La tecnología llega al registro civil: inscripción telemática de nacimientos y defunciones

La tecnología llega al registro civil: inscripción telemática de nacimientos y defunciones
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El Consejo de Ministros de hoy ha avanzado el nuevo texto normativo de reforma administrativa del Registro Civil, de tal manera que la práctica de la inscripción de nacimientos o defunciones "normales" se podrán realizar por vía telemática desde el propio hospital.

Este procedimiento se consigue mediante la puesta en marcha de un portal en plan ventanilla única electrónica controlado por la Organización Médica Colegial. Con este sistema, el propio hospital se encarga de comprobar la identidad de la madre (cotejo de DNI o pruebas médicas) y transmitir los datos al Registro Civil. No queda claro el asunto del padre, que realmente a efectos de nacimientos, es bastante secundario. Realmente, el portal debería complementarse con la firma electrónica del padre biológico del bebé si lo va a reconocer dado que hasta ahora, la solicitud de inscripción ordinaria, la firman la madre como el padre biológico si reconoce la paternidad en el momento de la inscripción.

Realizar una firma electrónica no es complicado (en principio) si tenemos el DNI electrónico con la firma sin que esté caducada y conocemos nuestro PIN y obviando la dichosa configuración de las tarjetas lectoras. Este paso que no se ha descrito en la rueda de prensa del Consejo, es un paso importante, sobre todo, por si los propios facultativos van a certificar tanto la maternidad que es evidente, como la paternidad, que ya no es tan evidente.

Sea como sea, es una medida que agiliza bastante el procedimiento y que genera ahorro de costes automáticos desde el punto y hora que elimina desplazamientos e intermediarios en el procedimiento de inscripción.

Dejan fuera de este sistema de inscripción a los nacimientos que no ocurran en el hospital y las defunciones con indicios de muerte violenta o similar que impidan la exhumación del cuerpo. Estas inscripciones se practican bien por la vía ordinaria o bien, con autorización judicial dado el caso.

A pesar de que la modernidad llega a los registros civiles, no está de más recordar lo interesante que se va a quedar este sistema para los registradores de la propiedad que es el destino final del registro civil una vez la ley que anda preparando Gallardón llegue al BOE y estén "pseudoprivatizados".

Más Información | La Moncloa
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