¿Qué pasa con la hipoteca si quiebra el Banco acreedor?

14 comentarios

lehman borthers

Llevamos cerca de un año haciéndonos preguntas nuevas. O quizás eran preguntas viejas que hace mucho que la gente no se hacía. Y no me refiero a que huelen las nubes, no. Hablo de dudas, por ejemplo, acerca del origen del dinero, de como funciona el circuito financiero internacional, etc. Y entre ellas aquellas que atañen a la solvencia. A la solvencia de los Estados y de la banca, por poner un ejemplo. Y por ello el año pasado hubo muchos que aprendieron que los depósitos bancarios estaban garantizados en España hasta 20.000 euros en caso de quiebra de la entidad financiera, cifra que fue posteriormente aumentada hasta los 100.000.

Claro que para algunos esto es escaso (y para otros muchos, entre los que me incluyo, un mero brindis al sol en caso de crisis sistémica). Por eso, hay algún lector, que dándole vueltas a su cabecita, se pregunta que qué pasa con las hipotecas si quiebra el banco. Me consta que no es el único que se pregunta algo semejante, quizás albergando la esperanza de que estas se volatilicen. Pues tengo malas noticias.

Cuando una empresa quiebra, lo que se hace es repartir su activo entre sus acreedores. pues bien, la hipoteca, al igual que otras muchos prestamos y bienes forman parte del activo del Banco. activo con el que deben ser pagado el pasivo. Por tanto las hipotecas no desaparecen al igual que no lo hace ese inmueble propiedad de la entidad financiera, o ese paquete de acciones. Sigue estando ahí. En la fase inicial, de concurso de acreedores, el banco estará intervenido y los administradores se encargarán de que todo siga igual, cobrando a los deudores, por mucho que la propia entidad financiera no pague a sus acreedores. Y cuando se decida la liquidación del Banco, la cartera hipotecaria, al igual que el resto de activos sera vendida a otra entidad financiera. Conclusión: cambiaremos de acreedor.

Claro que quizás esto ya se haya producido y no nos demos ni cuenta. Es posible que esa hipoteca que creemos mantener con nuestra sucursal de toda la vida corresponda realmente a un tercero, a alguien a a quien se la haya vendido el Banco al poco de concederla. Es uno de los supuestos de la llamada titulización hipotecaria. Formalmente nuestro banco se seguiría encargando de cobrarnos, pero realmente la hipoteca puede ser ya propiedad de un tercero.

Ya lo siento, pero habrá que seguir pagando. Incluso se produce la paradoja de que no se aplica la compensación de deudas una vez declarado el concurso. Si tengo 150.000 euros en el Banco en un plazo fijo y así mismo tengo una hipoteca de 300.000, bien por el mecanismo de titulización o sin más,por la legislación concursal, no se produce una compensación quedando a deber solo 150.000. Seguiré debiendo mis 300.000, tendré garantizados( no) los 100.000 primero, y los 50.000 restantes habrá que estar a la liquidación de la entidad.

En El Blog Salmón|Fondo de Garantía de Depósitos
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Comentarios

  • 1

    Avatar de KaT !
    KaT | 1 estrellas

    Lo de que no exista la compensación de cuentas es uno de esos ejemplos que nos recuerdan a quién sirve el legislador, porque anda que no es fácil modificar un punto tan manifiestamente injusto en la ley. Claro que nada que deba sorprendernos cuando se nos están cobrando impuestos para dárselos a los mismos banqueros que no nos prestan y que encima anuncian beneficios y crecimiento de bonus y dividendos.

  • 2

    interesante

    Avatar de ic !
    ic | 4 estrellas

    Hola Kat. Yo no lo veo así. La comepensación, en lineas generales, no existe en los concursos, independientemente de que el concursado sea un Banco o una Empresa Ordinaria.

  • 3

    Avatar de guerrerosdesingularidad !

    Estoy con KaT.

    Es injusto y claramente discriminatorio para los ciudadanos que si un banco quiebra yo pierda todo mi dinero (aunque el Estado luego me pague), pero mis deudas tenga que seguir pagándolas.

    Osea, tengo 300.000 euros de hipotecas, y unos ahorros de 350.000 euros, pero no los pago en la hipoteca por beneficios fisales.

    Así que si el banco quiebra, pierdo todo mi dinero, y de tener un balance positivo de 50.000 euros, acabo sin poder pagar la hipoteca, el banco que hereda la hipoteca liquida la casa, de los 300.000 de hipoteca consigue 150.000 euros por ella.

    Así que le debo al banco 150.000 euros.

    De tener 50.000 euros termino perdiendo los ahorros, la casa y le debo al banco 150.000 euros.

    Con un poco de suerte recuperaré dentro de un año 100.000 euros, y no terminaré en la cárcel.

    No parece muy bueno pedirle dinero a un banco...¿a que no?

  • 4

    interesante

    Avatar de ic !
    ic | 4 estrellas

    Guerrerodesingularidad:

    La dicotomía no es cliente-banco, Es acreedor-deudor. Si soy proveedor de una empresa y esta medebe dinero, pero a su ve soy cliente de la misma y se lo debo yo a ella, pasa lo mismo.

    PD: A la cárcel por deudas no va ni el tato en España. Y respecto a las perdidas en prinicipio tienes garantizados 100 mil (con las dudas que expongo) cosa que no sucede con otras empresas. Mi experiencia es que prefiere un acreedor profesional que uno que no lo sea.

  • 5

    Avatar de shinjix !

    Gracias por la respuesta ;)

  • 6

    interesante

    Avatar de ic !
    ic | 4 estrellas

    No hay de que shinjix, para eso estamos.

  • 7

    Avatar de manuelzafra !

    Hola. Respecto a esta serie que estas haciendo sobre términos económicos, he visto que la mayoría tienen que ver con las hipotecas.

    Bueno, pues, siempre he tenido una duda: ¿Porqué los bancos cobran cuando quieres cancelar la hipoteca?. Es decir, te prestan un dinero, el cliente hace un esfuerzo para devolverlo antes, y te cobran por ello. ¿No debería ser algo que premiar con descuentos o incentivos? En el fonde les estas haciendo un favor, devolviendoles su dinero.

    En fin, esa es mi duda. Un saludo.

  • 8

    Avatar de Joseca !

    Realmente M. Zafra, aunque así parezca en un principio, realmente por devolverles el dinero no les haces un favor, al contrario, ellos ganan dinero prestando dinero; así si tú lo anticipas ellos dejan de ganar un dinerito que tenían previsto.

    Ten en cuenta también que estás rompiendo una de las condiciones del contrato que firmaste por el banco y por ello te 'sancionan'.

    Otra cosa es que sea muy injusto que si eres tú el que rompe alguna condición, pagas las consecuencias, pero si son los bancos los que lo hacen, no pasa nada.

    saludos

  • 9

    Avatar de manuelzafra !

    Yo creo, Joseca, que tu punto de vista es incorrecto, al igual que el de los bancos. El banco piensa que al devolverles su dinero, estan perdiendo dinero. Pero creo que la forma correcta de pensarlo es que el cliente le hace un favor al banco devolviendo antes de tiempo algo que le prestaron. Al igual que el banco penaliza al cliente cuando se retrasa con el pago, en contraposición es lógico pensar que que el cliente devuelva pronto su dinero, es beneficioso para el banco porqué este tendrá ese dinero disponible para prestarselo a otro, o para invertirlo.

    Y como ejemplo: las multas de tráfico con descuento por pronto pago.

    Por otro lado, creo que esto es un ejemplo mas de que los bancos se creen el epicentro de la economía (no digo que no lo sean), que no se puede vivir sin ellos (como esta ocurriendo ahora, si no dan creditos el pais se va al garete), y se aprovechan y le ponen comisiones a todo.

    Yo a los bancos los comparo con Microsoft, ya pueden hacer el producto mas malo y caro del mercado que la gente lo usará, con el desventaja de que si le pones interés puedes cambiar tu Sistema Operativo, pero no puedes cambiar la forma de trabajar de los bancos.

    Un saludo

  • 10

    interesante

    Avatar de ic !
    ic | 4 estrellas

    Manuelzafra, Joseca,es un interesante debate, pero, por un lado ando pillado de tiempo, y por otros creo que es lo suficientemente amplio para dedicarle un post. O dos. Os emplazo en los comentarios de ése(ésos) posts.

  • 11

    Avatar de Jose Antonio !

    Manuelzafra, en realidad no les estas haciendo un favor devolviendolo antes.

    El cliente ideal de un banco es el que tarda en devolver el dinero lo más posible, pero no incumple nunca un pago. Vamos, que el ideal de un banco sería prestarte el dinero D por un período de tiempo T, y saber que durante ese período solo le vas a pagar los intereses de ese dinero, y al terminar el tiempo T les devuelves el 100% de X. Sería como maximizarían lo que les pagas en intereses, y sabrian que durante ese tiempo no tienen que hacer ningún esfuerzo comercial en intentar buscar un nuevo cliente (que siempre supone un coste, sobre todo teniendo en cuenta que lo que pagas en notarios e impuestos al firmar una hipoteca es dinero que dejas de tener disponible para pagarles a ellos).

    Si no lo hacen así, y se tiende a unas cuotas en principio uniformes en el tiempo, es sólo porque el número de personas con disciplina suficiente para asegurarse de devolver X de golpe a los T años es muchísimo menor que el número de personas que son capaces de asumir pagar un "x" cada mes durante T años. Bueno, y porque sería dificil detectar a quien no va camino de poder devolver los X euros todos juntos hasta el día fatídico.

    El caso de las multas de tráfico, me da a mi que eres demasiado benévolo con la DGT. El descuento por pronto pago, en realidad esconde la letra pequeña de que al acogerte a él renuncias a ningún tipo de recurso contra la multa. Con lo que si tienes una multa de 500 euros que por pronto pago te queda en 300 euros, en realidad lo que está haciendo la DGT es diciendote "como se te ocurra recurrir, vete preparando 200 euros más, por tocarme las narices". Vamos, que en realidad no es un detalle, es una coacción.

  • 12

    Avatar de Joseca !

    Hola de nuevo Manuel,

    Imagina que alquilas naves industriales a empresas, y tienes una alquilada por 5 años en la que te pagan religiosamente todos los meses, sobretodo porque a la hora de formalización del contrato de alquiler le pediste un aval 'importante' y la empresa sabe que si no paga lo pierde.

    ¿No crees que lo mejor es que el contrato no se acabe nunca?, mientras el contrato continua, tú te despreocupas completamente de ese tema, y todos los meses tienes un dinerito que te viene muy bien.

    Imagina que al año la empresa decide rescindir el contrato. Tú te quedas sin un ingreso mensual, con unos gastos que te supone el mantenimiento de la nave, sin saber cuanto tiempo vas a tardar en volver a alquilar la nave, probablemente tengas gastos en publicitar el alquiler, gastos en la nueva contratación de alquiler, riesgo de impago al no conocer al nuevo arrendatario...

    ¿Qué es realmente un préstamo?, pues ni más ni menos que un alquiler de dinero, y al igual que pasaba en el caso anterior, si un prestatario decide anticipar el capital de préstamo, eso para el banco supone, gastos de finalización de préstamo, dinero que se deja de ganar hasta que se cubre con otro cliente, dinero que se deja de ganar por todos los intereses que dejas de pagar, gastos de formalización del nuevo préstamo, ...

    Como ves, al banco no le interesa la cancelación de deuda, más bien todo lo contrario,

    saludos

  • 13

    Avatar de Aaron Rguez !

    Yendo a la temática del tema... hoy por hoy nadie tiene en un mismo banco 150.000€, y de ser así, la cuenta tendría dos usuarios (doblando así a 200.000€ el importe garantizado). Y tranquilos que los que tienen 1M de € saben perfectamente cómo conservarlos, o no (madoff).

    Por otra parte, veo que estas cosas sólo suceden con las entidades bancarias, es decir, si tengo una empresa de alquiler de vehiculos y mis clientes me siguen debiendo dinero cuando quiebre, ¿se libran de la deuda?, ¿y si ese cliente es el ayuntamiento?

  • 14

    interesante

    Avatar de ic !
    ic | 4 estrellas

    Aaron, lo que ocurre es que mucha gente cree, y no sin cierta razón, que dichas garantías en caso de quiebra sistémica(colapso general) son papel mojado.

    Respecto a tu pregunta, esos créditos de la empresa no se quedan sin cobrar, alguien se hara con ellos en el concurso y deberán ser pagados.

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