Cómo no estar bajo la jurisdicción de la LeySinde: servidores en propiedad fuera de España

Cómo no estar bajo la jurisdicción de la LeySinde: servidores en propiedad fuera de España
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Se acaba de perpetrar el atentado contra las empresas que operan en la red en todos sus términos. El gobierno ha conseguido el pacto de casi todos los partidos políticos para reintroducir en el anteproyecto de Ley de Economía Sostenible la Ley Sinde y esta modificación, sólo deja contentos a los políticos porque las empresas que operan en la red, siguen totalmente vendidas a los criterios de la Sección Segunda en el caso de vulneración de derechos de autor.

En esta tesitura, la única solución viable que tienen las empresas que operan en España es recurrir a los criterios de territorialidad para todas las empresas que operan en la red. Para los casos de empresas en la red, no se aplican los criterios normales para decidir cuál es el país en el que radica la empresa, sino que se toma como base la ubicación física del servidor, bien en instalaciones propias, bien en instalaciones arrendadas.

  • Si yo tengo el servidor en propiedad, servicio de housing, la territorialidad de la empresa será la del país en la que esté ubicado el servidor, aunque su ubicación física sea una granja de servidores.
  • Si yo tengo contratado un servicio de hosting (alojamiento en el servidor de un tercero) la territorialidad de la empresa será el país donde radique la dirección efectiva de la empresa

Por tanto, las webs de enlaces, agregadores y todo tipo de sistemas, pueden seguir operando en la red si tienen servidores en propiedad fuera de España en países en dónde no se persigan las empresas tecnológicas con arreglos legales que no gustan a nadie, salvo a los políticos que la aprueban.

¿Incovenientes? Todos los del mundo, porque el coste de los servidores en propiedad es mucho más elevado que los servicios de hosting, porque se impide que aparezcan empresas nuevas en la red o se obliga a mayores inversiones y además, este requisito de propiedad del servidor, obliga a mayores conocimientos técnicos para funcionar. Además, por último, nos podemos encontrar con una modificación normativa que bloquee rangos de IPs que operen fuera de España en estas condiciones, por lo que realmente nos perjudicamos todos.

Esta solución es provisional, pero la sociedad no debe permitir que se apruebe una ley que perjudique directamente al crecimiento económico, a la aparición de empresas nuevas, a la explotación de nuevas vías de crecimiento y de prestación de servicios al nivel del siglo XXI.

Más Información | Ley Sinde que se ha pactado – El País
En Pymes y Autónomos | La fiscalidad del comercio electrónico: la territorialidad
Imagen | edans
En El Blog Salmón | Economía Sostenible: censura e inseguridad jurídica para las empresas que operan en la red, El Congreso rechaza la Ley Sinde

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