia y que sueltan el dinero para los beneficiarios de la justicia gratuita. Lo tremendo es que en vez de meter la tijera en el sistema de justicia gratuita, que hace aguas (ya desde antes de la crisis había numerosos retrasos), se dobla la apuesta, diciendo que con estas tasas se pretende financiar dicho desaguisado.

Los abusos en el sistema de justicia gratuita son constantes. Cualquiera que se mueva en dicho ámbito los conoce. La querulancia se extiende regada con ese dinero público que antes era de cada contribuyente. En vez de limitar exhaustivamente los supuestos, materias y personas que pueden tener derecho a una asistencia jurídica “gratuita” (¿gratis para quién? desde luego no para el contribuyente) vamos a lo fácil. A cobrar a los de siempre, sin piedad.

A partir de ahí, las invocaciones a una tasa pigouviana antiquerulante caen por su propio peso. Si quieren desatorar el sistema judicial que empiecen por la fase de ejecución de sentencias, o que examinen la productividad, en cantidad y calidad, de los juzgadores. Me cuesta creer que los que van a pagar esa tasa sean los que precisamente ponen en solfa a la Administración de Justicia.

Tampoco tiene desperdicio quien justifica este asalto a BOE armado con un animo de primar otros sistemas de resolución de conflictos, como los de la futura Ley de Mediación. La última garantía de un ciudadano son los Tribunales de Justicia, y cualquiera que haya recurrido a un arbitraje sabe que la ejecución de los laudos no están bonita como se pinta.

¿Resúmen del post? Esto va de pagar.

Vía | Expansión
Más información | El Ministro anuncia reformas en la Justicia. Las tasas judiciales en los recursos
En El Blog Salmón | ¿Justicia gratuita?, Presupuestos Generales 2012: recorte impresionante en los gastos ministeriales
Imagen | gaelx

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