Darte de baja en la ADSL ya no será un despropósito

Darte de baja en la ADSL ya no será un despropósito
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El pasado 22 de Mayo el Gobierno aprobó una reforma de la Carta de Derechos del Usuario de Telecomunicaciones, que aunque parezca mentira ayudará a todos los consumidores a no sufrir los vapuleos que muchas de las compañías de telecomunicaciones nos daban cuando intentábamos cambiar su servicio por el de otra compañía.

La nueva normativa que añade hasta 20 nuevos derechos a los consumidores que la antigua normativa no contemplaba, sobre todo hace matizaciones en aspectos como novación y cambio de contratos, bajas y portabilidades.

Bien, la pregunta que debemos hacernos antes este nuevo escenario es ¿las compañías harán caso alguno a esta nueva normativa?. Personalmente creo que seguirán aferrándose a clavos ardiendo, intentando poner cuantiosas trabas a los usuarios para que, ante la imposibilidad de éstos de estar sin servicio, prefieran aguantar en su antiguo servicio y no llevar a cabo una baja o portabilidad del mismo a otra compañía. Una de las cosas que personalmente más se ha sorprendido es que se ha decretado dentro de esta normativa una regla por la cual los usuarios cuentan con el derecho a ser indemnizados de forma automática si sufren una avería en las comunicaciones de telefonía y también en las de Internet si se producen durante más de 6 horas seguidas entre las 8.00 y las 22.00 horas.

Desde el punto de vista puramente crítico debemos decir que es una medida que ya se hacía de rogar, ya que hacía mucho tiempo atrás que organizaciones de usuarios como la OCU venía demandando; era del todo irreal que teniendo un contrato de servicio con una compañía de telecomunicaciones y ante la caída del mismo, el usuario no fuera indemnizado con al menos la cuantía del correspondiente que debe pagar el mismo por dicho tiempo.

Según la nueva normativa las empresas en caso de baja de servicio, tendrán que hacerlo en un plazo máximo de 2 días y en caso de portabilidad deberá hacerse durante el primer día laboral después de nuestra reclamación de cambio a otra compañía.

Es por tanto inevitable una reflexión sobre la facilidad o no que tendremos a partir de ahora de realizar este tipo de operaciones. Si antes de esta remodelación había compañías que nos pedían hacer todo tipo de trámites y gestiones para darnos de baja, habrá que ver hasta que punto se van a subir a las barbas las compañías para imposibilitarnos este derecho. Lo bueno es que según esta nueva normativa una vez que lo consigamos no estaremos como ocurría antiguamente, arrastrando facturas atrasadas durante meses, algo que con la anterior normativa si podía ocurrir, ya que la baja en el servicio era una fecha para nosotros y otra bien distinta para la compañía.

A partir de ahora por tanto pueden ocurrir dos cosas, que puedan dificultarnos aún más las formas para darnos de baja o que empiecen a ofrecernos suculentas promociones, descuentos o regalos; algo que ya es muy habitual en las compañías de telefonía móvil con nuevos terminales.

Vía | elpaís Imagen | declanjewell

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