La objeción de conciencia fiscal contra los gastos militares

La objeción de conciencia fiscal contra los gastos militares
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A estas alturas del mes, aquellos de nosotros a los que nos toca retratarnos con el IRPF ya habremos pasado por ese duro trago. Y no pasa año sin que algún familiar, amigo, cliente, me pregunte aquello de que qué se puede hacer para pagar menos y para que me devuelvan más. Yo siempre les digo que justo en estos momentos, y justo para esta declaración qué es para la que me preguntan poco o nada (legal) se puede hacer, que las posibilidades se cerraron en gran medida con el ejercicio fiscal, y que ahora solo cabe un tunning ligero, un maquillaje somero y nada de cirugía profunda.

Ya digo que es un clásico, que se resiste a morir, ante la absoluta impericia en materia financiera del español medio. Claro que no es único clásico en la relación entre la Hacienda española y su súbdito contribuyente. Y es que, como el Guadiana, reaparece año tras año un pequeño grupo que pone en práctica lo que considera un derecho: el derecho a la objeción de conciencia fiscal frente a los gastos militares.

El año pasado algunas fuentes señalan que fueron cerca de 1.000 persona, y por un importe de algo más de 80.000 euros. El mecanismo funciona del siguiente modo: se calcula el porcentaje sobre presupuestos del gasto militar (directo o encubierto) y se aplica dicha reducción a mano alzada en nuestra Declaración, metiendo a calzador dicha cifra en el apartado de deducciones por donativos (ya que se propugna la aportación de la cifra a objetar a una organización afín). También caben otras formulas esotéricas para calcular dicha cifra, que nadie se complique la vida.

Evidentemente dicha operativa es ilegal, pues suponen una deducción del 100% cuando estas se mueven entre el 10% y el 25% y siempre cunado cumplan una serie de requisitos Es por ello que se acompaña una carta a la declaración en la que se explica el motivo de dicha actuación. Y a esperar. los defensores de dicho movimiento dicen que muchas veces no pasa nada. Me extraña. Lo que pasará será que te giren la liquidación paralela y a correr, que no es nada grave. Lamentablemente para ellos no les van a venir a buscar a casa ni se van a tener que encarcelar en la cama. Si tienen ganas tiraran de recursos contra la paralela y si no enmarcarán su carta.

Habreís notado una cierta ironía en mi post. Pero es solo una ironía desencantada. Los mismos grupos que predican que su conciencia es superior al derecho positivo son los primeros en negar dicha posibilidad a otros. Y viceversa. El debate es apasionante, pero descorazonador, y a pesar de que uno cree en la existencia de un Derecho Natural también piensa que, salvo en casos hiperextremos, hay que obedecer el marco legal de un estado democrático. Y eso incluye el fiscal. O jugamos todos o rompemos la baraja.

Vía | Diagonalweb
En El Blog Salmón | La objeción de conciencia en los sectores regulados no tiene cabida
Imagen | machacon

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